DEL OBJETO. 1.- Considerando el acuerdo marco celebrado entre El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (en adelante denominado “INCAA”) a través de la Subgerencia de Producción de Contenidos, y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY (en adelante denominado “GOBIERNO DE JUJUY”) a través del Ministerio de Cultura y Turismo, llaman a participar del “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM DE FICCIÓN” (en adelante denominado el “CONCURSO”) a productores/as con o sin antecedentes residentes en la provincia de Jujuy. 2.- El presente CONCURSO está destinado a presentar propuestas escritas y audiovisuales para la realización de un TELEFILM de ficción que trate sobre hechos históricos de la provincia de Jujuy con anterioridad al año 1900 (en adelante denominado el “PROYECTO"), de acuerdo a las exigencias de calidad y formato ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ internacional y conforme lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES (en adelante denominadas las "BASES Y CONDICIONES"). 3.- EL TELEFILM deberá tener una duración de entre CUARENTA Y OCHO (48) y CINCUENTA Y DOS (52) MINUTOS, incluyendo títulos y rodantes. 4.- EL TELEFILM deberá ser realizado con un presupuesto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.000). En caso de resultar ganador del presente CONCURSO y en concepto de premio para la realización del TELEFILM, el PRODUCTOR PRESENTANTE ganador recibirá la suma total de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS ($4.100.000.-), siendo obligación del PRODUCTOR PRESENTANTE la gestión y acreditación del dinero restante, es decir de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) para la producción total del TELEFILM. 5.- Será responsabilidad del PRODUCTOR PRESENTANTE demostrar fehacientemente mediante documentación respaldatoria, de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN, del financiamiento de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) y asimismo cualquier otro financiamiento adicional, no siendo válidos aportes de honorarios de ningún tipo. 6.- EL TELEFILM deberá realizarse en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRESENTANTE. El PRODUCTOR PRESENTANTE deberá asegurar que se ejecutará al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del PREMIO en la provincia de Jujuy, y con trabajo de empresas o personal técnico y artístico de dicha provincia. El PRODUCTOR PRESENTANTE también deberá contemplar la contratación de, al menos, CINCO (5) egresados de la Escuela Nacional de Realización y Experimentación Cinematográfica - ENERC de Jujuy. Se aclara que sobre dicho requisito el PRODUCTOR PRESENTANTE deberá acreditar en el respectivo presupuesto el compromiso de cumplir lo indicado, como así también en el respectivo contrato en caso de resultar ganador. 7.- El PROYECTO del TELEFILM deberá ser INÉDITO basándose en una obra original o en adaptaciones o derivaciones de una obra preexistente, debiendo en todos los casos el PRODUCTOR PRESENTANTE acreditar fehacientemente la tenencia legal de los derechos necesarios para la realización de la obra objeto del PROYECTO, y de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN al concurso de las presentes BASES Y CONDICIONES. 8.- Para la realización de la obra objeto del TELEFILM en cuestión, quien resulte ganador deberá poseer todos los derechos para el uso de la obra objeto del PROYECTO sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición o encontrarse facultado para poder ceder los mismos en dichas condiciones de uso. 9.- No se tomarán como válidos aquellos PROYECTOS que sean continuaciones, precuelas o secuelas de FILMS, TELEFILMS o SERIES que tengan desarrollada y/o producida otra temporada con anterioridad. 10.- El soporte de registro del TELEFILM deberá ser digital en una resolución no inferior a FULL HD (1920x1080), 25 cuadros, 16:9 de relación de aspecto, y su finalización en FULL HD calidad Broadcasting Internacional. 11.- El INCAA designará un tutor para el proyecto a fines de acompañar la ejecución del contrato y conforme lo establecido en el artículo 36 de las presentes BASES Y CONDICIONES. 12.- La mera presentación del PROYECTO por parte del PRODUCTOR PRESENTANTE importar el conocimiento y aceptación por parte del mismo, de todos los términos de las presentes BASES Y CONDICIONES.
Appears in 2 contracts
Sources: Concurso De Producción De Telefilm De Ficción, Concurso De Producción De Telefilm De Ficción
DEL OBJETO. 1.- Considerando Que “EL IJCF” preste los servicios en materia de servicios periciales, mediante el acuerdo marco celebrado entre El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (establecimiento y operación de una metodología de ciencias forenses, en adelante denominado términos del artículo 4, 5, fracción VI, y 6, de la Ley Orgánica de “INCAAEL IJCF”) , a través de la Subgerencia de Producción de Contenidospersonal que contrate “EL MUNICIPIO” con recursos propios y que se comisionen a “EL IJCF”, y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY (quien los capacitará para realizar las funciones encomendadas, o en adelante denominado “GOBIERNO DE JUJUY”) a través del Ministerio de Cultura y Turismosu caso, llaman a participar del “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM DE FICCIÓN” (en adelante denominado el “CONCURSO”) a productores/as con o sin antecedentes residentes los habilitará como peritos forenses en la provincia especialidad que se requiera, con la finalidad de Jujuy.
2.- El presente CONCURSO está destinado que emitan los dictámenes correspondientes a presentar propuestas escritas su materia, en Zapotlán el Grande, Jalisco y audiovisuales de esta forma cumplimentar y enriquecer las funciones, fines y objetivos propios de cada Institución. Por su parte, “EL MUNICIPIO” se compromete a destinar y adecuar un área específica, así como los bienes muebles que se necesiten para el apropiado desempeño de las labores de los Esta Hoja forma parte integral del Convenio de Colaboración celebrado entre el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses y el Ayuntamiento Constitucional de XXXXXXX, Jalisco, para la realización prestación de un TELEFILM servicios en materia de ficción que trate sobre hechos históricos de la provincia de Jujuy con anterioridad al año 1900 ciencias forenses y periciales, del (en adelante denominado el “PROYECTO"), de acuerdo a las exigencias de calidad y formato ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ internacional y conforme lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES (en adelante denominadas las "BASES Y CONDICIONES").
3.- EL TELEFILM deberá tener una duración de entre CUARENTA Y OCHO (48) y CINCUENTA Y DOS (52) MINUTOS, incluyendo títulos y rodantes.
4.- EL TELEFILM deberá ser realizado con un presupuesto de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.000fecha). En servidores públicos o de los peritos que en su caso sean habilitados para los efectos de resultar ganador este convenio; así mismo ceder el uso y goce del presente CONCURSO y en concepto de premio para la realización del TELEFILM, el PRODUCTOR PRESENTANTE ganador recibirá la suma total de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS ($4.100.000.-), siendo obligación del PRODUCTOR PRESENTANTE la gestión y acreditación del dinero restante, es decir de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) para la producción total del TELEFILM.
5.- Será responsabilidad del PRODUCTOR PRESENTANTE demostrar fehacientemente mediante documentación respaldatoria, de acuerdo a la documentación exigida espacio físico descrito en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN, del financiamiento de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) y asimismo cualquier otro financiamiento adicional, no siendo válidos aportes de honorarios de ningún tipo.
6.- EL TELEFILM deberá realizarse en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRESENTANTE. El PRODUCTOR PRESENTANTE deberá asegurar que se ejecutará al menos el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del PREMIO en la provincia de Jujuy, y con trabajo de empresas o personal técnico y artístico de dicha provincia. El PRODUCTOR PRESENTANTE también deberá contemplar la contratación de, al menos, CINCO (5) egresados de la Escuela Nacional de Realización y Experimentación Cinematográfica - ENERC de Jujuy. Se aclara que sobre dicho requisito el PRODUCTOR PRESENTANTE deberá acreditar declaraciones en el respectivo presupuesto el compromiso de cumplir lo indicadoinciso B fracción III, como así también en el respectivo contrato en caso de resultar ganador.
7.- El PROYECTO del TELEFILM deberá ser INÉDITO basándose en una obra original o en adaptaciones o derivaciones de una obra preexistente, debiendo en todos los casos el PRODUCTOR PRESENTANTE acreditar fehacientemente la tenencia legal de los derechos necesarios que será destinado única y exclusivamente para la realización operatividad de la obra objeto del PROYECTO, y un módulo de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN al concurso expedición de las presentes BASES Y CONDICIONESConstancias de No Antecedentes Penales.
8.- Para la realización de la obra objeto del TELEFILM en cuestión, quien resulte ganador deberá poseer todos los derechos para el uso de la obra objeto del PROYECTO sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición o encontrarse facultado para poder ceder los mismos en dichas condiciones de uso.
9.- No se tomarán como válidos aquellos PROYECTOS que sean continuaciones, precuelas o secuelas de FILMS, TELEFILMS o SERIES que tengan desarrollada y/o producida otra temporada con anterioridad.
10.- El soporte de registro del TELEFILM deberá ser digital en una resolución no inferior a FULL HD (1920x1080), 25 cuadros, 16:9 de relación de aspecto, y su finalización en FULL HD calidad Broadcasting Internacional.
11.- El INCAA designará un tutor para el proyecto a fines de acompañar la ejecución del contrato y conforme lo establecido en el artículo 36 de las presentes BASES Y CONDICIONES.
12.- La mera presentación del PROYECTO por parte del PRODUCTOR PRESENTANTE importar el conocimiento y aceptación por parte del mismo, de todos los términos de las presentes BASES Y CONDICIONES.
Appears in 1 contract
Sources: Convenio De Colaboración
DEL OBJETO. 1.- Considerando el acuerdo marco Convenio ▇▇▇▇▇ N° 29837329/17 celebrado entre El INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (en adelante denominado “INCAA”) a través de la Subgerencia Gerencia de Producción Fortalecimiento de Contenidosla Industria Audiovisual, y EL GOBIERNO MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY NACIÓN (en adelante denominado “GOBIERNO DE JUJUYMINCYT”) ), a través del Ministerio de Cultura y Turismosu Canal TEC, llaman a participar del “CONCURSO DE PRODUCCIÓN DE TELEFILM SERIES DE FICCIÓNFICCIÓN SOBRE TEMÁTICAS CIENTÍFICAS Y TECNOLÓGICAS” (en adelante denominado el “CONCURSO”) a productores/as productores y productoras residentes en la República Argentina, con o sin antecedentes residentes en la provincia de Jujuyantecedentes.
2.- El presente CONCURSO está destinado a presentar propuestas escritas y audiovisuales para la realización de un TELEFILM de ficción que trate sobre hechos históricos de la provincia de Jujuy con anterioridad al año 1900 CUATRO (4) proyectos audiovisuales inéditos (en adelante denominado el “EL PROYECTO")”) de ficción de entre SEIS (6) y OCHO (8) episodios de TREINTA (30) minutos -o más- cada episodio por cada proyecto audiovisual, de acuerdo a las exigencias de calidad y formato ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ internacional y conforme lo establecido en las presentes BASES Y CONDICIONES y el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS. El objetivo de cada UNO (en adelante denominadas las "BASES Y CONDICIONES")1) de los CUATRO (4) proyectos seleccionados es la realización de series audiovisuales, dirigidas a un público ya sea de entre 15 y 18 años o a un público de entre 25 y 45 años, que desarrollen temáticas científicas y tecnológicas como tema central de la trama de la ficción. El objetivo que se busca es que la ciencia y la tecnológica no sean un aspecto tangencial y/o complementario de la trama de la ficción, sino parte importante de la trama misma desde ficciones que sean atractivas y entretenidas.
3.- EL TELEFILM deberá tener una duración Cada UNO (1) de entre CUARENTA Y OCHO los CUATRO (484) y CINCUENTA Y DOS (52) MINUTOS, incluyendo títulos y rodantes.
4.- EL TELEFILM deberá PROYECTOS deberán ser realizado realizados con un presupuesto de CUATRO de, al menos, PESOS CUARENTA MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.00040.000.000-). En caso ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ será otorgado a cada UNO (1) de resultar ganador los CUATRO (4) PRODUCTORES o PRODUCTORAS ganadores como premio del presente CONCURSO y en concepto concurso. IF-2022-84249080-APN-GFIA#INCAA
4.- Le será posible a cada UNO (1) de premio para la realización del TELEFILMlos PRODUCTORES o las PRODUCTORAS ganadores realizar por su parte un aporte económico al proyecto, el PRODUCTOR PRESENTANTE ganador recibirá la suma total ya sea propio o de CUATRO MILLONES CIEN MIL PESOS ($4.100.000.-)terceros, siendo obligación del PRODUCTOR PRESENTANTE la gestión y acreditación del dinero restante, es decir de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) para la producción total del TELEFILMya sean donaciones y/o auspicios y/o canjes publicitarios.
5.- Será responsabilidad del PRODUCTOR PRESENTANTE demostrar fehacientemente mediante documentación respaldatoria, de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN, del financiamiento de CUATROCIENTOS MIL PESOS ($400.000.-) y asimismo cualquier otro financiamiento adicional, no siendo válidos aportes de honorarios de ningún tipo.
6.- EL TELEFILM Cada PROYECTO deberá realizarse en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA DOSCIENTOS DIEZ (150210) días corridos a partir de la acreditación total de la primera cuota a ser abonada al PRODUCTOR PRODUCTOR/A PRESENTANTE. , tal cual figura en el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
6.- El PRODUCTOR PRESENTANTE PROYECTO a presentar deberá asegurar que se ejecutará al menos guiarse por las pautas temáticas de la presente convocatoria referidas en el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del PREMIO en la provincia artículo 2 de Jujuylas presentes bases y condiciones, y con trabajo de empresas o personal técnico y artístico de dicha provincia. El PRODUCTOR PRESENTANTE también deberá contemplar la contratación de, al menos, CINCO (5) egresados de la Escuela Nacional de Realización y Experimentación Cinematográfica - ENERC de Jujuy. Se aclara que sobre dicho requisito el PRODUCTOR PRESENTANTE deberá acreditar en el respectivo presupuesto el compromiso de cumplir lo indicado, como así también en el respectivo contrato en caso de resultar ganador.
7.- El PROYECTO del TELEFILM deberá ser INÉDITO basándose en una obra original o en adaptaciones o derivaciones de una obra preexistente, basándose o no en hechos reales, debiendo en todos los casos el PRODUCTOR PRESENTANTE los productores y las productoras presentantes acreditar fehacientemente la tenencia legal de -mediante declaración jurada simple- que posee los derechos necesarios para la realización de la obra objeto del PROYECTO, y de acuerdo a la documentación exigida en el apartado REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN al concurso de las presentes BASES Y CONDICIONES.
8.- Para la realización de la obra objeto del TELEFILM en cuestión, quien resulte ganador deberá poseer todos los derechos para el uso de la obra objeto del PROYECTO sin límite temporal, geográfico ni de medios de exhibición o encontrarse facultado para poder ceder los mismos en dichas condiciones de usoexhibición.
9.- 7.- La titularidad de todos los derechos de manera integral y total de cada una de las obras resultantes de los proyectos, será en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) del MINCYT y en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de cada uno de las y los PRODUCTORES y PRODUCTORAS que resulten ganadores del presente concurso. Asimismo, tanto el INCAA como el MINCYT tendrán derecho -no exclusivo- total e integral, sin límite territorial ni temporal, de emisión sobre el PROYECTO en sus Canales TEC y CINEAR Tv. A su vez el MINCYT – TEC tendrán derecho no exclusivo de emisión en medios digitales y plataformas creadaso por crearse sin límite territorial ni temporal públicas y/o privadas. A su vez, el INCAA poseerá derechos de emisión en medios digitales y plataformas creadas (CINEAR PLAY) o por crearse, sin límite territorial ni temporal pero luego de TRES (3) años de realizado el estreno en TEC y/o CINEAR Tv. También poseerá el INCAA derechos de exhibición no exclusivos en el cine Gaumont y Espacios INCAA sin límite temporal y en muestras y festivales nacionales o internacionales que organice o con los que tenga convenio. Será obligación de los productores y las productoras presentantes realizar el registro de obra, de marca y de obra publicada, respetando el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de titularidad integral del MINCYT y el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los productores y las productoras presentantes. Será, también, obligación de los productores y las productoras presentantes tramitar todas las cesiones de deIrFe-c2h0o2s2-8d4e24im90a8g0e-An PyN/u-GoFtIrAas#INCAA que resulten necesarias para la realización del PROYECTO a favor el MINCYT y su Canal TEC –tanto en sus medios actuales como futuros- y de los productores y las productoras presentantes.
8.- No se tomarán como válidos aquellos PROYECTOS que sean continuaciones, precuelas o secuelas de DOCUMENTALES, DOCUFICCIONES, FILMS, TELEFILMS o SERIES que tengan desarrollada y/o producida otra temporada con anterioridad.
10.- 9.- El soporte de registro del TELEFILM PROYECTO deberá ser digital en una resolución no inferior a FULL HD (1920x1080), 25 cuadros, 16:9 de relación de aspecto, y su finalización en FULL HD calidad Broadcasting InternacionalInternacional y demás aspectos que se detallan el ANEXO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PLAZOS.
11.- 10.- El INCAA MINCYT, en conformidad con el INCAA, designará un tutor TUTOR / PRODUCTOR DELEGADO para el proyecto cada uno de los PROYECTOS a fines de acompañar la ejecución del contrato y conforme lo establecido en el artículo 36 33 de las presentes BASES Y CONDICIONES.
12.- 11.- La mera presentación del PROYECTO por parte del PRODUCTOR de los productores y las productoras presentantes es considerada como manifestación de conocimiento, aceptación y obligatoriedad decumplimiento por PRODUCTOR/A PRESENTANTE importar el conocimiento y aceptación por parte del mismo, de todos los términos de las presentes BASES Y CONDICIONES.
Appears in 1 contract