COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN Cláusulas de Ejemplo
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación quedará integrada por:
a) PRESIDENTE: El Presidente de la Empresa Municipal de Transports ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue.
b) SECRETARIO: El Secretario adjunto del Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇, o un Asesor Jurídico de la EMT-Palma..
c) INTERVENTOR: El Interventor de la Corporación Local, o la persona en quien delegue.
d) VOCALES: - El Director Gerente de la Empresa Municipal de Transports ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue. - Un Asesor Jurídico de la Empresa Municipal de Transports ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue. - La Directora Financiera. de la EMT-Palma o la persona en quien delegue.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. -Presidente: ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Delegado de Economía, Hacienda y Deuda o persona en quien delegue. -Teniente Alcalde Delegado de Urbanismo y Movilidad, o persona en quien delegue. -Teniente Alcalde Delegado de Fiestas, o persona en quien delegue. -Teniente Alcalde Delegado de Fomento y Empleo, o persona en quien delegue. -Miembro del Grupo Político Municipal Popular (PP). -Miembro del Grupo Político Municipal Socialista (PSOE). -Miembro del Grupo Político Municipal Ciudadanos (C´s). -Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ o persona en quien delegue -Sr. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ o persona en quien delegue -Secretario de la Mesa: Jefa de Servicio de Contratación y ▇▇▇▇▇▇▇ o persona en quien delegue. CERTIFICADOS O HABILITACIONES EMPRESARIALES O PROFESIONALES (APTITUD Art. 54 TRLCSP) .- - Las entidades financieras licitantes deberán acreditar su constitución y autorización para la prestación del servicio de colaboración en la recaudación conforme a su legislación específica aplicable. En los términos y conforme a lo dispuesto en la cláusula 9.2.1 bis ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Cláusulas Administrativas Particulares, y en aplicación de lo establecido en el art. 146.4 del TRLCSP, procede la sustitución de la documentación establecida en los apartados a, b, c, d y e, por una DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL LICITADOR INDICANDO QUE CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN (▇▇▇▇▇ ▇▇▇) SI X NO Para los contratos definidos en el artículo 59 de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública, podrá presentarse como prueba preliminar del cumplimiento de los requisitos previos para participar en el procedimiento de licitación, el DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN, de conformidad con el modelo normalizado que se contiene en el Reglamento (UE) 2016/7, de la Comisión de 5 de enero de 2016, y las Instrucciones del mismo (Anexo I del Reglamento 2016/7 y Resolución de 6 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado, por la que se publica la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación ) (Nota 1).
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Estará compuesta por los miembros siguientes: • PRESIDENTE: El Concejal de la Delegación municipal interesada en el contrato, o persona en quien delegue. - TRES VOCALES: El responsable de la Unidad Técnica Jurídica de Compras y Contratación como Asesor Jurídico, por delegación del titular de la Asesoría Jurídica; la Interventora Municipal o persona en quien delegue; un Técnico del Servicio que promueva el expediente, o bien, aquellas personas que por ausencia o enfermedad los sustituyan. • SECRETARIO: Un/a funcionario/a del Departamento de Contratación. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante, con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación administrativa, una vez publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. Art. 21.4 del RD 817/2009 de 8 ▇▇ ▇▇▇▇.
III.3. Calificación de la documentación y defectos u omisiones subsanables.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. (cláusula 15.a) Presidente: Titular Suplente Secretario: Titular Suplente Vocales: Titulares Suplentes
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adi- cional Segunda del TRLCSP, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 de ▇▇ ▇▇▇▇, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en los casos en los que se constituya, estará Presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación, con voz pero sin voto. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Para la válida constitución de la Mesa debe asistir la mitad más uno de los miembros integran- tes y, en todo caso, el Presidente, el Secretario de la Mesa, el Sr. Interventor de Fondos y el Sr. Secre- tario General de la Corporación. La Mesa de Contratación, como órgano de asistencia al órgano de contratación, podrá solicitar antes de formular su propuesta, cuanto informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato. A las reuniones de la Mesa, podrá incorporarse los funcionarios o asesores espe- cializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Será la recogida en la letra Q) del Cuadro Anexo.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente, que será el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, o Concejal en quien delegue. - Secretario: Funcionario del Servicio de Contratación. - Vocales: -Concejal del Área de Infraestructuras, Obras, Transportes y Gestión Urbanística, o Concejal en quien delegue. - Concejal Delegado Especial de Gestión Urbanística , o Concejal en quien delegue. - Concejal del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Nuevas Tecnologías, o Concejal en quien delegue. - Secretario del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Interventora del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Concejal del Grupo Socialista. - Concejal del Grupo Alternativa por Boadilla.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para la valoración de las ofertas. Estará constituida por el Presidente de la Comunidad de regantes, tres vocales designados por la Comunidad, un secretario que podrá ser el Secretario de la Comunidad o el asesor jurídico contratado al efecto y un asesor técnico designado por el Presidente de la Comunidad. Respecto a los miembros de la Mesa de Contratación deben manifestar mediante una declaración responsable no tener interés ni relación personal, profesional o económica con las empresas que concurran a la licitación. En caso de que algún miembro de la mesa o asesor tuviese relación con alguna de las empresas licitadoras, deberá de abstenerse de participar en el procedimiento de adjudicación.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Estará compuesta por los miembros siguientes: • PRESIDENTE: El Concejal de la Delegación municipal interesada en el contrato, persona en quien delegue. • CUATRO VOCALES: El Secretario General de la Corporación, la Interventora Municipal, un Técnico del Servicio que promueva el expediente, el responsable de la Unidad Técnica Jurídica de Compras y Contratación como Asesor Jurídico, o bien, aquellas personas que por ausencia o enfermedad los sustituyan. • SECRETARIO: Un/a funcionario/a del Departamento de Contratación. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante, con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación administrativa, una vez publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. Art. 21.4 del RD 817/2009 de 8 ▇▇ ▇▇▇▇, El presidente de la Mesa de Contratación ordenará la apertura de los sobres "A" que contienen la documentación administrativa, presentada en tiempo y forma. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la mesa de contratación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación a que se refiere el artículo 79.2 de la Ley, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de anuncios en el perfil de contratante, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. De lo actuado, se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. La mesa, una vez calificada la documentación a que se refiere la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los Art. 43 a 71. LCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el Art. 11 del RGLCAP, con un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. A los efectos establecidos en los Arts. 43 a 71 LCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documen...
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente: Primer ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Delegado de Hacienda y Patrimonio o persona en quien delegue Vocales: Delegado de Desarrollo Económico, Fomento, Empleo, Turismo, Hostelería y Nuevas Tecnologías, o persona en quien delegue Concejala Delegada de Playas, y Parques y Jardines o persona en quien delegue. Miembro del Grupo Político Municipal PSOE Miembro del Grupo Político Municipal Izquierda Unida Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ o persona en quien delegue Sr. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ o persona en quien delegue