PROCEDIMIENTO DE Cláusulas de Ejemplo

PROCEDIMIENTO DE. 1.- En caso de presentarse cualquiera de las de rescisión descritas en la cláusula precedente, "LICONSA" rescindir el presente contrato sin responsabilidad alguna para ella, y sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, bastando para ello que notifique personalmente por escrito y ante dos testigos, su voluntad a "EL DISTRIBUIDOR", quien se obliga a entregar de inmediato los bienes muebles que le hubieran sido dados en posesión a realizar el inventario de leche y una conciliacidn de saldos. 2.- De lo anterior, se determinará el saldo deudor a favor de "LICONSA", mismo que deberá ser cubierto el mismo en que se efectúe la rescisión del contrato. 3.- Independientemente de la rescisión que pudiera aplicarse por el incumplimiento de las obligaciones contenidas en este contrato, "LICONSA" podrá interponer las denuncias ejercitar las acciones legales que procedan, cuando "EL DISTRIBUIDOR" realice acciones omisiones en contra de la institución o su patrimonio, o bien, de los beneficiarios del servicio.
PROCEDIMIENTO DE. ADJUDICACIÓN‌ El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación que se detalla a continuación: 1. Supuesto que se contemple que la aportación inicial de la documentación acreditativa de los requisitos previos del SOBRE A se sustituya por una declaración responsable de la persona licitadora. a. Deberá presentar la documentación exigida en la Base 8 ª Punto 2. A
PROCEDIMIENTO DE. Reemplazo: Indicar los procedimientos de reemplazo de valores hurtados, robados, dañados o extraviados, canje o fraccionamiento por otros que representen un menor número de valores en función a lo establecido en el Código de Comercio. Limitaciones y Reservas: La obligación de cumplir prestaciones accesorias, de ser el caso.
PROCEDIMIENTO DE. LA EJECUCION DE LAS CAUCIONES: CLAUSULA XXII: PAGOS Y Si este contrato fuere rescindido por COSTOS: incumplimiento del Contratista, el Gobierno podrá realizar las diligencias que estime El Gobierno revisará antes de efectuar el pago, necesarias para ingresar a la Hacienda Pública los certificados mensuales de las cantidades de el monto de las cauciones que el Contratista trabajo ejecutado, los que será preparados por haya rendido para garantizar el fiel cumplimiento El CONTRATISTA y aprobados por El del contrato y anticipo recibido; la diligencia a SUPERVISOR y la DIRECCION, incluyendo realizarse para recuperar el anticipo, será los materiales suministrados o almacenados a los respectivos precios cotizados en la propuesta El CONTRATISTA someterá al GOBIERNO del proyecto o bajo convenio suplementario una lista firmada de las cotizaciones sobre para el caso de obra o trabajos realizados que dichos materiales, acompañada de las copias de no estén incorporados en el Cuadro de tales cotizaciones que recibió antes de la Cantidades de Obra Estimadas y Precios Licitación y que utilizó en la preparación de su Unitarios. propuesta para la ejecución del proyecto. El Gobierno reconocerá al Contratista los El GOBIERNO queda facultado para llevar a aumentos que sufrieran en el mercado los cabo las averiguaciones que considere precios de los siguientes materiales: Cemento, convenientes y necesarias, a efecto de constatar ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, Productos Asfálticos la veracidad y exactitud de los precios de las (Cementos, Asfalto AC y Asfaltos Rebajados cotizaciones que sirven de base a los reclamos tipo MC y RC), Alambre de Púas, Explosivos y del CONTRATISTA, así como los precios de Tuberías; asimismo se reconocerá el incremento las nuevas cotizaciones. en el precio de la madera solamente en el caso de contratos de construcción ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, cajas El CONTRATISTA no podrá retener la u otras estructuras de drenaje mayor. El documentación por más de tres (3) meses, sin procedimiento para el cálculo de mayores someterla a la revisión y aprobación por parte costos se hará en base a la fórmula que aparece del GOBIERNO y a la vez, si este incremento en el decreto 29-90 del Poder Ejecutivo emitido es considerado, se efectuará el pago en la el 26 de Diciembre de 1990 y publicado en la estimación siguiente; transcurrido este plazo, el Gaceta y las incorporaciones efectuadas por la CONTRATISTA perderá todo derecho a Dirección de acuerdo a la facultad que le fuere reclamo. otorgada en dic...
PROCEDIMIENTO DE. LA CO TRATACIÓN: El presente llamado a N
PROCEDIMIENTO DE. 1,- En caso de presentarse cualquiera de las de rescisión descritas en la cláusula precedente, "LICONSA" podrá rescindir el presente contrato sin responsabilidad alguna para ella, y sin necesidad de acudir a los tribunales competentes, bastando para ello que notifique personalmente por y ante dos testigos, su voluntad a "EL DISTRIBUIDOR", quien se obliga a entregar de inmediato los bienes muebles que le ▇▇▇▇▇▇▇, S.A. DE ▇.▇. ▇▇▇▇▇: 17 de NOVIEMBRE del No. de Reg.: hubieran sido dados en posesión para la prestación del servicio y se procederá por parte de "LICONSA" a realizar el inventario de leche y una conciliación de saldos.

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  • PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN 3.1. Cuando la Agencia Nacional de Infraestructura directamente o a través del Interventor, identifique un incumplimiento, se procederá conforme al procedimiento descrito en, ya sea, el Capítulo X o el Capítulo XI de la Parte General del Contrato. Una vez agotado este procedimiento y siempre que como resultado del mismo se declare que el Concesionario es responsable del incumplimiento y el acto administrativo se encuentre en firme la Agencia Nacional de Infraestructura notificará al Garante mediante una Notificación, a la cual se anexará copia de la resolución mediante la cual se ha impuesto la Multa y/o se ha declarado el incumplimiento al Concesionario junto con constancia de la firmeza de la misma.

  • Procedimiento De producirse alguno de los supuestos enunciados en el acápite II.1.1 de la presente Cláusula, el Concedente podrá: (1) otorgar al Concesionario los plazos y términos que resulten necesarios para subsanar el supuesto que originó la causal de terminación, sin iniciar el procedimiento de terminación correspondiente (con excepción de los plazos y términos previstos para los casos contemplados en los acápites II.1.2 al II.1.5 de la presente Cláusula); o (2) enviar por conducto notarial una comunicación por escrito al Concesionario, en la cual invoque la causal de terminación configurada y comunique su expresa decisión de hacer valer tal causal de terminación, iniciando el procedimiento de terminación correspondiente. En dicha comunicación, el Concedente expresará el plazo que, razonablemente, según las circunstancias y la naturaleza de la obligación incumplida, tendrá el Concesionario para subsanar el incumplimiento, el cual no podrá ser inferior a treinta (30) Días. El plazo respectivo empezará a computarse a partir de la recepción de la comunicación por el Concesionario. Vencido el plazo sin que: (a) el Concesionario haya subsanado el incumplimiento; o, (b) el Concesionario haya iniciado el procedimiento de solución de controversias en la forma establecida en la Cláusula 16; el Concedente declarará que ha quedado configurada la causal de terminación y comunicará ese hecho al Concesionario y a los Acreedores Permitidos a efectos de que éstos tengan la oportunidad de subsanar el supuesto que habría originado la causal de terminación dentro de un plazo adicional de ciento veinte (120) Días. En este supuesto, si los Acreedores Permitidos no subsanaran el supuesto que hubiera dado origen a la causal de terminación, el Concedente considerará la causal definitivamente configurada y declarará la terminación del Contrato por conducto notarial al Concesionario. Si por el contrario, los Acreedores Permitidos cumplen con subsanar el supuesto que habría dado origen a la causal de terminación, quedará sin efecto la facultad del Concedente de declarar terminado el Contrato por causa imputable al Concesionario. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, en los casos en que, iniciado el procedimiento arbitral, éste se resuelva de manera definitiva a favor del Concedente, el Concesionario deberá cumplir la decisión arbitral en el plazo que se le ordene. Vencido tal plazo sin que se produzca el cumplimiento, el Concedente declarará que ha quedado configurada la causal de terminación y comunicará ese hecho al Concesionario y a los Acreedores Permitidos a efectos de que éstos tengan la oportunidad de subsanar el supuesto que hubiera originado la causal de terminación dentro de un plazo adicional de ciento y veinte (120) Días. En este supuesto, si los Acreedores Permitidos no subsanaran el supuesto que habría dado origen a la causal de terminación, el Concedente considerará la causal definitivamente configurada y declarará la terminación del Contrato por conducto notarial al Concesionario. Si por el contrario, los Acreedores Permitidos cumplen con subsanar el supuesto que habría dado origen a la causal de terminación, quedará sin efecto la facultad del Concedente de declarar terminado el Contrato por causa imputable al Concesionario. Configurada la causal de terminación del Contrato por causa imputable al Concesionario y declarada la terminación del Contrato conforme al procedimiento anteriormente estipulado, y sin que se requiera de declaración judicial o arbitral adicional, el Concesionario quedará obligado, de manera expresa e inequívoca, a proceder conforme a lo señalado en la Cláusula 14.2, sin perjuicio del derecho del Concedente de ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento y de llevar a cabo las demás acciones y derechos que le correspondan a este último de acuerdo con el presente Contrato y las Leyes Aplicables.

  • Procedimiento de Selección La autoridad facultada para proceder a los nombramientos de la Agencia designa un comité de selección. La elegibilidad de los candidatos se evaluará de acuerdo con el cumplimiento de todos los requisitos formales antes de la fecha límite para la presentación de solicitudes (véase 3 Criterios de elegibilidad). Solo las solicitudes de candidatos elegibles se evaluarán de conformidad con los criterios de selección especificados en el anuncio de publicación (véase el punto 4). La Agencia invitará a una entrevista a los principales candidatos entre aquellos que hayan obtenido al menos el 60 %. El procedimiento de selección estará compuesto por una entrevista y una prueba escrita, que se llevará a cabo en inglés. Se llevarán a cabo en Viena (Austria), el lugar de empleo donde la Agencia tiene su sede, o en línea. Los candidatos preseleccionados recibirán más información detallada a su debido tiempo. Se pedirá a los candidatos invitados a una entrevista que presenten una copia no certificada de sus diplomas y pruebas de su experiencia profesional, indicando claramente la duración y la naturaleza de su experiencia y si trabajan a tiempo completo o a tiempo parcial. Antes de la firma del contrato, se pedirá al candidato o candidatos seleccionados que proporcionen a la FRA copias originales o certificadas de todos los documentos pertinentes que demuestren los requisitos de elegibilidad. Los candidatos seleccionados serán incluidos en una lista de reserva elaborada por el Comité de Selección. Esta lista de reserva se propondrá a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de la FRA. La autoridad facultada para proceder a los nombramientos decidirá sobre el establecimiento de la lista de reserva. Esta lista de reserva será válida desde la fecha de su establecimiento (en el año «N») hasta el 31 de diciembre del año «N+ 1». Su validez podrá ampliarse. La lista de reserva puede utilizarse para futuras contrataciones, en caso de que surjan vacantes. Se informará a cada candidato de si ha sido incluido o no en la lista de reserva. Los candidatos deben tener en cuenta que la inclusión en una lista de reserva no garantiza la contratación. Sobre la base de la lista de reserva adoptada, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de la FRA podrá ofrecer un contrato de contratación. Tenga en cuenta que el trabajo y las deliberaciones del Comité de Selección son estrictamente confidenciales y que cualquier contacto con sus miembros está estrictamente prohibido. Debido al gran volumen de solicitudes, la Agencia lamenta que solo se contacte con los candidatos seleccionados para las entrevistas. Se invita a los solicitantes a seguir el proceso de contratación en el sitio web de la FRA.

  • PROCEDIMIENTOS La institución de fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de ▇▇▇▇▇▇▇ y de Fianzas para la efectividad de la fianza, en relación con los artículos 166 y 178 de la propia ley.

  • PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN Cronograma Establece las fechas estimadas, hora y lugar para la realización de las diversas etapas y sub etapas del procedimiento de licitación, las cuales pueden variar cuando sobrevienen situaciones que lo justifican y que deben ser formalizadas y comunicadas oportunamente a los potenciales Oferentes.