Aplicación Cláusulas de Ejemplo

Aplicación. Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva a más tardar el 31 de enero de 2006. Informarán inmediatamente de ello a la Comisión.
Aplicación. Son de aplicación a esta Cláusula las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se hallen modificadas por este acuerdo. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.
Aplicación. Las disposiciones de esta Enmienda a la Carta Constitutiva se aplican si el empleado no se encuentra exento y la empresa es un negocio que cuenta con cobertura. Empresa con Cobertura: Una empresa que: está involucrada en un negocio que:
Aplicación. Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.
Aplicación. Permanecen vigentes y son de aplicación a la presente cláusula, las Cláusulas Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Contra Incendio y/▇ ▇▇▇▇, así como todas las condiciones de la Póliza, a excepción de lo expresamente variado por esta cláusula adicional.
Aplicación. Los recursos presupuestarios federales que transfiera “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD” y los rendimientos financieros que éstos generen, serán destinados, ejercidos y aplicados por “LA UNIDAD EJECUTORA” en forma exclusiva en las acciones en materia de prevención y control de la salud mental y adicciones que ésta última lleve a cabo para apoyar la debida instrumentación de “EL PROGRAMA, conforme a los objetivos, metas e indicadores del mismo. Los recursos presupuestarios federales que se transfieran con motivo de la celebración de este Convenio Específico no podrán desviarse hacia cuentas en las que “LA ENTIDAD” maneje otro tipo de recursos, ni traspasarse a otros conceptos de gasto y se registrarán conforme a su naturaleza, como gasto corriente o de capital, de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal vigente. Los recursos federales que se transfieran, se devengarán conforme a lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; se registrarán por “LA ENTIDAD” en su contabilidad de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y se rendirán en su Cuenta Pública. “LA ENTIDAD”, por conducto de la “UNIDAD EJECUTORA” elaborará su distribución presupuestal (ANEXO 3) por partida presupuestaria del gasto, lo cual debe estar autorizado por “LA SECRETARÍA”. En caso de requerirse modificaciones a dicha distribución presupuestal se solicitará autorización mediante oficio a “LA SECRETARÍA.” Los recursos federales transferidos a “LA ENTIDAD”, así como los rendimientos financieros generados, que al 31 de diciembre de 2024 no hayan sido devengados, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación, en los términos del artículo 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, para lo cual la “UNIDAD EJECUTORA” deberá informarlo a “LA SECRETARÍA”, a través de la “CONASAMA”, de manera escrita y con la documentación soporte correspondiente.
Aplicación. Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en tanto no se opongan o contradigan a lo establecido en la presente cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula.
Aplicación. Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Vehicular, en cuanto no se hallen modificadas por esta Cláusula. Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre esta Cláusula. CLÁUSULA DE CHOFER DE REEMPLAZO (MÁXIMO 3 ASISTENCIAS)
Aplicación. 53. Los Estados miembros garantizarán la existencia de medios adecuados y efectivos para garantizar el cumplimiento de la presente Directiva. 54. Los medios mencionados en el apartado 1 incluirán disposiciones por las que uno o más de los organismos siguientes, según determine la legislación nacional, pueden adoptar acciones en virtud de la legislación nacional ante los tribunales o ante los organismos administrativos competentes para garantizar la aplicación de las disposiciones nacionales de transposición de la presente Directiva: a) organismos públicos o sus representantes, b) organizaciones de consumidores con un interés legítimo en la protección de los mismos, c) organizaciones profesionales con un interés legítimo en la adopción de medidas.
Aplicación. Permanecen vigentes y son de aplicación a la presente cláusula, las Cláusulas Generales de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro Contra Incendio y/▇ ▇▇▇▇, así como todas las condiciones de la Póliza, a excepción de lo expresamente variado por esta cláusula adicional. 1. COBERTURA Sujeta a todos los términos y condiciones que forman parte de la presente Póliza, ésta se extiende a cubrir los bienes que forman parte de la Materia Asegurada descrita en las Condiciones Particulares, contra las pérdidas físicas o daños materiales que le ocurran durante la vigencia de la Póliza, siempre y cuando dichas pérdidas físicas o daños materiales sucedan en forma accidental, súbita e imprevista, como consecuencia directa de explosión originada por cualquier causa no excluida; sea que la explosión haya ocurrido dentro del Lugar del Seguro o no.