BASES DE DATOS Cláusulas de Ejemplo
BASES DE DATOS. Bases de Datos que se indican dentro del contenido del estudio, que serán desarrolladas en Microsoft Access 2007, así como la documentación de éstas (estructura, demás especificaciones y manuales de usuario). Un mes antes de finalizar el Contrato, la Consultora presentará las versiones preliminares de los productos esperados. Con las observaciones de la parte Supervisora, la Consultora preparará la versión definitiva que se presentará a las instancias que representan a la parte Contratante. La Consultora entregará a la parte contratante, en forma impresa, todos los documentos finales señalados en 6 (seis) tantos a color. En forma magnética, los documentos señalados como productos a obtener incluyendo los anexos, se entregarán en 30 (treinta) juegos de CD o DVD, según convenga por la cantidad de información, debidamente etiquetados. En todos los documentos que entregue la Consultora se indicará a manera de pie de página el nombre de la cita bibliográfica correspondiente y al final del texto se presentará un listado completo de las referencias utilizadas en el que se incluyan autor, nombre del documento, nombre de la editorial o institución que generó el documento consultado, fecha de publicación y hojas motivo de la cita. El contratista deberá entregar todos los estudios, bases de datos, documentos y planos que se hayan recopilado para la elaboración de este trabajo, dado que serán de utilidad como referente u origen de la información incorporada. La versión final del estudio deberá presentarse encuadernado en pastas de Keratol color ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ con postes. Se le indicará la Consultora como deberá presentar las carátulas y leyendas de costillas de los distintos informes. El procesador de textos a usar es Microsoft Word 2007, la hoja de cálculo será Microsoft Excel 2007 y las presentaciones en Microsoft Power Point 2007 En el caso de la cartografía a integrar, ésta será procesada en Arc Gis Ver. 9x (la Consultora deberá utilizar la última versión disponible en el mercado) y en formato JPG, y se entregarán los archivos generados y como se indicó en párrafos anteriores, las bases de datos se realizarán en Microsoft Access 2007. Para la publicación del documento final se usará Microsoft Word y Page Maker. La Consultora está obligada a entregar los software originales utilizados y sus Licencias, que no correspondan a Microsoft Office 2007, con la cesión de derechos de uso correspondientes. Si se utiliza otro software adicional para otras aplicaciones, conforme a...
BASES DE DATOS. El servicio de plataforma tecnológica contratado permite al CONTRATANTE el uso del número de BASES DE DATOS indicado en la Carátula del Contrato. La cantidad máxima de registros sumados entre todas las BASES DE DATOS a la cual tiene derecho a usar EL CONTRATANTE es la que se indica en la Carátula del Contrato, para cada uno de los tipos de registros autorizados de acuerdo al USO PLANEADO.
BASES DE DATOS. Serán permanentes las tareas de Administración de Bases de Datos Oracle y la base de datos Sql Server (Portal Icetex) durante la vigencia del contrato. Por lo tanto, EL CONTRATISTA se deberá comprometer a realizar el montaje, administración, soporte y afinamiento del motor de base de datos y de sus componentes. Estas tareas se realizan con el personal asignado por el CONTRATISTA cumpliendo con el ANEXO 8. “FUNCIONES DEL PERSONAL EN SITIO”, en especial en lo relacionado con el ADMINISTRADOR BASES DE DATOS ORACLE. El profesional asignado a estas tareas debe realizar labores de administración de base de datos de manera eficaz, eficiente y efectiva, proactiva, trabajando en equipo con la Dirección de Tecnología del ICETEX, proponer, documentar e implementar soluciones y mejores prácticas, entregar mensualmente, o cuando se requiera, informes sobre los incidentes que se presenten sobre las bases de datos y las acciones tomadas sobre cada caso. En caso de requerirse, El CONTRATISTA debe realizar la migración de las bases de datos relacionadas mediante procedimientos de cambios de versiones sin generar costo adicional al ICETEX. Cumplir con tareas y tiempos establecidos y acordados en los planes de trabajo para los proyectos que se presenten durante la vigencia del proyecto para este servicio. El CONTRATISTA deberá entregar, instalar, administrar y dar mantenimiento a las herramientas de monitoreo y diagnóstico que le permitan identificar la disponibilidad y desempeño de las bases de datos; realizar análisis de su comportamiento; realizar diagnósticos; realizar tareas para su optimización y rendimiento y realizar la ejecución de las demás tareas solicitadas. Las actividades que debe ejecutar El CONTRATISTA son:
BASES DE DATOS. Con el fin de permitir el procesamiento de datos, el Cliente autoriza expresamente a Bancoomeva para que comparta su información con las siguientes Entidades del Grupo Empresarial Cooperativo Coomeva: Cooperativa Médica ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ y de Profesionales de Colombia─COOMEVA─, Fiduciaria Coomeva S.A., Cooomeva Corredores de Seguros S.A., Conectamos Financiera S.A., Fundación Coomeva, Coomeva Turismo Agencia de Viajes S.A., Conecta Salud S.A., Coomeva Medicina Prepagada S.A., Coomeva Entidad Promotora de Salud S.A., Corporación Coomeva para la Recreación y la Cultura y Corporación Club Campestre Los Andes. , Estas entidades podrán también realizar labores de custodia de datos, para lo cual Bancoomeva también está autorizada para suministrar la información del Cliente. Parágrafo. En los casos previstos expresa y especialmente en el literal e. del artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, el cliente podrá solicitar la revocatoria o supresión del dato cuando en el tratamiento el responsable o encargado no haya respetado los principios, derechos y garantías constitucionales y legales establecidos en la normatividad vigente.
BASES DE DATOS. 10.3.1. Existirá una aplicación específica donde se registrarán los datos correspondientes a menores entre catorce y dieciocho años encartados en una investigación policial.
10.3.2. Las detenciones de menores infractores entre catorce y dieciocho años quedarán registradas en una aplicación específica donde consten los antecedentes policiales de menores.
10.3.3. Todas las reseñas policiales de menores quedarán contenidas en su correspondiente aplicación, debiendo mantener separadas y sin comunicación directa las reseñas de menores detenidos de aquellas otras practicadas con ocasión de trámites de determinación de edad o de identificación de menores no acompañados o indocumentados.
10.3.4. Se registrarán las requisitorias emitidas por Autoridades Fiscales y Judiciales que contemplen cualquier interés sobre un menor de dieciocho años, tanto en materia de protección como de reforma, y las requisitorias emitidas por otras Autoridades competentes, principalmente policiales y de protección de menores, referentes a la búsqueda y localización de menores de dieciocho años. El acceso a esta información deberá estar disponible para cualquier unidad policial, a las personas que participen directamente en la investigación, con un adecuado control que permita supervisar las consultas.
10.3.5. El Registro de Menores Extranjeros No Acompañados (RMENA) está ubicado en el subfichero de la aplicación ADEXTRA cuya titularidad corresponde a la Dirección General de la Policía, y su gestión a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Se trata de un registro de naturaleza administrativa a efectos exclusivos de identificación, regulado en el artículo 215 del Real Decreto 557/2011, de 20 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. El Registro contiene los datos personales referentes a la identificación de todos los menores extranjeros no acompañados, documentados e indocumentados, cuya minoría de edad resulte indubitada desde el momento de su localización o haya sido determinada por Decreto del Ministerio Fiscal.
BASES DE DATOS. 1. Cada Estado miembro garantizará, en el caso de los créditos transfronterizos, que los prestamistas de los demás Estados miembros tengan acceso a las bases de datos utilizadas en su territorio para la evaluación de la solvencia de los consumidores. Las condiciones de acceso a dichas bases de datos no serán discriminatorias.
2. Los Estados miembros garantizarán que solo aquellos prestamistas que estén bajo la supervisión de la autoridad nacional competente y que cumplan plenamente con el Reglamento (UE) 2016/679 tengan acceso a las bases de datos utilizadas para la evaluación de la solvencia de los consumidores.
3. El apartado 1 se aplicará tanto a las bases de datos públicas como a las privadas.
4. Las bases de datos a que se refiere el apartado 1 que almacenan información sobre contratos de crédito al consumo contendrán al menos información sobre las moras en el pago por parte de los consumidores en relación con el reembolso del crédito, el tipo de crédito y la identidad del prestamista.
5. Los prestamistas y los intermediarios de crédito no procesarán las categorías especiales de datos a que se refiere el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679 y los datos personales tratados obtenidos de redes sociales que pueden contener las bases de datos a que se refiere el apartado 1 del presente artículo.
6. En los casos en los que la denegación de una solicitud de crédito se base en la consulta de una base de datos de las mencionadas en el apartado 1, los Estados miembros exigirán que el prestamista informe al consumidor sin demora indebida y gratuitamente del resultado y detalles de dicha consulta a la base de datos, así como de las categorías de datos tenidas en cuenta.
7. a efectos de los contratos de crédito, los proveedores de bases de datos sobre créditos contarán con procesos que garanticen que la información contenida en sus bases de datos está actualizada y es exacta. Los Estados miembros se asegurarán de que los consumidores estén informados:
a) a más tardar treinta días después del registro en una base de datos de cualquier ▇▇▇▇ en el reembolso del crédito, y
b) de sus derechos de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679.
8. a efectos de los créditos al consumo, los Estados miembros velarán por que se cuente con procedimientos de reclamación para facilitar la impugnación por parte de los consumidores del contenido de las bases de datos, también de la información que los terceros pueden obtener a través de dichas bases de datos.
BASES DE DATOS. Las políticas y procedimientos contenidos en este documento aplican a las bases de datos que maneja la Compañía. La Compañía conoce que serán objeto de inscripción en el Registro Nacional de Bases de Datos, las bases de datos que contengan datos personales cuyo Tratamiento automatizado o manual sea realizado por los Responsables del tratamiento que reúnan las siguientes características: a) Sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), b) Personas jurídicas de naturaleza pública.
BASES DE DATOS. La información sobre empresas comparables, que consiste principalmente en estados financieros auditados, se recaba de la documentación presentada por compañías que cotizan públicamente y presentan información periódica a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de México, así como a la Comisión de Valores y Bolsa de Estados Unidos de América (Securities and Exchange Commission o “SEC”). El programa de aplicación computacional investiga en cuatro bases de datos a partir del Standard Industrial Classification Code (“código SIC”) y palabras clave tomando en cuenta los servicios, productos, procesos e industria de la parte analizada en cuestión. Las bases de datos utilizadas son: • Standard & Poor’s Compustat North America (“Compustat”). Base de datos desarrollada por Standard & Poor’s (división de The McGraw-▇▇▇▇ Companies) que contiene información financiera, estadística y ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de más de 11,000 empresas activas de los Estados Unidos de América (“E.U.A.”) y Canadá. • Standard & Poor’s Global Vantage (“GV”). Base de datos desarrollada por Standard & Poor’s (división de The McGraw-▇▇▇▇ Companies) que contiene información financiera, estadística y ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de más de 70,000 empresas activas en todo el mundo. A continuación, se presentan las bases de datos de referencia que se utilizan para obtener información adicional y valiosa de cada entidad durante la selección de empresas comparables. Estas bases de datos de referencia ayudan a minimizar los errores en el proceso de selección y ofrecen información actual que no es reflejada aún en las bases de datos corporativas. • Hoover’s. • ▇▇▇▇▇▇▇▇ Financial. • One Source Business Browser. • Google Finance. • Datamonitor. • Bloomberg. • Reuters. • Páginas corporativas de compañías potencialmente comparables. Las bases de datos utilizadas para la búsqueda de contratos potencialmente comparables son las siguientes: • RoyaltyStat. • Intelligize. A continuación, se muestran las bases de datos utilizada para las búsquedas de tasas de interés, precios de commodities, derivados, entre otros. • Bloomberg. • Reuters. • Financial Industry Regulatory Authority (“FINRA”). La base de datos utilizada para obtener información de comercio exterior es la siguiente: • TradeMap. Las bases de datos utilizadas para obtener información de operaciones de fusiones y adquisiciones son las siguientes: • Mergermarket. • Transactional Track Record. A continuación, se presentan las bases de datos con las que contamos para la elaboración de...
BASES DE DATOS. La información entregada en el formulario de registro, no será pública en el sitio web, esta solo será utilizada por Cámara de comercio, Gobernación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y Manizales Más, desde un uso estadístico que ayude a medir el ecosistema empresarial, para uso de los encuentros se hará pública solo la información que conlleve al buen desempeño del proceso del sitio web.
BASES DE DATOS listado que se encuentra de forma organizada, en el cual se encuentran los datos personales que son objeto de tratamiento.