CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EPM prestarán el servicio de energía eléctrica dentro de sus posibilidades técnicas y económicas, bajo la modalidad de residencial y no residencial (comercial, oficial, industrial), en las condiciones de continuidad y calidad establecidas en la ley. Una vez presentada la solicitud por parte del USUARIO, esta será resuelta dentro los 15 días hábiles siguientes a la fecha de su presentación, a menos que se requiera de estudios especiales para autorizar la conexión, en cuyo caso EPM en calidad de operador de red dispondrán de un plazo de tres (3) meses para realizar la conexión. Una vez el USUARIO adelante ante EPM el trámite de conexión a la red, o en su representación lo haga un comercializador, se deberá manifestar explícitamente el comercializador en la solicitud, de lo contrario se entenderá que el USUARIO ha seleccionado a EPM como su comercializador de energía. Los aspectos relativos a la conexión y el procedimiento para efectuarla, así como los requerimientos técnicos, se regirán por las disposiciones contenidas en el RETIE, el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (Resolución CREG 070 de 1998) o normas que lo aclaren, modifiquen o remplacen, y las normas que adopte o defina EPM. Parágrafo 1. Para la solicitud del servicio por primera vez, el USUARIO deberá tramitar ante EPM el formulario respectivo, adjuntando los documentos que identifiquen al USUARIO potencial, el inmueble, y las condiciones especiales de suministro, si las hubiere. Así mismo para la legalización del servicio, EPM verificará el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales. Parágrafo 2. EPM cobrará las siguientes actividades asociadas con el servicio de conexión, cuando estas sean prestadas por ellas: el suministro y calibración del equipo de medición, el suministro de los materiales de la acometida, la ejecución de las obras de conexión y cualquier otro que pueda llegar a generarse en ejecución del presente contrato. Cuando el constructor de un condominio, urbanización o copropiedad de tipo residencial o no residencial haya cubierto los respectivos cargos asociados a la conexión, EPM no podrá cobrar de nuevo a los usuarios por estos conceptos. Parágrafo 3. La conexión a la red de la acometida deberá ser efectuada por EPM o personal autorizado por estas.
CONDICIONES DEL SERVICIO a) El Servicio se prestará sin costo para la Entidad Beneficiaria según el compromiso asumido en la Adenda de Renovación. b) El Servicio permite acceder a Internet y realizar descargas ilimitadas. La velocidad de transmisión es de 6 Mbps de bajada y 600 Kbps de subida o de 8Mbps de bajada y 800kbps de subida si las facilidades técnicas de la Entidad Beneficiaria lo permiten. La velocidad mínima garantizada es de 10%. Siempre que las facilidades técnicas lo permitan, la velocidad de transmisión se actualizará progresivamente, tal como se indica en el numeral 1 (h) de la cláusula cuarta del Anexo de la Adenda de Renovación. Telefónica informará a XXX de dichas actualizaciones mediante comunicación escrita. c) El Servicio incluye el servicio de telefonía fija en la modalidad de abonados con las siguientes características: (i) línea control con 500 minutos mensuales para tráfico fijo-fijo nacional en las redes de las empresas del Grupo Telefónica; (ii) incluye llamada en espera, identificador de llamadas, casilla de voz, conferencia tripartita, desvío por ocupado, desvío por ausencia, transferencia de llamadas y mantenimiento del aparato telefónico; (iii) incluye aparato telefónico con garantía de un año e instalación interior, y; (iv) incluye posibilidad de realizar tráfico adicional utilizando tarjetas de pago o cualquier medio de recarga. Para utilizar los 500 minutos referidos en el numeral (i) anterior se deberá anteponer el código 1421. La Entidad Beneficiaria podrá recibir llamadas locales, nacionales e internacionales. Si desea realizar llamadas de larga distancia nacional a otros operadores, llamadas de larga distancia internacional, llamadas a teléfonos celulares y llamadas a teléfonos fijos fuera de las redes de las empresas del Grupo Telefónica, las podrá realizar utilizando tarjetas prepago permitidas por la legislación. El servicio de cobro revertido no estará disponible. d) Los minutos para tráfico fijo-fijo incluidos en el Servicio pueden ser utilizados sin restricciones horarias, de lunes ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, las 24 horas del día. Los minutos otorgados no utilizados durante el ciclo mensual, no podrán ser acumulados para el próximo ciclo. e) Respecto a la garantía del aparato telefónico: (i) la Entidad Beneficiaria deberá entregar el equipo en los lugares de servicio técnico señalados por Telefónica, y; (ii) Telefónica reparará el equipo dañado por causas imputables a Telefónica, pudiendo sustituirlo por otro de similar valor y funcionalidad. f) Para poder utilizar el Internet Social la Entidad Beneficiaria deberá contar con un dispositivo con acceso a Internet. En caso éste fuera una computadora, para poder gozar del Servicio adecuadamente se requiere: (i) Procesador Pentium III 300 Mhz, superior o similar; (ii) tarjeta Ethernet 10BaseT o 10/100BaseT (3com, NE2000 o similar); sistema operativo Windows 95/98/2007Millenium/NT/XP/Vista/7, superior actualizado o similar; (iv) espacio mínimo en disco duro de 100 MB y 256 MB de memoria RAM; (v) browser o navegador instalado, y; (vi) estabilizador de corriente. g) Telefónica realizará la autenticación (entendida como la función de configuración del Servicio para el acceso a Internet) correspondiente, la cual se encuentra incluida en el Servicio. En ese sentido, la Entidad Beneficiaria deberá mantener en reserva y custodiar sus cuentas y claves de acceso a Internet y las de los demás servicios para los que tenga una clave de acceso, de ser el caso. h) Telefónica informa que la velocidad de transmisión depende, entre otros factores, de: (i) el volumen de tráfico y congestión de la red en Internet; (ii) las características técnicas y capacidades de la computadora de la Entidad Beneficiaria, y; (iii) el uso excesivo de aplicaciones “peer to peer” (punto a punto o P2P) u otras similares. i) Telefónica podrá modificar las condiciones y características del Servicio, de acuerdo a la legislación vigente y en caso de variaciones de la Adenda de Renovación, debiendo informarlo a XXX mediante una comunicación dirigida a éste o mediante la utilización de un mecanismo distinto que OSIPTEL disponga conjuntamente con la aprobación de dicha modificación.
CONDICIONES DE ENTREGA 4.1 “LA ENTIDAD”, a través de la Dirección Técnica, durante la vigencia del contrato, efectuará las visitas que estime convenientes a “EL PROVEEDOR” para verificar el grado de avance de la producción y de surgir alguna observación o indicación, “EL PROVEEDOR” se compromete a subsanarla. 4.2 “EL PROVEEDOR” se compromete a informar al personal del Departamento de Control de Producción Externa de la Dirección Técnica el avance diario de producción de la partida asignada mediante archivo Excel en el formato que se incluye en el Anexo X del Anexo Técnico de la convocatoria, por medio de correo electrónico a las siguientes direcciones: ▇▇▇▇▇_▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇_▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇. 4.3 “EL PROVEEDOR” se obliga a mostrar sus registros a pie de máquina cuando le sean requeridos. 4.4 Previamente a la primera entrega de la producción en los almacenes de Producto Terminado de “LA ENTIDAD”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar al Departamento de Calidad por la partida adjudicada cincuenta (50) muestras, sin costo alguno para “LA ENTIDAD” y una vez analizadas las muestras el Departamento de Calidad sellará de recibida la remisión que deberá presentar para el cobro. “EL PROVEEDOR” deberá realizar una cita vía telefónica al teléfono: ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ extensión 8426. 4.5 A solicitud de la Dirección de Distribución, los transportes en los que “EL PROVEEDOR” entregue la producción deberán cumplir con la sanitización y fumigación de las cajas secas de acuerdo con lo siguiente: Como medida protocolaria y preventiva ante cualquier tipo de virus y evitar que insectos destructores ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (plaga) se presenten durante la entrega de los materiales, “EL PROVEEDOR”, una vez concluida la carga en sus transportes, a través de un representante capacitado, deberá sanitizar y fumigar la caja completa de manera directa, es decir, sin diluir, utilizando el sistema de nebulización y termonebulización, en caso de ser necesario micronización o con equipos de ultra bajo volumen, dejando actuar el sistema aplicado durante al menos quince (15) minutos; se debe utilizar un desinfectante de PH neutro, además debe ser seguro al transportar, no causar irritación, no requerir enjuague, que no sea tóxico, que no dañe los insumos utilizados para el empaque los libros de texto y materiales educativos, que serán transportados. Al momento de la revisión y descarga de la producción, se deberá entregar al personal de recepción ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Producto Terminado la Constancia de Sanitización que acredite que se realizó dicha sanitización y fumigación, así como, la vigencia de la misma. De acuerdo con las Especificaciones Técnicas para Empaque (especificación ESP-MP-15, Anexo VI del Anexo Técnico de la Convocatoria), las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con las características descritas en dicha especificación técnica en cuanto a empaque. Así mismo, se informa que “LA ENTIDAD” no recibirá en sus almacenes empaques que contengan plagas. 4.6 A solicitud de la Dirección de Distribución las tarimas para la entrega de los materiales deberán cumplir con algún tratamiento a los cuales hace referencia la norma NOM-144-SEMARNAT-2017 para asegurar que no tengan ningún tipo de plaga.
CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO IBERDROLA prestará EL SERVICIO MANTENIMIENTO GAS según las siguientes condiciones: - Las visitas serán coordinadas con el Cliente con suficiente an- telación. - Se facilitará al Cliente el correspondiente informe de la visita o informe de corrección de avería, según proceda, explicando las anomalías detectadas y las acciones correctivas propuestas/ realizadas. El informe deberá ser recepcionado por el Cliente, devolviéndose una copia firmada a IBERDROLA para constancia de su presentación. - Si se encontraran defectos o averías en la instalación y circui- to de gas natural durante la visita de diagnóstico de cualquier SERVICIO MANTENIMIENTO GAS que incluya elementos de gas, éstos serán corregidos por IBERDROLA conforme al alcance de dicho servicio y con las exclusiones indicadas en el punto 1.3. - El instalador ofrecerá una garantía mínima de seis meses en to- das las reparaciones que realice, desde la fecha de terminación de la reparación. - El contrato de mantenimiento está adscrito a las instalaciones y equipos objeto del mantenimiento ubicados en el domicilio indicado en las Condiciones Particulares, de forma que si el Cliente se traslada a otra vivienda no podrá trasladar el contrato, pero sí podrá traspasarlo al nuevo ocupante dando conocimien- to de ello a IBERDROLA. - La realización de las visitas contempladas en este servicio no exime o sustituye la ejecución de las inspecciones periódicas que debe efectuar la empresa distribuidora de gas conforme Real Decreto 919/2006. - La resolución anticipada del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS por decisión del Cliente, le obligará al pago del precio estableci- do para la totalidad del periodo anual vigente contratado y que no haya sido satisfecho aún, en el caso de que IBERDROLA haya efectuado la Visita Anual diagnostico a la instalación del Cliente. G-CG-2012-02 - La resolución del contrato de suministro de gas natural con IBERDROLA no implicará necesariamente la baja del SERVICIO MANTENIMIENTO GAS salvo que el cliente lo solicite expresa- mente.
PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.