AMBITO DE APLICACION. Será el ámbito de aplicación de la presente Convención Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean éstas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la República Argentina, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de San ▇▇▇▇▇▇, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Lanús, Avellaneda, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇, La Matanza, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Malvinas Argentinas, ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; toda la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y en los siguientes departamentos: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Las ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Guaymallén, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, Junín, Rivadavia, Santa ▇▇▇▇, La Paz, Tunuyán; Tupungato y ▇▇▇▇▇▇▇ de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ pertenecientes a la Provincia de Santa Fe y al personal comprendido en la resolución 480/10 aplicable únicamente de las Farmacias Mutuales y Sindicales de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del Chaco.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
AMBITO DE APLICACION. Será el ámbito de aplicación de la presente Convención Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean éstas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la República Argentina, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de San ▇▇▇▇▇▇, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Lanús, Avellaneda, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇, La Matanza, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Malvinas Argentinas, ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; toda la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y en los siguientes departamentos: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Las ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Guaymallén, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, Junín, Rivadavia, Santa ▇▇▇▇, La Paz, Tunuyán; Tupungato y ▇▇▇▇▇▇▇ de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ pertenecientes a la Provincia de Santa Fe Fe. Comentario al Artículo 3: Se delimita el ámbito de aplicación material y al personal comprendido geográfico, se exceptúan las Provincias, Localidades y demás zonas en la resolución 480/10 aplicable únicamente donde NO es de las Farmacias Mutuales y Sindicales aplicación el presente convenio colectivo de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del Chacotrabajo.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
AMBITO DE APLICACION. Será el ámbito de aplicación de la presente Convención Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean éstas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la República Argentina, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de San ▇▇▇▇▇▇, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Lanús, Avellaneda, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇Tigre, ▇▇▇▇▇▇Moreno, La Matanza, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Malvinas Argentinas, ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; toda la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y en los siguientes departamentos: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Las ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Guaymallén, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, Junín, Rivadavia, Santa ▇▇▇▇, La Paz, Tunuyán; Tupungato y ▇▇▇▇▇▇▇ de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ pertenecientes a la Provincia de Santa Fe y al personal comprendido en la resolución 480/10 aplicable únicamente de las Farmacias Mutuales y Sindicales de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del ChacoFe.
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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo
AMBITO DE APLICACION. Será el ámbito de aplicación de la presente Convención Colectiva de Trabajo todas las oficinas de farmacias, sean éstas privadas, de centros asistenciales, de organizaciones sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias, y de toda otra entidad sin fines de lucro, establecidas en el territorio de la República Argentina, con excepción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los partidos de San ▇▇▇▇▇▇, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Lanús, Avellaneda, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇, La Matanza, ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Malvinas Argentinas, ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; toda la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, la Ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y en los siguientes departamentos: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, Las ▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇, Guaymallén, ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇, Junín, Rivadavia, Santa ▇▇▇▇, La Paz, Tunuyán; Tupungato y ▇▇▇▇▇▇▇ de la Provincia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; Ciudad de Santa Fe, departamento la Capital, 9 de Julio, Gral. Obligado, Vera, San Justo, San ▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ pertenecientes a la Provincia de Santa Fe y al personal comprendido en la resolución 480/10 aplicable únicamente de las Farmacias Mutuales y Sindicales de la provincia del Misiones y de las ciudades de Resistencia y Quitilipi de la provincia del ChacoFe.
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