Financiación Cláusulas de Ejemplo
Financiación. Para sufragar el precio del contrato hay prevista financiación con cargo al presupuesto del año en curso. Asimismo, el órgano competente en materia presupuestaria se compromete a reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
Financiación. 1. El importe total de la presente convocatoria asciende a la cuantía de 18.000.000,00 euros, que serán financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 1308242A470 y a los proyectos de gasto: 200814006000300 “Ayudas a la creación de empleo”, con fuente de financiación Comunidad Autónoma, 201511004000500 “Fomento de la contratación indefinida”, con financiación del Fondo Social Europeo y 201613008000300 “Ayudas a la Contratación indefinida”, con financiación del Estado, con el siguiente desglose por anualidades: Ejercicio 2019. — Un millón de euros (1.000.000,00), con cargo al proyecto de gasto 200814006000300 “Ayudas a la creación de empleo”. — Ocho millones y medio de euros (8.500.000,00), con cargo al proyecto de gasto 201511004000500 “Fomento de la contratación indefinida”. — Dos millones y medio de euros (2.500.000,00), con cargo al proyecto de gasto 201613008000300 “Ayudas a la Contratación indefinida”. Ejercicio 2020. — Un millón de euros (1.000.000,00), con cargo al proyecto de gasto 200814006000300 “Ayudas a la creación de empleo”. — Tres millones y medio de euros (3.500.000,00), con cargo al proyecto de gasto 201511004000500 “Fomento de la contratación indefinida”. — Un millón y medio de euros (1.500.000,00), con cargo al proyecto de gasto 201613008000300 “Ayudas a la Contratación indefinida”.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Subvencio- nes de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior para el periodo de vigencia de la convocatoria, podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presu- puestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante resolución de la Consejera de Educación y Empleo, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmi- sión de las solicitudes posteriormente presentadas.
3. El importe consignado en el proyecto de gasto 201511004000500 “Fomento de la contra- tación indefinida” se financiará con cargo al Fondo Social Europeo a través del programa operativo FSE Extremadura 2014-2020, dentro del objetivo temático 8 “Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral” y prioridad de inversión 8.1. El acceso al empleo...
Financiación. El órgano específico se financiará, para la ejecución de sus actividades, de las siguientes fuentes:
a) De las subvenciones que pueda obtener de las Administraciones Públicas y organismos privados.
Financiación. La financiación de las acciones formativas se hará preferentemente con cargo a las cuotas de formación profesional abonadas sectorialmente, gestionadas a través de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo o de la Institución o Instituciones similares que puedan establecerse con análogas dotaciones económicas y finalidades. Es por este motivo, que se establece como prioritario para el sector de Limpieza de Edificios y Locales, la promoción y difusión entre las empresas y trabajadores/as, la utilización de las bonificaciones y de los permisos individuales de formación. Se hará especial hincapié en aquellos colectivos con un bajo nivel de cualificación, siendo prioritario este criterio en la concesión de los permisos individuales de formación de aquellos trabajadores y trabajadores que los soliciten. A nivel de empresa, podrá establecerse la aplicación de recursos en función de sus necesidades y características.
Financiación. Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven para la Administración del cumplimiento de este contrato, que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria que aparece en el ANEXO I del presente PCAP. En el supuesto de gastos de carácter plurianual, la baja de la adjudicación, si la hubiere, podrá ser aplicada proporcionalmente a todas las anualidades previstas en el citado ANEXO o a las que el órgano de contratación considere justificadamente más conveniente.
Financiación. La cuantía de la subvención asciende a veinte mil euros (20.000 €), obrante en la aplicación presupuestaria del presupuesto en vigor 08 33010 48952, Descripción: " Federación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇ Flamencas ▇▇ ▇▇▇▇▇-Servicios Generales de Cultura". Para otorgar dicha cuantía se ha tenido en cuenta las actividades propuestas por la entidad y el número total de asociados. Dado que la Entidad necesita contar con financiación para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención, el Ayuntamiento efectuará el pago anticipado a dicha Entidad, incluso con carácter previo a la justificación, siempre que la beneficiaria no tenga pendiente la justificación de otra subvención, vencido el plazo para ello. Por lo anterior no será exigible la prestación de garantía por parte de la entidad por cuanto no se aprecia riesgo de que incumpla las obligaciones asumidas en virtud de este convenio, siendo una entidad sin ánimo de lucro, solvente y fiable de cara al cumplimiento del convenio. La aplicación del citado pago a las actuaciones descritas en la estipulación segunda del presente convenio será justificada individualmente por la Entidad, atendiendo a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003 y 19 de la Ordenanza municipal, así como a lo estipulado en el artículo 69 del Real Decreto 887/2006. En concreto, dicha justificación revestirá la modalidad de “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto” señalada en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente ES 78- 3187-0082-15-5091467323. El control financiero de la subvención será ejercido por la Intervención Municipal. La presente subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que no se exceda en tal caso del 100% del coste de la actividad subvencionada.
Financiación. APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 920.05 - 224.00 TRAMITACIÓN ANTICIPADA: NO COFINANCIACIÓN: NO AYUNTAMIENTO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ : 100% OTROS: ----- ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇: NO ANUALIDADES: UNA
Financiación. (Hasta la entrada en vigor del desarrollo reglamentario)
Financiación. FINANCIACIÓN AYUNTAMIENTO: 100% FINANCIACIÓN COMUNIDAD AUTONOMA: FINANCIACIÓN OTROS:
Financiación. FINANCIACIÓN AYUNTAMIENTO: FINANCIACIÓN COMUNIDAD AUTONOMA: FINANCIACIÓN OTROS: