AMBITO DE APLICACION Cláusulas de Ejemplo
AMBITO DE APLICACION. Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.
AMBITO DE APLICACION. Toda la Institución, incluyendo depósitos periféricos, Agencias y Tesoros Regionales.
AMBITO DE APLICACION. Art. 1.- Ambito de aplicación.- Las disposiciones expedidas en la presente Codificación son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes previstas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP, para la aplicación de los procedimientos de contratación pública establecidos en la mencionada Ley y su Reglamento General, para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría.
Art. 2.- Definiciones.- Para efectos de la presente Codificación se observarán las siguientes definiciones:
1. Acuerdo de compromiso (Convenio Marco).- Es el instrumento mediante el cual un proveedor se compromete con el Servicio Nacional de Contratación Pública a proveer de manera permanente y hasta su capacidad máxima de producción, un determinado bien o servicio a través del Catálogo Dinámico Inclusivo, adhiriéndose a las especificaciones técnicas y condiciones económicas establecidas para el mismo.
2. Adjudicatario en el procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de Medicamentos o Subasta Inversa Corporativa de alimentación Escolar.- Es la persona natural o jurídica, ecuatoriana o extranjera, que encontrándose registrada y habilitada en el Registro Unico de Proveedores -RUP, habiendo cumplido con los términos y condiciones de adhesión, ha resultado ganador de la etapa de puja o negociación, según corresponda, ha presentado la documentación habilitante en el tiempo definido en el pliego, y una vez que ha cumplido con la verificación de la misma, la máxima autoridad del Servicio Nacional de Contratación Pública o su delegado le otorga derechos y obligaciones para la firma del Convenio Marco y para la provisión de medicamentos de uso y consumo humano a través del Repertorio de Medicamentos; o, provisión de raciones alimenticias para los estudiantes de Educación Inicial, Educación General Básica y Bachillerato de las unidades educativas del Milenio del Sistema Público de Educación.
3. Agregado territorial para el procedimiento de Subasta Inversa Corporativa de Alimentos Escolares.- Zonificación territorial determinada a partir de un modelo multi criterio que incluye la red nacional de asentamientos humanos jerarquizados del Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017, cobertura de accesibilidad vial y densidad estudiantil. El contratista será responsable de cumplir las obligaciones contractuales derivadas del Convenio Marco, de las órdenes de compra generadas para ...
AMBITO DE APLICACION. 1.01 Monto y tipos de entidades. Este Procedimiento será utilizado por el Licitante 1 en toda adquisición de bienes y ejecución de obras para el Proyecto. 2 Cuando el valor estimado de dichos bienes u obras sea igual o exceda los montos establecidos en las Estipulaciones Especiales de este Contrato y siempre que dicho ente pertenezca al sector público, el método de adquisición a emplearse será el de licitación pública internacional. Se incluyen en dicho sector, las sociedades u otros entes en que la participación estatal exceda del 50% de su capital. La contratación de servicios relacionados, tales como transporte de bienes, seguros, instalación y montaje de equipos y la operación y mantenimiento inicial, también se rige por este Procedimiento y se le aplica las mismas reglas que a las adquisiciones de bienes.3 La contratación de servicios de consultoría, en cambio, se rige por procedimientos distintos.
AMBITO DE APLICACION. Todo el país.
AMBITO DE APLICACION. El Acuerdo será de aplicación en todo el ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇.
AMBITO DE APLICACION. El presente régimen será de aplicación obligatoria a los procedimientos de contratación en los que sean parte las jurisdicciones y entidades comprendidas en el inciso a) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificaciones.
AMBITO DE APLICACION. Será el ámbito de aplicación de la presente Convención Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean éstas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la República Argentina, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de San ▇▇▇▇▇▇, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Lanús, Avellaneda, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇, La Matanza, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Malvinas Argentinas, ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; toda la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y en los siguientes departamentos: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Las ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Guaymallén, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, Junín, Rivadavia, Santa ▇▇▇▇, La Paz, Tunuyán; Tupungato y ▇▇▇▇▇▇▇ de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ pertenecientes a la Provincia de Santa Fe y al personal comprendido en la resolución 480/10 aplicable únicamente de las Farmacias Mutuales y Sindicales de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del Chaco.
AMBITO DE APLICACION. Art. 1.- Ambito de aplicación.- Las disposiciones expedidas en la presente Codificación son de cumplimiento obligatorio para las entidades contratantes previstas en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública - LOSNCP, para la aplicación de los procedimientos de contratación pública establecidos en la mencionada Ley y su Reglamento General, para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría.
Art. 2.- Definiciones.- Para efectos de la presente Codificación se observarán las siguientes definiciones:
AMBITO DE APLICACION. Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación a todos los procedimien- tos de contrataciones en los que sea parte la Corporación Buenos Aires Sur S.E. (en adelante CBAS), exceptuando aquellas que se encuentren expresamente comprendi- das en el artículo 3°.