Common use of OBJETO Clause in Contracts

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria, Contrato De Constitución De Garantía Hipotecaria

OBJETO. 1.1 Mediante El presente documento tiene por objeto regular y definir el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe alcance y condiciones de prestación del servicio, sistemas técnicos, procesos, métodos, normas, recursos humanos, técnicos y materiales que se detallan habrán de regir para la contratación de los servicios de mantenimiento funcional de los edificios que constituyen la sede de la Casa de América de Madrid y de asistencia logística en los eventos programados en los espacios de la hoja resumen sede de la Casa de América incluidas en el mismo apartado 1.2. Algunos de los objetivos principales de este pliego son los siguientes:  Establecer los requerimientos generales que EL CLIENTE declara haber recibido los proveedores del servicio deberán comprometerse a cumplir durante la provisión del mismo.  Definir los parámetros clave para considerar el alcance del servicio requerido en cuanto a calidad, cumplimiento y disponibilidad relacionados con anterioridad las actividades aquí recogidas.  Definir claramente las acciones y actividades que deberá contemplar el servicio y establecer los niveles de servicio que deberán alcanzarse.  Especificar la información que para el control de la prestación del servicio el adjudicatario deberá generar y entregar a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición CASA AMÉRICA.  Establecer las bases de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, sistema mediante el cual se describe medirá el cumplimiento del grado del servicio alcanzado durante la prestación del mismo.  Exponer las necesidades de aplicación de medidas de mejora continua en el Anexo 1servicio. La prestación del servicio se realizará de acuerdo con los requerimientos y condiciones estipuladas en este documento, de los que será utilizado derivarán los derechos y destinado por EL CLIENTEobligaciones de las partes contratantes, única y exclusivamentede las posibles mejoras que pudieran derivarse de la propuesta del adjudicatario, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, teniendo todos los documentos presentados en el caso proceso de bien terminado o mejoramiento licitación carácter contractual. De manera general, la prestación y gestión del servicio se realizará con la organización, la profesionalidad y la eficacia necesarias para:  Proporcionar los niveles de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación disponibilidad de las obligaciones contraídas por instalaciones y sus sistemas asociados que permitan la correcta operatividad del inmueble dentro de unas condiciones óptimas de habitabilidad uso y confort.  Maximizar la vida de las instalaciones  Optimizar los consumos (eléctricos, agua, gas, etc.) de las instalaciones objeto de este pliego, monitorizando su evolución y proponiendo medidas de mejora.  Justificar y optimizar los costes extracontractuales derivados de él, relacionándolo este aspecto con el presente crédito autoriza punto de mejora continua.  Proponer e introducir mejoras en la operatividad de las instalaciones.  Asesorar a EL BANCO CASA AMÉRICA en cuanto a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo los cambios que sean convenientes introducir para alcanzar lo especificado en este punto.  Asistir y apoyar logísticamente en todos los eventos y actos que se detalla requiera, programados en la cláusula Décima Cuartasede de la Casa de América de Madrid.

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Sources: Mantenimiento Funcional Y Asistencia Logística, Mantenimiento Funcional Y Asistencia Logística

OBJETO. 1.1 Mediante el El objeto del presente contrato EL BANCO otorga Contrato de Transporte es la prestación a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- REMITENTE PRIMARIO del Servicio de Transporte de Gas Natural en Firme a través de un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteContrato de Transporte Firme. Por consiguiente, por el importe y condiciones que se detallan conforme lo establecido en la hoja resumen el mismo Resolución CREG 185 de 2020 o las normas que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato modifiquen, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado deroguen o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendasustituyan, en cuyo caso no será desarrollo del Contrato de aplicación Transporte, EL TRANSPORTADOR, durante el atributo plazo de Duración del BBP ni Servicio de qué trata el numeral 3.2. del Premio al Buen Pagador como complemento Contrato de Transporte, garantiza a EL REMITENTE PRIMARIO, sin interrupciones, excepto en los días establecidos para mantenimiento y labores programadas y excepto en casos de ocurrencia de Eventos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Causa Extraña o Eventos Eximentes de Responsabilidad. 2.1 En desarrollo del objeto, a partir de la cuota inicialFecha de Inicio del Servicio EL TRANSPORTADOR, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas recibir de EL REMITENTE PRIMARIO o de quien actúe como representante de EL REMITENTE PRIMARIO, cada Día de Gas en el contrato Punto de compraventaEntrada, independizada e inscrita Gas Natural hasta por la Capacidad Contratada, establecida en registros públicosel numeral 11.2. de la Cláusula 11 y a conducir dicho Gas por el Sistema de Transporte hasta el(los) Punto(s) de Salida, y EL REMITENTE PRIMARIO se obliga a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar recibir el crédito Gas Natural en el(los) Punto(s) de Salida y a pagar la Tarifa de Transporte y/o los Cargos de Ingreso de Corto Plazo, según corresponda, en los términos establecidos y condiciones estipulados en este Contrato. 2.2 Lo estipulado en el párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de los Eventos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Causa Extraña o Eventos Eximentes de Responsabilidad consagrados en la Cláusula 15 del presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Contrato de EL CLIENTE debidamente sustentadoTransporte, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder que suspenden las obligaciones de 12 meseslas Partes bajo este Contrato de Transporte. 1.4 2.3 Se entiende que existe prestación del Servicio siempre que EL CLIENTE en representación TRANSPORTADOR mantenga la disponibilidad del Sistema de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a Transporte para efectos de transportar la emisión Capacidad Contratada, con independencia de un titulo valor, título la Cantidad de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en Energía Nominada o de la cláusula Décima CuartaCantidad de Energía Entregada o de la Cantidad de Energía Tomada.

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Sources: Contrato De Transporte De Gas Natural, Contrato De Transporte De Gas Natural

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación 2.1. Arrendamiento de un espacio en la Finca para la celebración del Evento a) El espacio de la Finca arrendada y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, sus elementos serán destinados única y exclusivamente por el importe Cliente a la realización del Evento, quedando prohibido al Cliente desarrollar en el Espacio actividad distinta. b) El Cliente declara conocer las características y estado de conservación de la Finca, del espacio arrendado y de sus elementos, aceptándolas expresamente y obligándose a la finalización del Evento a devolverlos en las mismas condiciones en que se detallan fueron puestos a su disposición, debiendo responder frente a la Sociedad de los daños y desperfectos que puedan ocasionarse a la Finca, al espacio y/o a sus elementos derivados del mal uso por su parte de los mismos. c) El Cliente deberá permitir a la Sociedad la realización de tareas de mantenimiento, obras y/o mejoras en la hoja resumen Finca, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad espacio y/o en sus elementos siempre y cuando las mismas fueran necesarias y no pudieran diferirse en el tiempo a la firma finalización del presente contrato Evento, con sin que por ello la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio Sociedad tenga que indemnizar al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en Cliente. En el caso de bien terminado o mejoramiento que dichas obras impidiesen el uso del espacio para el Evento, la Sociedad podrá reubicar el Evento en otros espacios de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 la Finca que cumplan los mismos requisitos. En caso de bien futuroresultar imposible la reubicación del Evento, en un plazo no mayor el Cliente podrá resolver el Contrato, con derecho a treinta y seis la devolución de las cantidades pagadas a la Sociedad, sin que tenga derecho a reclamar cantidad adicional alguna. d) El Cliente deberá comunicar a la Sociedad con diez (3610) meses, contados desde días de antelación a la fecha del Evento toda la información necesaria respecto al mismo para la correcta prestación de desembolso del créditolos Servicios, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas así como el número garantizado de personas asistentes al mismo, respetando en todo caso el aforo máximo permitido en el contrato de compraventa, independizada e inscrita espacio y el horario establecido en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito las Condiciones Particulares. e) Excepto en los términos establecidos supuestos en que dichos Servicios sean contratados por el presente contrato Cliente con la Sociedad, será responsabilidad exclusiva del Cliente la organización y el desarrollo del Evento, así como de la obtención de cuantas licencias o autorizaciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución, incluyendo la obtención de los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud permisos y licencias de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación terceros y/o de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión correspondientes entidades de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartagestión colectiva.

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Sources: General Conditions of Contract, General Conditions of Contract

OBJETO. 1.1 Mediante el En virtud del presente contrato acuerdo EL BANCO otorga PRESTADOR procurará suministrar a EL CLIENTE -previa evaluación AFILIADO los servicios de Acondicionamiento y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstepreparación física ofrecidos en el Centro de Acondicionamiento Físico ACTION FITNESS, por el importe en adelante El CAF, con sujeción al “Reglamento General deServicios” quehaceparteintegral de El Contrato (Anexo N°1)yalos reglamentos específicosestablecidosparalasdistintasactividadesquese ofrecen en EL CAF, y condiciones en contraprestación EL AFILIADO pagará las sumas convenidas y que se detallan describen en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato. Estecontratoespersonaleintransferible. PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos del presente contrato, se entenderá que EL PRESTADOR ha cumplido su obligación de prestar los servicios contratados por EL AFILIADO, cuando El CAF se encuentre habilitado parasu funcionamiento ya disposición deeste enlos horarios acordados, conlasfranjashorariasestablecidas (5am-6am, 10am-5pm, 9pm-10pm) independientemente de si ELAFILIADO decide hacer uso o no de los servicios. PARÁGRAFO SEGUNDO. Si ELAFILIADO no hace uso delos servicios contratados, estando habilitado El CAF, estaráEL AFILIADO obligado al cumplimiento integral del contrato de prestación de servicios y pago total y oportuno del valor del plan que haya suscrito, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, la periodicidad acordada según sea elegida por EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble AFILIADO. PARÁGRAFO TERCERO. EL AFILIADO únicamente podrá acceder a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla servicios contratados en la cláusula Décima Cuartasede de El CAF en la que realizo la inscripción.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios, Contrato De Prestación De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL La CAJA otorgará al CLIENTE -previa (previa evaluación y calificación crediticia- un crediticia) el Crédito Hipotecario Mivivienda Hipotecario, solicitado por éste, por el importe y en las condiciones que se detallan establecidas en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma Anexo 2 del presente contrato y detalladas en la Hoja Resumen, con la finalidad exclusiva de financiar la adquisición de un bien inmueble terminado o como bien futuro y accesorios de ser el casofuturo, o para la construcción en sitio propio de una vivienda sobre un terreno de propiedad del CLIENTE que cuente con servicios básicos o en aires independizados; o para financiar el mejoramiento de viviendavivienda a fin de ejecutar obras de remodelación, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento rehabilitación, culminación o ampliación de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera vivienda de propiedad del CLIENTE. 1.2 Para efectos del presente Contratocontrato, se entiende por vivienda terminada aquella que cuenta con declaratoria de fábrica y/o ficha de independización inscrita en los Registros Públicos; y como bien futuro la vivienda en planos o en construcción que no se encuentra independizada y/o con declaratoria de fábrica inscrita en los Registros Públicos. Tanto el cual inmueble a adquirir, como el terreno propio, serán denominados indistintamente como el INMUEBLE, cuyas características se describe encuentran detalladas en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación1 del presente contrato. 1.2 Asimismo, mediante el 1.3 Para efectos del presente contrato, en se entiende por Mal Pagador al CLIENTE que ha incumplido con el caso pago puntual de bien terminado o mejoramiento las cuotas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ocasionando que la CAJA lo dé por vencido, de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada conformidad con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada crédito e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar inicie el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud proceso de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder ejecución de 12 mesesgarantía hipotecaria. 1.4 EL CLIENTE Para efectos del presente contrato, se entiende por Vivienda Sostenible aquella vivienda que incorpora atributos, tecnologías ahorradoras de agua y energía, así como estudios bioclimáticos, buenas prácticas en representación manejo de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza residuos de operación y concientización a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartalos compradores.

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Sources: Crédito Hipotecario, Crédito Hipotecario

OBJETO. 1.1 Mediante 1. En el presente contrato EL BANCO otorga marco del servicio de gestión discrecional de carteras, el CLIENTE encarga a EL CLIENTE -previa evaluación ALTERNA la gestión y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteadministración, por cuenta y riesgo del CLIENTE, de los valores, efectivo y otros instrumentos financieros del CLIENTE que, en el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a momento de la firma del presente contrato de este Contrato o en cualquier momento, ponga, con esa finalidad, a disposición de ALTERNA, así como de los rendimientos generados por aquéllos, a través de las Cuentas de Valores y de Efectivo del CLIENTE (la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe “Cartera Gestionada”). La Cartera Gestionada estará inicialmente compuesta por los activos identificados en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónI a este Contrato. 1.2 Asimismo2. En el ámbito de la gestión, mediante no será necesaria una autorización previa del CLIENTE para la realización de las operaciones de venta, compra, préstamo, suscripción, reembolso, canje, amortización o conversión de los correspondientes instrumentos financieros. No obstante, ALTERNA se reserva el presente contratoderecho de no aceptar la gestión de determinados instrumentos financieros que el CLIENTE quiera confiarle. 3. Sin perjuicio del aumento de valor experimentado por la Cartera Gestionada, la gestión, en ningún caso, podrá superar la suma del patrimonio inicialmente aportado por el caso CLIENTE o en sucesivas aportaciones, más el importe de bien terminado los créditos o mejoramiento préstamos que el CLIENTE pueda obtener para este fin de viviendaterceros legalmente habilitados. En este último caso, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ o la cantidad dispuesta con cargo al crédito deberá ingresarse en la Cuenta de EL BANCO Efectivo identificada en garantía del crédito otorgadolas Condiciones Particulares. 1.3 En caso 4. Los movimientos de bien futuro, efectivo a que den lugar las operaciones derivadas del servicio de gestión discrecional se reflejarán en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha Cuenta de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada Efectivo identificada por el CLIENTE. 5. ▇▇▇▇▇▇▇ actuará de acuerdo con las características pactadas condiciones y cláusulas de este Contrato y sólo podrá desviarse de los criterios generales de inversión pactados cuando el criterio profesional de ALTERNA aconseje dicha desviación o se produzcan incidencias en el contrato la contratación. En estos casos, ALTERNA, además de compraventaregistrar las desviaciones, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación informará con detalle de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión mismas al CLIENTE de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartaforma inmediata.

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Sources: Contrato Servicio Gestión De Carteras, Servicio De Gestión De Carteras

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Las presentes Condiciones Generales, así como las Condiciones Particulares de Productos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteServicios (en adelante también denominadas, por el importe y condiciones que se detallan las Condiciones Particulares), contempladas en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma los anexos del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, Contrato Global (en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratoadelante, el cual Contrato) rigen la relación jurídica entre el Cliente y Triodos Bank NV S.E. y regulan las condiciones de los diferentes productos y servicios que en cada momento sean ofrecidos por Trio- dos Bank NV S.E. a sus Clientes a través de los medios o canales de contratación que el Banco habilite en cada momento (Banca Telefónica, Banca Internet, correo postal, de forma presencial en las oficinas del Banco, etc.). También se describe regulan en estas Condi- ciones Generales las fórmulas para efectuar operaciones, consultas y comunicaciones entre el Anexo 1Cliente y el Banco. Igualmente resultan de aplica- ción a las relaciones entre el Cliente y Triodos Bank NV S.E. el Libro de Tarifas, Comisiones, Condiciones y Gastos Repercutibles a Clientes (en adelante, el Libro de Tarifas) y el Tablón de Anuncios de Triodos Bank NV S.E., que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble podrán ser actualizados conforme a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos lo previsto en el presente contrato para Contrato. Dicha documentación, así como el presente Contrato con sus anexos, se encuentra en todo momento disponible en soporte duradero susceptible de archivo e impresión por parte del Cliente en la página web de Triodos Bank NV S.E. (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇) y en las oficinas del Banco. El Cliente asegura haber tenido acceso a los bienes terminadosmismos con la sufi- ciente antelación y con carácter previo a su efectiva contratación y disponer de los medios de acceso a la web a través de internet. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas Asimismo reconoce que ha tenido disponible toda la información precontractual sobre los productos o servicios ofertados por el Banco y que ha recibido con suficiente antelación las explicaciones adecuadas sobre los mismos. La aceptación del presente crédito autoriza Contrato faculta al Cliente para contratar pro- ductos y servicios, ordenar operaciones, impartir instrucciones y acceder a EL BANCO infor- mación sobre los productos o servicios contratados; todo ello mediante los medios o canales que habilite Triodos Bank NV S.E. en cada momento (Banca Telefónica, Banca Internet, correo pos- tal, de forma presencial en las oficinas del Banco, etc.), utilizando para ello los mecanismos de identificación y sistema de claves que Triodos Bank NV S.E. le facilitará a tales efectos. La regulación contractual para operar a distancia se encuentra en la emisión Sección II, Banca a Distancia, de este Contrato. Si el Cliente titular o uno de los cotitula- res o intervinientes actúa en el ámbito de su actividad de negocio –empresarial o profesional– se considerará que el res- to de los cotitulares actúa igualmente en dicho ámbito. En tal caso de actuación en el ámbito de negocio –empresarial o profesional–, los cotitulares o inter- vinientes no tendrán la consideración de consumidores, a los efectos de lo establecido en el artículo 3 del texto refundido de la Ley General para la De- fensa de los Consumidores y Usuarios y el resto de normativas de desarrollo. Por lo tanto, al carecer el Titular –o cual- quiera de los cotitulares o intervinientes, en caso de ser varios– de la condición de consumidor/es o usuario/s. Las partes acuerdan la no aplicación a las personas que actúen dentro de un titulo valorámbito empresarial o profesional las normas que a continuación, y a título ejemplificativo y no limitativo, se citan: Ley 16/2011, de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Contra- tos de crédito al consumo; Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores; Circular 5/2012, de 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇, del Banco de España, a entidades de crédito y pro- veedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la cláusula Décima Cuartaconcesión de préstamos, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, acerca de la trans- parencia y protección del cliente de servicios bancarios, salvo que para algún aspecto concreto se establezca expresamente lo contrario en el presen- te Contrato. Todos los productos del Banco operan en euros. Se entiende por euro la moneda de curso legal en España, en su condición de actual miembro de la Unión Económica y Monetaria de la Unión Europea.

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Sources: Contrato Global, Contrato Global

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Las presentes Condiciones Generales, así como las Condiciones Particulares de Productos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteServicios (en adelante también denominadas, por el importe y condiciones que se detallan las Condiciones Particulares), contempladas en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma los anexos del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, Contrato Global (en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratoadelante, el cual Contrato) rigen la relación jurídica entre el Cliente y Triodos Bank NV S.E. y regulan las condiciones de los diferentes productos y servicios que en cada momento sean ofrecidos por Trio- dos Bank NV S.E. a sus Clientes a través de los medios o canales de contratación que el Banco habilite en cada momento (Banca Telefónica, Banca Internet, correo postal, de forma presencial en las oficinas del Banco, etc.). También se describe regulan en estas Condi- ciones Generales las fórmulas para efectuar operaciones, consultas y comunicaciones entre el Anexo 1Cliente y el Banco. Igualmente resultan de aplica- ción a las relaciones entre el Cliente y Triodos Bank NV S.E. el Libro de Tarifas, Comisiones, Condiciones y Gastos Repercutibles a Clientes (en adelante, el Libro de Tarifas) y el Tablón de Anuncios de Triodos Bank NV S.E., que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble podrán ser actualizados conforme a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos lo previsto en el presente contrato para Contrato. Dicha documentación, así como el presente Contrato con sus anexos, se encuentra en todo momento disponible en soporte duradero susceptible de archivo e impresión por parte del Cliente en la página web de Triodos Bank NV S.E. (▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇.▇▇) y en las oficinas del Banco. El Cliente asegura haber tenido acceso a los bienes terminadosmismos con la sufi- ciente antelación y con carácter previo a su efectiva contratación y disponer de los medios de acceso a la web a través de internet. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas Asimismo reconoce que ha tenido disponible toda la información precontractual sobre los productos o servicios ofertados por el Banco y que ha recibido con suficiente antelación las explicaciones adecuadas sobre los mismos. La aceptación del presente crédito autoriza Contrato faculta al Cliente para contratar pro- ductos y servicios, ordenar operaciones, impartir instrucciones y acceder a EL BANCO infor- mación sobre los productos o servicios contratados; todo ello mediante los medios o canales que habilite Triodos Bank NV S.E. en cada momento (Banca Telefónica, Banca Internet, correo pos- tal, de forma presencial en las oficinas del Banco, etc.), utilizando para ello los mecanismos de identificación y sistema de claves que Triodos Bank NV S.E. le facilitará a tales efectos. La regulación contractual para operar a distancia se encuentra en la emisión Sección II, Banca a Distancia, de este Contrato. El Cliente manifiesta que actúa en el ámbito de su actividad de negocio –em- presarial o profesional–, por lo tanto, al carecer de la condición de consumidor. Las partes acuerdan la no aplicación a las personas que actúen dentro de un titulo valorámbito empresarial o profesional las normas que a continuación, y a título ejemplificativo y no limitativo, se citan: Ley 16/2011, de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de contratos de crédito al consumo; Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a dis- tancia de servicios financieros destina- dos a los consumidores; Circular 5/2012, de 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabi- lidad en la cláusula Décima Cuartaconcesión de préstamos, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, acerca de la transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, salvo que para algún aspecto concreto se establezca expresamente lo contrario en el presente Contrato. Todos los productos del Banco operan en euros. Se entiende por euro la moneda de curso legal en España, en su condición de actual miembro de la Unión Económica y Monetaria de la Unión Europea.

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Sources: Contrato Global, Contrato Global

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga 1. OBJETO.- La ARRENDADORA, cede desde ahora en ALQUILER a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstela ARRENDATARIA, que acepta por el importe mismo título de arrendamiento, el uso y condiciones disfrute de la vivienda, cuyos datos y características se definen en el expositivo I del presente contrato. Es objeto de arrendamiento exclusivamente la superficie situada dentro de las paredes de la vivienda y los limites de sus anexos quedando especialmente excluida la fachada, partes laterales de la entrada, azotea y vestíbulo de la escalera. En consecuencia, el arrendamiento a que este contrato se detallan refiere no dará derecho a la ARRENDATARIA a entrar ni utilizar la azotea ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de la finca por ser elementos comunitarios de uso exclusivamente técnico y de mantenimiento. El perímetro de la configuración en planta de la citada vivienda aparece reseñado en el plano unido al presente documento como ANEXO 1. 2. POSESIÓN.- La ARRENDADORA entrega a la ARRENDATARIA, la posesión de la vivienda a su entera conformidad, con el carácter de cuerpo cierto y en la hoja resumen situación que actualmente presenta,, tanto la vivienda como los elementos y zonas comunes del total inmueble o edificio al que pertenecen. La ARRENDATARIA declara conocer y aceptar las características, la configuración interior y el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad estado de conservación e instalaciones de la vivienda arrendada y sus elementos comunes, encontrándose en buen estado interior de conservación, y aceptándola así expresamente, así como su calificación urbanística y usos administrativamente permitidos. A dichos efectos, la ARRENDADORA pone a disposición de la ARRENDATARIA la documentación técnica sobre instalaciones. La ARRENDADORA entrega la vivienda a la firma del presente contrato ARRENDATARIA con la cocina amueblada y con accesorios en el baño según ANEXO 2 a este contrato, y libre de cualquier otro mobiliario y enseres. Variante –Segundo Miembro: Manifiesta la ARRENDATARIA que junto con ella convivirá a la vivienda el Sr/Sra. [Nombre] [Apellido] [Apellido2], con la finalidad N.I.F. núm. [doc_identificativo] en su calidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación[descParent1]. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Lease Agreement, Lease Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante Las presentes estipulaciones son parte integrante del Contrato Marco de Productos y Servicios Financieros (el “Contrato Marco”) ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Finance Bank, S.A. (en adelante, “Miraltabank” o el “Banco”) y tienen por objeto determinar las condiciones aplicables a la apertura y mantenimiento de cuentas de valores (en lo sucesivo, la “Cuenta de Valores”) en Miraltabank. Por medio de las estipulaciones aplicable a la Cuenta de Valores se regula el acceso a la prestación de servicios por parte de Miraltabank al Cliente consistentes en la custodia y administración de valores y la recepción y transmisión de órdenes del Cliente en relación con uno o más instrumentos financieros y ejecución de dichas órdenes, a través de los medios y bajo las condiciones que más adelante se indican. A los efectos de estas estipulaciones, Miraltabank prestará los citados servicios sobre aquellos activos, valores e instrumentos financieros que en cada momento se determine. El presente Contrato da acceso a la prestación de servicios de inversión vía Internet (a través de una plataforma puesta a disposición por el Banco, en adelante, la “Plataforma”) y telefónica (en los casos y bajo las condiciones determinadas por el Banco si se emiten órdenes sobre productos complejos) y el Cliente acepta que la información relativa a la empresa, sus servicios, condiciones aplicables en la prestación de estos le sea facilitada a través del sitio web de Miraltabank ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇. El Cliente ha facilitado un email de contacto a efectos de lo previsto en el artículo 3.3 del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión, respecto a las condiciones aplicables a la provisión de información. • De conformidad con la normativa ▇▇▇▇▇ ▇▇ el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Contrato se celebra bajo la modalidad “solo ejecución” y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstetanto el cliente decide los activos financieros en los que invierte, por el importe y condiciones sin que se detallan Miraltabank recomiende o intervenga en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca decisión sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito los activos concretos en los términos establecidos en que debe invertir el presente contrato para los bienes terminadosCliente. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de LO PREVISTO EN ESTE PÁRRAFO NO RESULTARÁ DE APLICACIÓN PARA EL SUPUESTO DE QUE EL PRESENTE CONTRATO APLIQUE SIMULTÁNEAMENTE Y CON CARÁCTER ASOCIADO A LA CONTRATACIÓN CON MIRALTABANK DEL SERVICIO DE GESTIÓN DISCRECIONAL DE CARTERAS DE INVERSIÓN. ASIMISMO, EN DICHO SUPUESTO NO RESULTARÁN DE APLICACIÓN LAS ESTIPULACIONES DEL PRESENTE CONTRATO CUYO OBJETO SEA REGULAR LA EMISIÓN DE ÓRDENES POR PARTE DEL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a U OTRAS IGUALMENTE INCOMPATIBLES CON EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesSERVICIO DE GESTIÓN DE CARTERAS. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contratación De Servicios, Account Annex for Securities

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto del contrato es la realización de una campaña móvil formativa, informativa y divulgativa en materia de prevención de riesgos laborales, en el presente contrato EL BANCO otorga marco de la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La campaña se realizará por Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a EL CLIENTE -previa evaluación trabajadores de los distintos polígonos industriales y/o empresariales de la Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇, garantizando la empresa adjudicataria que los usuarios puedan acceder a las mismas, y calificación crediticia- permitiendo llegar a éstos de forma directa dentro de su entorno laboral, con el fin de: Acercar a los trabajadores y empresarios un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstepunto de formación y asesoramiento gratuito en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Promover el desarrollo de una cultura y conducta preventiva frente a las causas más importantes de los accidentes de trabajo. Incrementar la sensibilidad hacia determinados riesgos con alto factor de siniestralidad. Conseguir ambientes de trabajo sanos, por el importe saludables y condiciones seguros. La Campaña, de formación, información y divulgación, a través de un aula móvil, irá dirigida a trabajadores, mandos intermedios, y empresarios de las empresas de polígonos industriales y/o empresariales de la Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇. Los servicios a prestar incluirán la elaboración de una aplicación informática multimedia de características lúdico-formativa, en soporte CD-ROM, en la que se detallan desarrollen unidades didácticas sobre la prevención de riesgos laborales. Las características que deberán reunir el vehículo son las siguientes: Sala Docente con 16 ordenadores conectados en la hoja resumen el mismo red, para realización de los talleres de formación. Sala de Información Personalizada, independiente del Área Docente y con capacidad para al menos un puesto completo de oficina, para atención personalizada. Acondicionamiento interno y externo: Genérico Vehículo articulado que EL CLIENTE declara haber recibido estará dispuesto de tal forma que permita obtener una superficie interior útil mínima de 50 metros cuadrados. Plataforma elevadora para discapacitados físicos. Instalación informática con anterioridad cableado de red local a la firma que se conectarán 16 ordenadores portátiles multimedia de última generación con CD ROM, tarjeta de sonido y auriculares. Una pantalla de plasma de 60”. Un reproductor de vídeo-DVD HiFi. Un equipo de música HiFi con instalación de sonido estereofónico en todo el interior del presente contrato , con la finalidad centro móvil. Sistema de financiar la adquisición climatización. Generador autónomo de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1electricidad (insonorizado), que será utilizado permita al vehículo funcionar con total independencia y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, sin necesidad de abastecimiento eléctrico externo. Cable de conexión eléctrica exterior para poder realizar un enganche en el caso de bien terminado o mejoramiento que sea necesaria su conexión a una fuente externa de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente electricidad. Decoración interna y exclusiva hipoteca sobre el inmueble externa personalizada que permita identificar la unidad móvil como perteneciente a favor Osalan-Instituto ▇▇▇▇▇ de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoSeguridad y Salud Laborales. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contract for Mobile Training Campaign on Occupational Risk Prevention

OBJETO. 1.1 Mediante El presente pliego tiene por objeto regular la contratación de la empresa encargada de prestar los servicios y suministros para el presente montaje de stand de las ferias y eventos organizados por Fermasa durante los años 2017 y 2018. El contrato EL BANCO otorga será mixto (servicios y suministros en modalidad de arrendamiento), siendo desde el punto de vista económico, el suministro la prestación más importante. Los trabajos objeto del contrato son: a) El montaje y desmontaje de los de los stands modulares, el alquiler e instalación del equipamiento necesario, las instalaciones de electricidad, iluminación y moqueta en cada uno de ellos para los expositores de las ferias organizadas por Fermasa. b) El montaje y desmontaje de moqueta en pasillos. c) Prestación de materiales, mano de obra cualificada, maquinaria y herramientas adecuadas para realizar los trabajos. d) La dirección técnica, coordinación y supervisión de dichos trabajos. e) El mantenimiento de las instalaciones y los equipamientos objeto del contrato durante los días de celebración de los eventos. Se considera una única unidad de contratación por lo que se deberá presentar oferta para la realización de la totalidad de los trabajos indicados anteriormente. ▇▇▇▇▇ excluidas aquellas proposiciones que no contemplen oferta para la realización de todos los trabajos y servicios descritos. f) Creación y mantenimiento a EL CLIENTE -previa evaluación su cargo de una “Oficina Técnica” cuyo objetivo será la atención y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado prestación de los servicios objeto de éste contrato, durante la organización y desarrollo de sus ferias y/o eventos. Exclusiones: no están incluidos los stands de diseño, los montajes de eventos no organizados por ésteFermasa, ni aquellos trabajos generales que ocasionalmente puedan llevarse a cabo por el importe y condiciones que equipo de mantenimiento de Fermasa. No obstante, podrán serle requeridos por Fermasa. 2.PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION El contrato se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismoadjudicará, mediante el presente contratoprocedimiento abierto, conforme a los criterios fijados en el caso este pliego, para determinar la oferta más ventajosa económicamente, quedando excluida toda negociación de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el del contrato. El presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesespliego revestirá carácter contractual y sus contenidos serán parte del contrato. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contract for Services and Supplies

OBJETO. 1.1 Mediante AVON en este acto conviene en suministrar a la REPRESENTANTE los PRODUCTOS que ésta le solicite mediante las ÓRDENES DE COMPRA, ya sea para su consumo personal o para reventa mediante el SISTEMA DE VENTA DIRECTA en el TERRITORIO Ma un PRECIO DE VENTA PREFERENTE que deberá ser pagado por la REPRESENTANTE en forma diferida a más tardar en los plazos señalados en la cláusula QUINTA del presente. La emisión de ÓRDENES DE COMPRA por la REPRESENTANTE será considerada como la aceptación de los términos y condiciones del Contrato vigente al momento de la colocación de la orden respectiva. AVON no autoriza la reventa de los PRODUCTOS, en locales comerciales abiertos al público, en la vía pública, sea en los denominados “tianguis” y/o en puestos conocidos como “comercio ambulante” o “informal”. La REPRESENTANTE no tiene obligación de comprar cantidad alguna de PRODUCTOS a AVON. En el supuesto de que la REPRESENTANTE decida revender a terceros los PRODUCTOS que compre de AVON, ambas partes reconocen que esa actividad de reventa será una actividad comercial totalmente independiente y propia, la realizará bajo su administración, con sus propios medios y tiempos y de exclusiva responsabilidad de la REPRESENTANTE. La celebración del presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Contrato tiene por objeto regular la compraventa periódica de los PRODUCTOS entre AVON y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstela REPRESENTANTE, así como la PROSPECTACIÓN y/o NOMBRAMIENTO de nuevas representantes, y no incluye la realización de actividades que impliquen subordinación, obediencia, dependencia y/o exclusividad con AVON, por el importe lo que podrá comercializar productos de cualquier tercero o realizar cualesquiera otras actividades mercantiles o de cualquier otra naturaleza , incluyendo aquéllos que sean similares a los PRODUCTOS y/o realizar cualquier otro tipo de actividad o negociación mercantil o de cualquier otra naturaleza. Los porcentajes referidos en la definición del PRECIO DE VENTA PREFERENTE, y los demás términos y condiciones de este contrato, podrán ser modificados periódicamente por AVON, señalando la modificación de que se detallan trate en la hoja resumen el mismo página de AVON en Internet ▇▇▇▇.▇▇ y ▇▇▇.▇▇.▇▇▇▇.▇▇▇. Se entenderá expresamente aceptada la modificación de que EL CLIENTE declara haber recibido se trate, cuando la REPRESENTANTE realice ÓRDENES DE COMPRA con anterioridad posterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado notificación que AVON le hubiere enviado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito notificado en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesreferidos. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Supply Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante El CONTRATISTA se obliga con FONADE a realizar a la CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS DE ESTABILIZACIÓN NECESARIAS PARA EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE LA VÍA TIBU LA GABARRA EN EL DEPARTAMENTO DE NORTE ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ EN EL MARCO DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 213046, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las Reglas de Participación del Proceso CPU 013-2017, adenda(s) (SI APLICA), los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL CONTRATISTA, todo lo cual hace parte integral del contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: El proyecto de Reglas de Participación, las Reglas de Participación definitivas y los documentos referidos en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato, aun cuando en este no se reproduzcan. PARÁGRAFO SEGUNDO: En el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones evento en que se detallan en presente alguna contradicción entre, de una parte las Reglas de Participación y este contrato y de otra, la hoja resumen oferta presentada por EL CONTRATISTA, prevalecerá el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato contenido de aquellos documentos. En todo caso prevalecerán las Reglas de Participación y sus anexos. PARÁGRAFO TERCERO: Sin autorización previa y escrita de FONADE, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento previo concepto de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de viviendainterventoría, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual CONTRATISTA no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación apartarse de las obligaciones contraídas por que le resultan exigibles en virtud del presente contrato. En el presente crédito autoriza evento en que lo haga, perderá el derecho a EL BANCO reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de su decisión y será responsable de los daños que, como consecuencia de ella, le cause a la emisión FONADE, sin perjuicio de un titulo valor, título que seguirá vigente su obligación de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) ejecutar el mismo que se detalla objeto contractual en la cláusula Décima Cuartasu totalidad.

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Sources: Contrato De Obra

OBJETO. 1.1 Mediante el La presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Especificación Técnica trata la renovación del sistema de telemando de los ramales electrificados de la línea Mitre: Retiro-▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇, Retiro-Mitre y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato Retiro-Tigre, con la finalidad las modificaciones necesarias para incluir las obras de financiar la adquisición repotenciación del sistema eléctrico y las 4 Subestaciones nuevas actualmente en obra. Comprende el proyecto y posterior ejecución de los trabajos necesarios para el diseño, construcción, provisión, montaje y puesta en servicio de un bien terminado o bien futuro nuevo Sistema de Tele supervisión “llave en mano”, capacitación y accesorios mantenimiento durante el período de ser el casogarantía, o el mejoramiento de viviendalos sistemas, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado subsistemas y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos equipamientos detallados en el presente contrato para los bienes terminadospliego, brindando las mejores condiciones posibles de seguridad y eficiencia al sistema. Dicho plazo podrá ser ampliado El proveedor, a solicitud partir del Sistema de EL CLIENTE debidamente sustentadoTele supervisión existente, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida deberá realizar una obra consistente en ampliar y migrar dicho sistema a EL BANCOun nuevo sistema completamente actualizado sin pérdida de la operatividad, el cual no podrá exceder ya sea en tiempo de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación disponibilidad de las obligaciones contraídas instalaciones como en seguridad e integridad de la información. Se deberán ejecutar las siguientes tareas: - Elaborar el anteproyecto según la presente Especificación Técnica y Ejecución de la Ingeniería Básica y de detalle. - Realizar el proyecto para la ejecución de la obra, con los cálculos detallados de las condiciones mecánicas y eléctricas del sistema. - Confeccionar los planos generales, complementarios, parciales y de detalle de los componentes y de su montaje. - Informar sobre las normas a que se ajustarán los ensayos y las verificaciones para la aceptación de los distintos elementos, materiales y equipos, y para las pruebas que posibiliten la puesta en servicio. Si se tratara de normas extranjeras se suministrará un juego en su idioma original con una traducción al castellano. - Replantear de acuerdo a los planos de proyecto. - Proveer y montar el equipamiento. - Retirar los equipos que queden en desuso, y transportarlos hasta el lugar de descarte o acopio a fijar por el presente crédito autoriza ferrocarril. - Proveer los repuestos. - Realizar los ensayos y la puesta en servicio de la instalación, la que deberá entregarse en perfecto estado de operación. - Realizar los planos conforme a EL BANCO obra. - Ejecutar de las tareas de mantenimiento durante el período de garantía. - Capacitar al personal de la línea de acuerdo a niveles jerárquicos, Confeccionar los manuales de consulta y de programación aptos para que este personal capacitado pueda realizar en forma independiente las modificaciones del software y del hardware necesario para adecuar el sistema a los cambios que puedan producirse en las subestaciones cuando hayan vencido los plazos de garantía. La totalidad de los trabajos de migración del sistema de Tele supervisión deberá realizarse sin afectar la emisión operación del sistema ferroviario, ya sea en seguridad, disponibilidad operativa y horarios de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartafuncionamiento.

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Sources: Licitación Pública

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaLa EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., en cuyo caso no será adelante ETB, está interesada en recibir ofertas para contratar la prestación de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismoservicios temporales, mediante el presente suministro de trabajadores en misión y la administración de la respectiva nómina, con base en el perfil y requerimientos específicos para cada servicio. Todo de conformidad con las condiciones establecidas en los términos de referencia, el marco legal vigente para los trabajadores en misión y en el manual de Contratación de ETB el cual está publicado en la página ▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇. El servicio se ejecutará con base en órdenes cursadas por el supervisor del contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo quien no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada solicitar un número determinado de servicios ni se compromete con una cantidad mínima o máxima de servicios en cada orden, pues ello depende de las características pactadas en el contrato necesidades puntuales de compraventaETB. Por consiguiente, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito las cantidades informadas en los términos establecidos son estimadas, así como el precio del contrato que llegare a celebrarse es un cupo de recursos estimado que podrá o no agotarse. El oferente acepta las condiciones anteriores con la presentación de la oferta y, en consecuencia, renuncia a intentar efectuar reclamación alguna con ocasión del resultado de la ejecución contractual. Cuando se requieran servicios cuyo precio no está pactado en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentadocontrato, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOpero que haga parte del objeto del contrato, el cual Supervisor del contrato de ETB solicitará al contratista la cotización respectiva, y verificará que los mismos se encuentren dentro de los valores ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de conformidad con los procedimientos establecidos para estos efectos por la Gerencia de Abastecimiento. El supervisor del contrato los someterá a aprobación del facultado para contratar, quien los determinará en caso de no podrá exceder llegarse a un acuerdo con el proveedor y los incorporará al contrato de 12 mesesconformidad con lo señalado en el Manual de Contratación de ETB (Acuerdo). 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contratación De Servicios Temporales

OBJETO. 1.1 Mediante el Es objeto del presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del “Arrendamiento conjunto de las instalaciones municipales denominadas “Ambigú” y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste“Bar-Cafetería del Salón de los Espejos” del Bien Municipal denominado “Teatro ▇▇▇▇▇” propiedad del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, destinadas al servicio de Bar- Cafetería del citado inmueble”, que se realizará conforme al PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS que se adjunta, redactado por el importe y condiciones Servicio Municipal de Cultura. Se adjunta al presente Pliego planos descriptivos de las instalaciones municipales objeto de arrendamiento. El Bien Inmueble municipal denominado “Teatro ▇▇▇▇▇” en el que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato encuentran las instalaciones objeto de arrendamiento está declarado Bien de Interés Cultura, con la finalidad categoría de financiar la adquisición monumento, con el código de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe identificación en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónregistro general de B.I.C nº R-I-51-000006974. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso El contrato incluye las siguientes prestaciones por parte del arrendatario: • Explotación de bien terminado o mejoramiento las instalaciones con uso de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente bar-cafetería. • Conservación y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor mantenimiento de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso las instalaciones. • Abono de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito renta en los términos y condiciones establecidos en el presente Pliego. 1.3 El adjudicatario del contrato explotará a su riesgo y ▇▇▇▇▇▇▇ las instalaciones destinadas a bar-cafetería, con estricta sujeción a las condiciones establecidas en los diferentes documentos contractuales, debiendo obtener la correspondiente licencia de actividad correspondiente al proyecto de bar-cafetería a desarrollar en las instalaciones objeto de arrendamiento. Serán de su cuenta y cargo tanto los gastos necesarios para su correcta explotación como los bienes terminadosbeneficios que se obtengan. Dicho plazo podrá ser ampliado No tendrá derecho a solicitud indemnización por causa de EL CLIENTE debidamente sustentadoavería, señalando pérdida o perjuicios ocasionados por la explotación, ni por la extinción del arrendamiento al cumplirse el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOde vigencia en la misma, de sus prórrogas o de la rescisión del contrato en vigor basada en las condiciones objetivas contempladas en el cual no podrá exceder apartado de 12 mesesrescisión de contrato. 1.4 EL CLIENTE Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza Pliego de Condiciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a EL BANCO a la emisión efectos de un titulo valor, título valoración de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que ofertas se detalla hace referencia en la cláusula Décima Cuarta9 del presente ▇▇▇▇▇▇. 1.5 Los bienes muebles e inmuebles objeto del presente contrato, así como las condiciones a que debe someterse la explotación comercial, se especifican en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas. 1.6 Toda la información relativa a la contratación derivada de la presente convocatoria se publicará en el perfil del contratante en la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇.

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Sources: Contract for the Lease of Municipal Facilities

OBJETO. 1.1 Mediante EL CONTRATISTA se compromete a prestar sus servicios como AUXILIAR DE ODONTOLOGÍA con plena autonomía técnica y administrativa para proveer servicios de salud a las personas privadas de la libertad recluidas en el «ERON», hasta por «HORAS_CONTRATADAS», acorde con la disponibilidad de áreas físicas, las necesidades de salud de la población objeto del contrato y dentro de los estándares de calidad de atención en salud, y de acuerdo con la oferta presentada y aceptada por el profesional, la cual hace parte integral de la presente orden de prestación de servicio. Sin perjuicio de lo anterior, EL CONTRATISTA en desarrollo de su autonomía podrá prestar servicios a terceros en los tiempos en los que no deba ejecutar el objeto del contrato a celebrar en el referido establecimiento carcelario. Para la correcta ejecución del objeto del contrato, EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación CONTRATISTA deberá garantizar la prestación de los servicios con los equipos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstesuministros básicos tales como: guantes, gorro, tapabocas, bata y visor. PARÁGRAFO PRIMERO: En ningún caso esta orden de prestación de servicios Profesionales, genera relación laboral ni prestaciones sociales, por lo cual EL CONTRATISTA no contrae vinculo de carácter laboral con el importe CONSORCIO FONDO DE ATENCIÓN EN SALUD PPL 2017, solo tiene derecho a los Honorarios pactados y condiciones no podrá reclamar válidamente el pago de prestaciones sociales por la ejecución de las actividades encomendadas relacionadas con el objeto contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: ALCANCE DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD INTRAMURAL.- Los prestadores de servicios de salud intramural contratados por el Consorcio Fondo de Atención en Salud PPL 2017 prestarán su servicio exclusivamente a la Población Privada de la Libertad que se detallan encuentra a cargo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad y los menores de tres (3) años que convivan con sus madres en los establecimientos reclusión. De dicha prestación queda excluida la población privada de la libertad del Régimen Contributivo o de los Regímenes Especiales o de Excepción, salvo la Atención Inicial de Urgencias, que se prestará a toda población, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 1069 de 2015, el Decreto No. 1142 de 2016; y el modelo de atención en salud contenido en la hoja resumen Resolución 5159 de 2015 y la Resolución No.3595 de 2016. En cuanto a los pacientes pertenecientes al régimen contributivo, es importante resaltar lo establecido en el mismo artículo 2 del Decreto 2777 de 2010, el cual estipula que EL CLIENTE declara haber recibido la población privada de la libertad que se encuentre afiliada en el régimen contributivo conservará su afiliación y como consecuencia de ello las Entidades Prestadoras de Servicios de Salud EPS serán las responsables de la prestación de los servicios de salud, siempre que cumplan con anterioridad las condiciones establecidas para pertenecer a dichos regímenes en los términos definidos por la ley y sus reglamentos; con la gestión del trámite a cargo del INPEC. Para la remisión de dicha información el prestador deberá remitir la documentación dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitacióncontrato. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Invitation to Present Offer for Health Services

OBJETO. 1.1 Mediante El presente llamado a Contratación tiene por objeto la Adquisición de Set de Fijación Espinal descriptas en el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado Pedido de Cotización Adjunto, con destino al Hospital de Alta Complejidad en Red El Cruce ▇▇. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Kirchner S.A.M.I.C, Av. Calchaquí Nº 5401, Fcio. ▇▇▇▇▇▇. Esta contratación está compuesta de 1 renglón. Para productos médicos los oferentes deberán presentar en el momento de cotizar con la oferta: - Certificado de habilitación con su correspondiente disposición otorgado por éste, la Autoridad Sanitaria Fiscalizadora A.N.M.A.T o Ministerio de Salud según corresponda. - Fotocopia de la disposición del profesional responsable que figure como Director Técnico extendido por el importe y condiciones que Ministerio de Salud u Organismo responsable. El Hospital El Cruce se detallan reserva el derecho de solicitar al distribuidor una nota en la hoja resumen que el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido establecimiento elaborador o importador acredite el vínculo con anterioridad a el mismo. Las empresas fabricantes y/o importadoras de productos médicos deberán acreditar: - Que la firma del presente contrato empresa se encuentra debidamente habilitada. - Que el producto se encuentra debidamente inscripto. I) Para acreditar la HABILITACIÓN O AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA, los oferentes deberán presentar al momento de la cotización, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casooferta, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento fotocopia de la cuota inicialdocumentación prevista en cualquiera de las dos alternativas siguientes: A) Según el régimen nuevo: Disposición y certificado de habilitación y autorización de funcionamiento de la empresa según Disposición ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇/▇▇ (▇▇ 2004), establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratoacompañada de Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente. El rubro de autorización está determinado por el Certificado de BPF y no por el certificado de habilitación, motivo por el cual se describe ambos deben presentarse en el Anexo 1forma conjunta, que será utilizado y destinado careciendo de validez por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónseparado. 1.2 Asimismo, mediante B) Según el presente contrato, en régimen anterior: B.1- En el caso de bien terminado productos médicos implantables, estériles y/o mejoramiento descartables: Disposición y certificado de viviendahabilitación de establecimiento según Res. 255/94- MSyAS, EL CLIENTE constituye primera, preferente donde consten la vigencia y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor rubro de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde los productos médicos. Estos certificados mantendrán su validez hasta la fecha de desembolso del créditovencimiento consignada. Antes de dicha fecha las firmas deberán acreditar que han solicitado en legal tiempo y forma la habilitación según Disposición 2319/02 (Disposición 3801/01, EL CLIENTE art. 8 y Disposición 4831/05). Esta solicitud prorrogará la vigencia de la habilitación hasta tanto se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en dicte el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesacto administrativo correspondiente. 1.4 EL CLIENTE en representación B.2- En el caso de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión materiales de un titulo valoruso odontológico, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla comprendidos en la cláusula Décima CuartaDisposición 2606/97: Disposición habilitante de establecimiento y disposición autorizante para cada producto. B.3- En el caso de productos médicos reusables comprendidos en la Disposición 607/93 (ej.: equipos, instrumental, etc): Formulario de Inscripción de Productores y Productos (Anexo I de la Disposición Nº607/93).

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Sources: Acquisition Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante La Municipalidad de NEUQUEN llama a LicitaciÛn P˙blica a los efectos de contratar un servicio para el diseÒo, colaboraciÛn en el gerenciamiento, gestiÛn para la reforma y el fortalecimiento del sistema de administraciÛn tributaria y de todas las ·reas que generen ingresos municipales, a excepciÛn de los servicios en que el Municipio tenga convenios o contratos por los que hubiera delegado, terciarizado o concesionado el cobro de impuestos, tasas y/o contribuciones en otras empresas o instituciones al momento de la aprobaciÛn del presente contrato EL BANCO otorga pliego. El propÛsito perseguido con esta LicitaciÛn, es elevar los niveles de recaudaciÛn de los ingresos municipales, la cobranza extrajudicial en sede administrativa, el control y auditoria de la gestiÛn de cobranza judicial de los tributos, tasas, contribuciones y otras obligaciones a EL CLIENTE -previa evaluación cargo de la Municipalidad de NeuquÈn, como asÌ tambiÈn proveer asistencia tÈcnica para la determinaciÛn y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstegestiÛn extrajudicial o judicial de cobro de diferencias originadas en c·lculos errÛneos, falta de pago, pago fuera de tÈrmino y otras que se detecten, acuerdos o transacciones que no se ajusten a la normativa vigente realizadas por el importe y condiciones que se detallan en gobierno de la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad provincia de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaNeuquÈn, en cuyo caso no será los ingresos por coparticipaciÛn, regalÌas o derechos relacionados con esos conceptos a favor del municipio, basados en los montos de aplicación el atributo coparticipaciÛn provincial, federal o regalÌas por la explotaciÛn de ·reas hidrocarburÌferas y/o gasÌferas y de los intereses por ▇▇▇▇ por esos conceptos a favor del BBP ni del Premio al Buen Pagador municipio, como complemento asÌ tambiÈn su correspondiente gestiÛn de cobranzas, bajo la modalidad a riesgo de LA CONTRATISTA. Los conceptos de fortalecimiento y modernizaciÛn, a los fines de la cuota inicialpresente, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.suponen:

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Sources: Contract for Public Services

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga El adjudicatario deberá prestar ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, S.A. un servicio coordinación de seguridad y de vigilancia ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ y un asesoramiento sobre cualquier aspecto relativo a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstelas medidas de seguridad que, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , de conformidad con la finalidad normativa reguladora de financiar la adquisición las empresas de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casoseguridad privada, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será sean de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento a las especificidades de la cuota inicialcada una de las diferentes ferias, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratocongresos, el cual se describe certámenes, eventos y actividades que tengan lugar en el Anexo 1recinto, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, teniendo en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con cuenta las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos sus instalaciones. Se entiende incluido en el presente contrato los servicios de instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Los servicios de vigilancia que se oferten se prestarán por un número indeterminado de vigilantes de seguridad sin armas, que se determinará por FERIAS JAEN, S.A. con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas a cada una de las distintas ferias, congresos, certámenes y eventos para los bienes terminadosque sean requeridos. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Con el objeto de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOpoder asumir los distintos requerimientos, el cual adjudicatario deberá disponer por sí mismo, de al menos seis (6) vigilantes de seguridad con disponibilidad inmediata a favor de Ferias Jaén, S.A. El adjudicatario no podrá exceder subcontratar, total o parcialmente, ningún tipo de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE servicio de seguridad requerido sin el previo consentimiento escrito de Ferias Jaén, S.A. El adjudicatario se compromete a poner a disposición de Ferias Jaén S.A. los servicios de Seguridad adicionales en representación un plazo de veinticuatro (24) horas desde su solicitud, que se reducirá a ocho (8) horas en caso de emergencia. No obstante estos medios personales y materiales mínimos exigidos o lo ofertado por el adjudicatario en su oferta en el Plan de Seguridad, si durante la vigencia del contrato, FERIAS JAEN, S.A. estimase que las circunstancias que motivaron la 23 contratación de los servicios de Seguridad y la determinación de los medios personales y materiales previstos hubieran variado, se reserva el derecho de ampliar o reducir su número en la forma que estime conveniente para adaptarse a sus nuevas necesidades, modificándose, en su caso, el importe de la facturación a los Servicios de Seguridad efectivamente prestados, sin que ello faculte al adjudicatario a solicitar ningún tipo de indemnización, incremento del precio de los servicios de seguridad o derecho a variación de las obligaciones contraídas condiciones de su Oferta. El contratista deberá designar a una persona que le represente con los debidos conocimientos de la actividad objeto de este contrato y con poderes suficientes para adoptar resoluciones en el momento en que sea necesario. El adjudicatario se compromete a trabajar para Ferias Jaén, S.A. en todos los certámenes, congresos y eventos que se celebren en el recinto ferial y, ocasionalmente, en otras dependencias. El adjudicatario se compromete a mantener el servicio de forma ininterrumpida, asumiendo las bajas producidas por enfermedad, accidente, vacaciones, permisos reglamentarios o cualquier otra causa, que en ningún caso podrán afectar al servicio prestado ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, S.A. Se observarán las normas de control dictadas por Ferias Jaén, S.A. referentes a la entrada y salida del personal, visitas y cuantas se señalen para el mejor funcionamiento del citado control. El adjudicatario deberá nombrar un responsable para relacionarse con Ferias Jaén, S.A., con plena disponibilidad horaria. El adjudicatario responderá del deterioro del mobiliario o material causado por su personal en la prestación del servicio contratado, reparándolo a su cargo. El contratista deberá guardar sigilo sobre el contenido del contrato adjudicado. El adjudicatario entregará ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, S.A dentro de los cinco días siguientes a cada evento un resumen de las incidencias producidas en IFEJA durante el mismo, y las observaciones del personal de servicio que supongan una mejora del mismo. En los casos en que la incidencia producida sea de notoria importancia, será comunicada a la mayor brevedad posible ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, S.A, entregando inmediatamente parte de la misma elaborado por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión personal de servicio. El adjudicatario mantendrá un titulo valor, título libro-registro de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo las incidencias que se detalla detecten en los sistemas de seguridad: sistemas de incendios e intrusión, circuito cerrado de televisión y similares, del que se entregará una copia mensual. B.- PLAN DE SEGURIDAD. Cada licitante deberá proponer un Plan de Seguridad de las instalaciones ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ferial en el que se planifiquen y programen las actuaciones precisas para la cláusula Décima Cuarta.implantación y realización de los servicios de seguridad que sean requeridos durante la celebración de las 24

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Sources: Contract for Security Services

OBJETO. 1.1 Mediante el presente 2.1. El objeto del contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación es la prestación del servicio de conservación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe mantenimiento de los árboles (excluida la podadura anual) y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma de las zonas verdes y espacios libres de titularidad del presente contrato , con la finalidad Ayuntamiento de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casoArgentona, o el mejoramiento mantenimiento del que corresponda al Ayuntamiento, así como la limpieza de viviendalas plazas, en cuyo caso no será parques, arbolados, dependencias municipales y otros espacios y elementos y mobiliario urbano de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe titularidad municipales definidos en el Anexo 1Pliego de condiciones técnicas, que será utilizado incluyendo la mano de obra necesaria así como la maquinaria y destinado todos los elementos necesarios para la prestación del servicio. El adjudicatario estará obligado a ampliar el servicio a otros espacios existentes, de nueva construcción o recepción, cuando el Ayuntamiento se lo comunique por EL CLIENTEescrito. Cuando esta ampliación no supere el 5% del total de espacios verdes con los mismos medios humanos y de maquinaria, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente no implicará ninguna modificación del precio del contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 . En caso de bien futuroampliaciones superiores el adjudicatario realizará el correspondiente estudio económico para determinar el precio a percibir, de acuerdo con los precios unitarios ofertados. En todo caso el primer 5% de ampliación no implicará ningún incremento de coste para el Ayuntamiento. Además de los trabajos mencionados incluidos en el precio del contrato, el adjudicatario está obligado a realizar todos aquellos trabajos, encargos y reparaciones de jardinería de la zona a mantener que le sean encargados por los Servicios técnicos municipales. Si por necesidades del servicio se suprimiese o redujese la superficie a mantener, se ajustará el precio a las nuevas condiciones, sin que el adjudicatario tuviera derecho a ninguna indemnización. 2.2. El presente pliego de cláusulas económicas administrativas y el pliego de prescripciones técnicas tendrán carácter contractual. 2.3. Serán también de aplicación, las disposiciones contenidas en el Pliego de cláusulas administrativas generales aplicables a los contratos de consultoría y asistencia, de servicios y de suministros, a otras contratos administrativos y a los privados de la corporación, en un plazo lo que no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO opongan a la emisión Ley 30/2007, de un titulo valor30 de octubre, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.Contratos del Sector Público

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Sources: Contract for Maintenance Services

OBJETO. 1.1 Mediante el En virtud del presente contrato EL BANCO otorga Contrato, sujeto a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstelas disposiciones contenidas en éste documento, por el importe y condiciones los Fideicomitentes transferirán al Fideicomiso que se detallan en la hoja resumen constituye, el mismo Usufructo de las unidades inmobiliarias y zonas comunes que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma hacen parte del presente contrato , Edificio HOTEL con la finalidad de financiar que pueda desarrollarse la adquisición de un bien terminado o bien futuro explotación económica del Hotel y accesorios de ser el casootros bienes inmuebles con destinación comercial, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso los cuales no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento hacen parte de la cuota inicialoperación hotelera. Igualmente la Fiduciaria como vocera y administradora del Fideicomiso realizará las siguientes actividades: 1. Celebrará con SOCIEDAD C un Mandato sin Representación que tendrá por objeto la administración, establecidos gestión, desarrollo y operación tanto de la propiedad horizontal correspondiente al Edificio “HOTEL” como del Hotel. Dentro del mencionado Mandato sin Representación, con el fin de adelantar la operación del Hotel, se le facultará a SOCIEDAD C la celebración de los siguientes contratos: i.) ii.) ; y 2. Celebrará con SOCIEDAD B un Mandato sin Representación que tendrá por objeto la administración de las áreas con destinación comercial del Edificio HOTEL independientes del Hotel. 3. Entregará a los Fideicomitentes Gerentes, a título de comodato precario, la tenencia material de los inmuebles respecto de los cuales se ha constituido usufructo a favor del Fideicomiso. El contrato de comodato precario constará en documento privado y se celebrará luego de que se constituya el Usufructo a favor del Fideicomiso. 4. Recibirá de parte de los Fideicomitentes Gerentes los Recursos derivados de las actividades hoteleras y comerciales que se adelanten sobre los bienes inmuebles de los cuales se constituye Usufructo a favor del Fideicomiso. Para efectos del recaudo de los Recursos, la Clausula Tercera Fiduciaria en su condición de vocera y administradora del presente ContratoFIDEICOMISO HOTEL abrirá una cuenta bancaria. 5. Pagará a los Fideicomitentes Gerentes la remuneración establecida en los Mandatos sin Representación, el cual con cargo a los Recursos que se describe encuentren en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónFideicomiso. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, 6. Distribuirá mensualmente los Recursos existentes en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble Fideicomiso a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso los Fideicomitentes Inversionistas a prorrata de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas participación en el contrato Fideicomiso, luego de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito cancelada la remuneración establecida en los términos establecidos en el presente contrato para Mandatos sin Representación a favor de los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesFideicomitentes Gerentes. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Fiducia Mercantil De Administración Y Pagos

OBJETO. 1.1 Mediante El presente ▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto, de conformidad con lo dispuesto en el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteartículo 60 del Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el importe y condiciones que se detallan aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía (RBELA), fijar las cláusulas administrativas particulares que regularán la concesión del uso privativo del dominio público del Centro para enfermos de Alzheimer, sito en la hoja resumen calle Ansar, parcela B de la Urbanización Cortijo Los Gallos, identificada en plano de situación que se adjunta a este Pliego. La parcela objeto de la concesión demanial figura inscrita en el mismo Inventario General de Bienes y Derechos de la Corporación al asiento n.º 820, como Centro de día para enfermos de Alzheimer, tiene una superficie inicial de 3.146 m², de la que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad debe ser excluida la franja destinada a ampliación de viario que preveé el nuevo PGMOU, cuya superficie se estima en 467,69 m², según documentación gráfica que se incorpora al expediente, cuya ocupación se permitirá hasta que se proceda a la firma ejecución del presente contrato mismo. En el interior de dicha parcela existe un edificio ejecutado que tiene una superficie construida de 1.149,71m² y útil de 1.071,10m². Linda al Norte, con la finalidad parcela C procedente de financiar esta misma segregación; al sur, con la adquisición parcela E procedente de esta misma segregación destinada a vial en el Plan General de Ordenación Urbana; al Este, con la parcela D procedente de esta misma segregación; y al Oeste, con calle Ánsar. La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el Código Seguro de Verificación en ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇?▇▇▇=▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ El edificio consta de una planta sobre rasante, una planta de castillete y una planta bajo rasante con una superficie útil de mil setenta y un bien terminado o bien futuro metros con diez decímetros cuadrados y accesorios una superficie construida total de ser mil ciento cuarenta y nueve metros con setenta y un decímetros cuadrados. La planta sobre rasante, de novecientos ochenta y un metros con noventa y un decímetros cuadrados de superficie útil y mil veintidós metros con veinticinco decímetros cuadrados de superficie construida, está compuesta de dos cuerpos maclados, un cuadrado y un triángulo, ambos con un patio concéntrico, el casoprimero descubierto y el segundo cubierto por lucernarios. Los dos cuerpos se unen interiormente, o comunicando los patios en diagonal. El cuerpo cuadrado comprende las áreas de trabajo: administración y control, trabajos sociales, aseos, almacén, despacho del psicólogo, dirección, presidencia sala de junta, peluquería, lavandería, vestuarios del personal, cocina, comedor y patio central. El cuerpo triangular ubica los espacios propios de los enfermos: sala de visitas, sala de estar, sala de curas, baños, fisioterapia, talleres, áreas de formación, patio cubierto que desempeña las funciones de espacios de circulación y de relación, y porche. La planta de castillete, de cincuenta y seis metros y cincuenta y siete decímetros cuadrados ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Condiciones Administrativas Centro de Alzheimer “La Aurora” – Expt. 15/2016B Pág.1 de 30. Documento firmado por: Fecha/hora: ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 25/05/2017 12:07:37 ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ 17/05/2017 12:09:39 superficie construida, alberga el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento castillete de la cuota inicialescalera, establecidos en las ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y grupo electrógeno y un almacén. La planta bajo rasante, de cuarenta y nueve metros con cuatro decímetros cuadrados de superficie construida, se encuentra destinada a instalaciones de servicio. El resto de la Clausula Tercera del presente Contratofinca, el cual hasta completar su total superficie y coincidir exactamente con sus linderos, se describe en el Anexo 1, que será utilizado encuentran destinado a jardines y destinado por EL CLIENTE, única zona de aparcamientos. Las condiciones urbanísticas y exclusivamente, como casa habitaciónpatrimoniales de la parcela se describen a continuación : b00671a14728190191307e10ac050c070 • Clasificación urbanística: Suelo urbano consolidado. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Concesión Del Uso Privativo

OBJETO. 1.1 Mediante el El objeto del presente contrato EL BANCO otorga pliego es proveer del servicio de comidas a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstela Escuela Infantil del Ayuntamiento de Barbastro, por el importe y con arreglo a las condiciones técnicas que se detallan especifican a continuación. Dicho servicio incluirá la elaboración, distribución y emplatado de los menús, así como la posterior recogida y limpieza de los utensilios utilizados (platos, vasos, cubertería, etc…) así como la limpieza diaria de las superficies de trabajo del office, incluido el suelo. Escuela Infantil Municipal Dirección: ▇/. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, s/n de Barbastro Teléfono: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Número máximo de menús/día: 65 menús/día lectivo Los menús a suministrar constarán de: primer plato, segundo ▇▇▇▇▇, poste (lácteos), pan y agua. El servicio de comedor se prestará en los locales que el Ayuntamiento de Barbastro tiene dispuestos como Escuela Infantil Municipal situada en el edificio de la hoja resumen Calle Obispo ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, s/n, durante los días lectivos que se fijan en 220 días para el curso escolar 2013/2014, según calendario que figura en el ANEXO I, considerando el mismo número de días como estimación para los siguientes cursos en los que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma se preste el servicio. Los medios, útiles y maquinarias existentes en el local están relacionados en el ANEXO II. A tal efecto, al inicio y finalización del presente contrato contrato, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratose comprobará por ambas partes, el cual inventario de equipos, así como su estado de funcionamiento, dejando constancia documental. La empresa adjudicataria responderá de los deterioros o extravíos que por su actuación se describe puedan producir en el Anexo 1mobiliario, que será utilizado enseres, instalaciones o edificio, reparándolo o sustituyéndolo a su ▇▇▇▇▇, y destinado por EL CLIENTEsatisfaciendo las indemnizaciones procedentes. Corresponderá al Ayuntamiento la reposición del menaje de cocina, única vajilla, cristalería y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente cubertería. Igualmente corresponderá al Ayuntamiento la reparación y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación mantenimiento de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartainstalaciones del comedor y cocina/office del Centro.

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Sources: Catering Service Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de revisión, verificación y evaluación de la documentación cursada en el Juzgado 3ro. de Partido en lo Civil Comercial de la Capital, en la ENTIDAD y el Banco de Crédito Oruro en Liquidación correspondiente a las partidas en discrepancia para su presentación ante el Juez de la Causa, en cumplimiento a lo dispuesto en el Auto de Vista N° 110/2005 de cinco ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2005, que en adelante se denominará la CONSULTORÍA, provista por el CONSULTOR de conformidad con el DBC, la Propuesta Adjudicada y con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, de acuerdo a las siguientes especificaciones: 4.1. Alcance de la CONSULTORÍA: La labor de conciliación de las partidas en discrepancia se debe realizar en concordancia con los importes registrados por la ENTIDAD y la Intendencia del Banco de Crédito Oruro S.A. en Liquidación, y cualquier otra información complementaria que se pueda solicitar a las entidades involucradas. El CONSULTOR deberá revisar, verificar y evaluar la documentación cursada en el Juzgado 3ro. de Partido Civil Comercial de la Capital y en ambas entidades correspondiente a las Partidas en Discrepancias, con el fin de dar cumplimiento a la finalidad Resolución del Juez Tercero de financiar Partido en lo Civil y Comercial. Los saldos deudores y acreedores al 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2010 del Banco de Crédito Oruro S.A. en Liquidación con la adquisición ENTIDAD, así como las Partidas en Discrepancia, son los siguientes: Subrogación de un bien terminado o bien futuro y accesorios Depósitos 1.101,3 Pago de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas Obligaciones por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión BCB (Benef.Sociales) 1.986,4 1.945,0 41,4 i) Créditos Refinanciados 37,2 Créditos Refinanciados (intereses) 33,6 33,6 Pago para Gastos de un titulo valor, título Posesión 239,7 0,0 239,7 ii) Créditos Refinanciados 3.149,9 2.641,1 54,0 iii) Intereses Devengados 158,2 48,2 Pago para Gastos de Crédito Hipotecario negociable (TCHNPosesión 5,0 0,0 5,0 ii) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.Subrogación de Depósitos 1.558,9 0,0 Débitos por Convenio A.L.A.D.I. 10.889,4 10.104,8

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Sources: Consulting Services Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante 2.1. El objeto de estos Términos y Condiciones es regular el Uso del Servicio y de la Aplicación por parte de los Usuarios. 2.2. La utilización de la Aplicación y/o el Servicio atribuye la condición de Usuario y supone la aceptación plena de todas y cada una de las normas y políticas publicadas por la Sociedad, incluyendo las condiciones del presente contrato EL BANCO otorga documento, los términos particulares de los correspondientes Usos y la Tarifas del Servicio. 2.3. El Usuario deberá en todo momento respetar las normas de tráfico y circulación aplicables y cumplir los compromisos de reserva, utilización y devolución del Vehículo conforme los presentes Términos y Condiciones. 2.4. El Usuario declara entender y conocer todos los riesgos inherentes a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstela conducción de los vehículos, por el importe y condiciones a los que se detallan expone durante el Uso del Vehículo y asume enteramente la responsabilidad de los mismos. 2.5. La Sociedad se reserva expresamente el derecho a introducir las modificaciones que considere oportunas en los Términos y Condiciones, sus anexos y en las Tarifas. Las modificaciones que se realicen se anunciarán al Usuario mediante correo electrónico y/o la publicación de las mismas en el Sitio Web y en la hoja resumen Aplicación. Los cambios se considerarán aplicables si el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad Usuario no se opone a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición ellos en un plazo máximo de un bien terminado (1) mes a partir del anuncio del cambio correspondiente. La Sociedad podrá asimismo requerir al Usuario su aceptación expresa de los nuevos Términos y Condiciones y/o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos Tarifas en la Clausula Tercera utilización del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónServicio. 1.2 Asimismo2.6. El hecho de realizar un nuevo Uso, mediante el presente contratouna vez comunicados los cambios en los Términos y Condiciones, en el caso supondrá la aceptación implícita de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 los mismos. En caso de bien futurooponerse a alguna de las modificaciones, el Usuario deberá cesar en un plazo no mayor su uso del Servicio y notificar a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en Sociedad que desea resolver el contrato de compraventaArrendamiento, independizada e inscrita en registros públicoscualquiera de las direcciones habilitadas al efecto: Teléfono de Atención al Cliente: 900 866 002 Dirección de correo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ Dirección postal: ACCIONA MOBILITY, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar S.A. ▇▇▇▇. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇, ▇▇▇▇. Prisma, 2ª planta, San ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ de los ▇▇▇▇▇, (Madrid), 28703 En el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud supuesto de EL CLIENTE debidamente sustentadoque, señalando durante el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOde un año, el cual Usuario no podrá exceder utilice la Plataforma y el Servicio, Acciona se reserva la potestad de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación suspender la cuenta del Usuario por inactividad y dar de las obligaciones contraídas baja al usuario hasta que sea este quien, por el presente crédito autoriza a EL BANCO voluntad propia, solicite a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla Plataforma o vuelva a iniciar sesión en la cláusula Décima CuartaPlataforma.

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Sources: Términos Y Condiciones De Uso

OBJETO. 1.1 Mediante 1. Es objeto de la presente convocatoria establecer las bases para el presente contrato EL BANCO otorga año 2014 de las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País ▇▇▇▇▇ dirigidas a EL CLIENTE -previa evaluación la mejora de las competencias y calificación crediticia- cualificaciones de sus personas trabajadoras. Se entiende por empresa, cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de su naturaleza jurídica y de su modo de financiación. Son acciones estratégicas aquellas directamente vinculadas al proyecto de la empresa y que puedan estar soportadas en un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstediagnóstico de necesidades o documento similar, por el importe expresivo de la prioridad de las acciones presentadas y condiciones las personas trabajadoras a quienes se dirigen. 2. Los recursos económicos que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad dedicarán a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento financiación de la cuota inicialpresente convocatoria ascienden a un máximo de 3.870.000 euros, establecidos en de los cuales 1.702.800 euros corresponden al crédito de pago de 2014 y 2.167.200 euros corresponden al crédito de compromiso de 2015. El volumen total de las ayudas a conceder no superará la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, citada cantidad o la que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoresulte de su incremento, en el caso supuesto de bien terminado o mejoramiento que se aprueben modificaciones presupuestarias de viviendaconformidad con la legislación vigente, EL CLIENTE constituye primeracircunstancia a la que se dará la oportuna publicidad en el Boletín Oficial del País ▇▇▇▇▇, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor mediante Resolución del Director General de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoLanbide-Servicio ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. 1.3 3. Las ayudas contempladas en la presente convocatoria serán incompatibles con cualquier otra subvención pública que puedan percibir sus beneficiarios para la realización de las mismas acciones formativas. 4. En caso todo caso, se garantizará la complementariedad de bien futuro, en un plazo no mayor las subvenciones a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE que se obliga a tener su vivienda debidamente terminada refiere esta convocatoria con las características pactadas bonificaciones previstas dentro del actual modelo estatal de formación profesional continua. – A estos efectos, las empresas deberán consumir el crédito disponible para el ejercicio en el contrato sistema estatal de compraventabonificaciones, independizada e inscrita descontándose en registros públicoscaso contrario de la subvención final la cantidad de crédito no consumida. – Además, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda las empresas solicitantes deberán garantizar que las acciones para garantizar el crédito en los términos establecidos cuya ejecución se solicita la subvención no son objeto de bonificación en el modelo estatal. A fin de evitar duplicidades y la sobrefinanciación de las acciones formativas, los solicitantes deberán acreditar cuantos extremos les sean requeridos en la presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesconvocatoria. 1.4 EL CLIENTE en representación 5. La concesión de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza citadas ayudas, se realizará atendiendo a EL BANCO a la emisión los principios de un titulo valorconcurrencia, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartapublicidad y objetividad.

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Sources: Convocatoria De Ayudas Económicas

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga Que conforme lo acredito con…….. vengo a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado promover formal demanda por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad causal Accidente de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito Trabajo en los términos establecidos de la Ley 24.557 y Ley 26.773 contra SM ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A con domicilio real en ……… por las consideraciones de hecho y derecho que a continuación expongo Dirijo entonces la acción contra la demandada para que se la condene a reparar los daños derivados del accidente laboral sufrido por el actor mediante el otorgamiento de la totalidad de las prestaciones dinerarias (y eventualmente en especie) que le correspondan, de conformidad con los términos de la ley 24.557 y 26.773 con más sus intereses, costos y costas del proceso, dado la responsabilidad de la ART en su calidad de responsable principal tanto de brindar las prestaciones como en su caso abonar las sumas resultantes. Se reclama en virtud del accidente de trabajo padecido la suma de ……….con más el ripte o lo que en más o menos resulte de la prueba a producirse en autos, con mas su actualización monetaria en su caso, intereses calculados a la Tasa Activa Acta…… y costas. II.-HECHOS. A) EL CONTRATO DE TRABAJO a) Ingreso: b) Funciones: c) Días y horas de trabajo: d) Salario: B) ACCIDENTE DE TRABAJO.- a) El accidente de trabajo: El empleador ha contratado a la demandada SM ART, quien le brinda cobertura ante cualquier contingencia que pudiera afectar al personal dependiente bajo su relación, conformo lo prevé la Ley de Riesgos del Trabajo. Al momento de ingresar a la Empresa, el Sr. LR no fue sometido a ningún exámen médico preocupacional. El día………se ha accidentado en ocasión de su trabajo para el Sr. DM. En dicha oportunidad, ha sufrido en forma súbita y violenta un traumatismo de rostro con un guinche el cual le provocó desvió del tabique nasal, un corte profundo a nivel de la base de la pirámide nasal que se extiende hasta el borde superior del labio superior. Ello ocurrió mientras se encontraba cumpliendo tareas en la obra en construcción sita en ……….. Fue asistido por la ART, le efectuaron una cirugía plástica y demás tratamientos….. Hoy por hoy el Sr. LR detenta severos problemas respiratorios, hipertrofia y una cicatriz lineal, eutrófica, con signos de sutura de……… cm que le provoca alteraciones en la mímica……… Tal como sostiene ▇▇▇▇▇▇▇▇, para que surja la responsabilidad del agente, sea en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentadoárea contractual o extracontractual, señalando es menester que exista conexión jurídicamente relevante entre el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, hecho del que es autor y el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE daño sufrido por quien pretende su reparación ( Tratado Civil Obligaciones T III Pagina 713 Ed Abeldo ▇▇▇▇▇▇ 1973).- En esta perspectiva cabe considerar que el accidente que causó la incapacidad del actor tiene una relación causal y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ con el trabajo que el mismo efectúa y en representación de las obligaciones contraídas tales condiciones cabe determinar que la afección ha sido adquirida en ocasión o con motivo del trabajo desempeñado por el presente crédito autoriza mismo. La ART demandada ha omitido implementar las medidas de seguridad suficientes. Asimismo se ha omitido dar una capacitación adecuada sobre los riesgos a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo los que se detalla encuentran expuestos los trabajadores. Tampoco se han adoptado las medidas necesarias para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales relacionadas con las normas de Higiene y Seguridad del Trabajo. Se ha violado lo dispuesto por la Ley 19.587 en sus Arts 8 y 9, 208 a 213, decreto 351/79 y la cláusula Décima Cuartaresolución SRT 38/96, entre otras, en cuanto no se ha capacitado al personal y no existen registros de la información transmitida al trabajador como constancia de su capacitación sobre los riesgos de ese trabajo en particular.

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Sources: Demanda Por Accidente De Trabajo

OBJETO. 1.1 Mediante El presente contrato tiene por finalidad regular todo lo relativo a la emisión, activación, uso, vigencia y demás términos y condiciones de la Tarjeta (en lo adelante, “LA TARJETA”), que ha sido emitida por LN en favor de el TARJETAHABIENTE TITULAR para su uso exclusivo, a título personal y con carácter intransferible, quien declara que ha recibido LA TARJETA conjuntamente con el Paquete de Bienvenida que forma parte integral del presente contrato. Los datos relativos al tipo de la tarjeta, su numeración, límite y fecha ▇▇ ▇▇▇▇▇ están indicados en el Acuse de Entrega el cual forma parte integral del presente acuerdo. 2.1 El TARJETAHABIENTE TITULAR reconoce y declara que LA TARJETA es propiedad de LN, y por lo tanto se hace responsable de la custodia del plástico y uso adecuado de LA TARJETA, la cual podrá ser utilizada dentro del límites de crédito, gastos, comisiones, sobregiros, entre otros, aprobados por LN y en la moneda fijada por este último, para los consumos admitidos en la misma, así como para retiro de dineros en canales habilitados para ello y cuando aplique al tipo de Tarjeta otorgada a EL TARJETAHABIENTE TITULAR y según los acuerdos suscritos por LN a tales fines. Todo lo anterior de conformidad con los términos y condiciones indicados en el presente contrato EL BANCO otorga acuerdo, los documentos que comprenden el Paquete de Bienvenida y cualesquiera otros documentos que pudiere notificar de tiempo en tiempo LN a EL CLIENTE -previa evaluación TARJETAHABIENTE TITULAR y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado aceptados por ésteescrito por este último. 2.2 LN autoriza a EL TARJETAHABIENTE TITULAR a utilizar LA TARJETA dentro de la República Dominicana y en el exterior, cuando la Tarjeta emitida por LN así lo permita; lo cual podrá ser verificado por EL TARJETAHABIENTE TITULAR en el Paquete de Bienvenida que le ha entregado LN. 2.3 El TARJETAHABIENTE TITULAR se compromete a activar LA TARJETA, sus adicionales y/o renovaciones, conforme las indicaciones de activación que se encuentran detalladas en el Paquete de Bienvenida y/o en cualquier otro documento que de tiempo en tiempo pudiere entregarle LN a estos fines, comprometiéndose igualmente a utilizarla únicamente en transacciones lícitas, bajo reserva de LN de rechazar las transacciones que pudiere considerar a su sola discreción como ilícitas o sospechosas. EL TARJETAHABIENTE TITULAR igualmente se compromete a firmar el comprobante de consumo o voucher en cada transacción realizada y por este, salvo aquellos casos que no fuere requerido según el tipo de transacción y/o tarjeta que le ha sido emitida por LN. Esta obligación compromete igualmente a los tarjetahabientes adicionales, cuando existieren conforme el tipo de Tarjeta emitida por LN y a solicitud del TARJETAHABIENTE TITULAR. 2.4 El TARJETAHABIENTE TITULAR podrá solicitar la emisión de Tarjetas Adicionales vía telefónica o en cualquiera de las sucursales de LN. Las Tarjetas Adicionales compartirán el mismo límite y condiciones propias de LA TARJETA, por lo tanto, los consumos realizados por el importe TARJETAHABIENTE TITULAR y/o los Tarjetahabientes Adicionales se reflejarán en un mismo estado de cuenta y condiciones que como se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato ha indicado, con un único límite global de todas las tarjetas emitidas por LN cuyo pago será responsabilidad exclusiva de el TARJETAHABIENTE TITULAR. 2.5 LN pone a disposición del TARJETAHABIENTE TITULAR el sistema requerido para la finalidad asignación del código de financiar acceso o pin de elección del TARJETAHABIENTE TITULAR para los retiros de efectivo y otras operaciones admitidas para LA TARJETA, siendo responsabilidad única y exclusiva del TARJETAHABIENTE TITULAR la adquisición custodia y uso de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratodicho código, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO cambiado a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartasola consideración del TARJETAHABIENTE TITULAR.

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Sources: Tarjeta De Crédito

OBJETO. 1.1 Mediante El servicio prestado por DOMICILIALO consiste en el presente contrato EL BANCO otorga ofrecer una Plataforma informática, (en adelante la Plataforma), que facilita a EL CLIENTE -previa evaluación los Comercios la gestión de cobro por domiciliación bancaria y calificación crediticia- tarjeta a sus suscriptores, a través de sus Colaboradores, así como servicios accesorios para que los comercios puedan llevar la facturación de su negocio. Los Comercios que operen a través de DOMICILIALO, podrán beneficiarse, entre otros, de los siguientes servicios: a) Envío del Mandato SEPA al suscriptor, cuando no hay un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado mandato firmado previamente. b) Gestión del cobro por éstedomiciliación bancaria, por el importe y condiciones que se detallan a través de la cuenta abierta en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad Entidad de Pago: El Comercio, introduce los datos del cobro a realizar en la cuenta del suscriptor, a través de la Plataforma. DOMICILIALO se encarga de transmitir esas órdenes a la firma del presente contrato Entidad de Pago, para su ejecución. Estas órdenes de cobro por domiciliación se pueden automatizar: Cuando el Comercio introduce una periodicidad en DOMICILIALO, DOMICILIALO se encarga de forma automática y con esa periodicidad, de enviar instrucciones a la Entidad de Pago para su cobro. c) Envío de alertas a los Comercios a través de la plataforma y email, derivadas de ciertas acciones en la plataforma. d) Gestión de cobro por tarjeta, con la finalidad Entidad Colaboradora SOCIALPAY, a través DOMICILIALO. e) Creación de financiar facturas y servicios accesorios a las mismas. f) Aquellos servicios auxiliares, a los anteriormente descritos, que se desarrollen en cada momento. No obstante, DOMICILIALO no interviene de ningún modo en la adquisición relación entre los Comercios y sus suscriptores, la cual se establecerá directamente entre éstos, quedando ajeno y exento de responsabilidad de toda relación contractual o de cualquier otro tipo de relación que se establezca entre ellos. DOMICILIALO se reserva el derecho de admisión de los Comercios, independientemente del derecho de admisión de sus Colaboradores. DOMICILIALO podrá denegar el alta a los Comercios en la plataforma, por los motivos que considere oportunos. DOMICILIALO no podrá prestar servicios de pago, a los Comercios que no hayan sido aprobados por sus Colaboradores, dado que se trata de un requisito indispensable. El Comercio (persona física o jurídica que ha declarado previamente su actividad a DOMICILIALO), declara expresamente tener capacidad de obrar y/o las autorizaciones requeridas para la realización de su actividad, así como para la utilización de los servicios de pago prestados por los Colaboradores de DOMICILIALO, eximiendo a DOMICILIALO de toda responsabilidad que pudiera resultar por la utilización de los servicios que ofrece, por una persona que no tenga capacidad necesaria y/o las autorizaciones requeridas. Las presentes condiciones generales, regulan las condiciones de uso, por las que el Comercio accede a los servicios de cobro por domiciliación bancaria y tarjeta, así como a la gestión de la facturación del negocio, a través de la plataforma DOMICILIALO. El Comercio, al aceptar las condiciones generales, aceptación realizada en el momento del alta en la Plataforma, reconoce expresamente que ha leído atentamente y entendido estas condiciones. Asimismo, reconoce que las acepta íntegramente. Estas condiciones generales son conservadas y almacenadas por DOMICILIALO, de forma segura, fiable, íntegra e inalterable. Adicionalmente, cuando el Comercio acepta las condiciones generales, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ enviará a al Comercio una copia de las mismas por correo electrónico. Dicha comunicación, es enviada en el primer correo electrónico enviado al Comercio (el correo de bienvenida). De esta forma DOMICILIALO permitirá al Comercio no activar la cuenta, si no está de acuerdo con las mismas. DOMICILIALO no ostenta la condición de empresa de servicios de inversión, ni Entidad de Pago, ni Entidad de Crédito. Para prestar sus servicios, DOMICILIALO cuenta con sus Colaboradores (GoCardless y SOCIALPAY), que serán las encargadas de gestionar los cobros y pagos en la Plataforma. Las relaciones entre el Comercio y los Colaboradores, serán independientes de las relaciones entre el Comercio y DOMICILIALO, si bien, el acceso a la gestión de recibos bancarios y cobros por tarjeta, se realizará únicamente por medio de DOMICILIALO. El Comercio exime a DOMICILIALO de cualquier responsabilidad que pudiera surgir como consecuencia de los retrasos o incumplimientos de sus Colaboradores en la prestación de los servicios de pago al Comercio, sin perjuicio de lo previsto en las Condiciones generales de uso de sus Colaboradores, respecto de la operativa habitual. El Comercio faculta a DOMICILIALO para modificar los datos y/o la información que el Comercio incluye en la Plataforma, bien terminado por petición expresa, o bien futuro para garantizar el funcionamiento óptimo de la Plataforma. Ante un cambio de Colaboradores, DOMICILIALO avisará con dos meses de antelación al Comercio, pudiendo la misma aceptar o rechazar el cambio. No obstante, la única forma de continuar disfrutando de los servicios de gestión de cobros y accesorios de ser pagos con DOMICILIALO, será realizar el cambio a los nuevos Colaboradores designados. En el caso, o que por motivos ajenos a DOMICILIALO y por dar continuidad al servicio, no se pueda realizar el mejoramiento preaviso con la antelación contemplada en el presente punto, se comunicarán los motivos al Comercio, para que la misma decida si decide continuar con los servicios de viviendaDOMICILIALO con los nuevos Colaboradores. DOMICILIALO, intentará en cuyo caso no será la medida de aplicación lo posible que el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento cambio de los Colaboradores se realice de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, forma más sencilla para el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en Comercio. En el caso de bien terminado o mejoramiento que los nuevos Colaboradores no aprueben al Comercio, DOMICILIALO no podrá prestar los servicios de viviendacobros y pagos al Comercio. Las presentes condiciones generales, EL CLIENTE constituye primera, preferente la política de privacidad y exclusiva hipoteca sobre todas las condiciones particulares aceptadas por el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas Comercio en el contrato proceso de compraventa, independizada e inscrita registro en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito la Web de DOMICILIALO (en los términos establecidos adelante la Web) o en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud proceso de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación uso de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla herramientas existentes en la cláusula Décima CuartaWeb y en la Plataforma de ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, constituyen el contrato íntegro suscrito entre el Comercio y DOMICILIALO, y reemplazan todos los compromisos y acuerdos previos entre el Comercio y DOMICILIALO.

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Sources: General Conditions

OBJETO. 1.1 Mediante 2.1 Las presentes Condiciones Específicas tienen por objeto regular las condiciones en las que el presente contrato EL BANCO otorga cliente solicita el registro y/o traslado de uno o varios nombres de dominio a EL CLIENTE -previa evaluación través de Foro Empresarial, así como el cambio de registrador, si su registrador no es Foro Empresarial, además de cualquier solicitud relativa a los nombres de dominio. Regular la forma en la que se presta el servicio por parte de Foro Empresarial con las limitaciones propias determinadas por la ICANN y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, Registry correspondiente en el caso de bien terminado o mejoramiento actuar Foro Empresarial como registrador acreditado y en los demás casos con las limitaciones determinadas por el Registrador competente debido a la posición de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadointermediación. 1.3 2.2 Las presentes Condiciones Específicas de Producto (CEP) constituyen, junto con las Condiciones Generales de Servicio (en adelante, CGS), las Condiciones contractuales que regirán la relación del cliente con Foro Empresarial, sustituyendo a todos los acuerdos anteriores, sean verbales o escritos, en relación con el objeto de las mismas. En caso de bien futurocontradicción entre las presentes Condiciones Específicas de Producto y las CGS, prevalecerá lo establecido en las primeras. 2.3 Las Condiciones contractuales, junto a toda la información adicional que sobre el producto contratado por el cliente está publicada en la web de Foro Empresarial, ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇, constituyen un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se conjunto unitario que obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesespartes. 1.4 EL CLIENTE en representación 2.4 El registro de un dominio supondrá, la aceptación de las obligaciones contraídas normas y condiciones impuestas por todas las organizaciones reguladoras de nombres de dominio en Internet. LA NORMATIVA ESTABLECIDA POR LOS REGISTRADORES COMPETENTES SERÁ DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO y, por ello, puede condicionar la manera de prestar el presente crédito autoriza a EL BANCO servicio por parte de Foro Empresarial; además, esta normativa servirá de interpretación para las cláusulas de estas Condiciones en todo aquello que les afecte relativo al nombre de dominio, registro, traslado, resolución de conflictos, cambio de titularidad, cambio de registrador, pero no afectará a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) propia relación contractual creada entre Foro Empresarial y el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartacliente.

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Sources: Condiciones Específicas De Registro Y Renovación De Dominios

OBJETO. 1.1 Mediante el En virtud del presente contrato acuerdo EL BANCO otorga PRESTADOR procurará suministrar a EL CLIENTE -previa evaluación AFILIADO los servicios de Acondicionamiento y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstepreparación física ofrecidos en el Centro de Acondicionamiento Físico ACTION FITNESS, por el importe en adelante El CAF, con sujeción al “Reglamento General de Servicios” que hace parte integral de El Contrato (Anexo N°1) y condiciones a los reglamentos específicosestablecidosparalasdistintasactividadesquese ofrecenenELCAF, y en contraprestación EL AFILIADO pagará las sumas convenidas y que se detallan describen en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato.Estecontratoespersonaleintransferible. PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos del presente contrato, se entenderá que EL PRESTADOR ha cumplido su obligaciónde prestarlosservicioscontratadospor EL AFILIADO, cuando El CAF seencuentrehabilitadoparasu funcionamientoya disposición de este en los horarios acordados, independientemente de si ELAFILIADO decide hacer uso o no de los servicios. PARÁGRAFO SEGUNDO. Si EL AFILIADO no hace uso de los servicios contratados, estando habilitado El CAF, estará EL AFILIADO obligado al cumplimiento integral del contrato de prestación de servicios y pago total y oportuno del valor del plan que haya suscrito, en la periodicidad acordada según sea elegida por EL AFILIADO. PARÁGRAFO TERCERO. EL AFILIADO únicamente podrá accederalosservicios contratados enlasede de El CAFenlacualse encuentra habilitado de acuerdo con el caso plan elegido, o en las clasificadas con igual o inferior categoría, de bien terminado o mejoramiento acuerdo con la sede y plan elegido por EL AFILIADO, de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor acuerdo con la oferta de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoservicios. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante el El objeto del presente contrato EL BANCO otorga Contrato es la prestación a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado REMITENTE PRIMARIO del Servicio de Transporte de Gas Natural en firme por ésteparte de EL TRANSPORTADOR. Por consiguiente, por el importe y condiciones que se detallan conforme lo establecido en la hoja resumen el mismo Resolución CREG 089 de 2013 o las normas que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato modifiquen, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado deroguen o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendasustituyan, en cuyo caso no será de aplicación desarrollo del Contrato, EL TRANSPORTADOR garantiza a EL REMITENTE PRIMARIO el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento Servicio de la cuota inicialCC sin interrupciones, excepto en los Días establecidos en la Clausula Tercera para mantenimiento y labores programadas, durante el plazo de Duración del presente Servicio de qué trata el numeral 3.2. del Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda. En desarrollo del objeto, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE TRANSPORTADOR se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas recibir de EL REMITENTE PRIMARIO o de quien actúe como representante de EL REMITENTE PRIMARIO, cada Día de Gas en el contrato Punto de compraventaEntrada, independizada e inscrita Gas Natural hasta por la Capacidad Contratada, establecida en registros públicosel numeral 11.2 de la Cláusula 11 y a conducir dicho Gas por el Sistema de Transporte hasta el(los) Punto(s) de Salida, y EL REMITENTE PRIMARIO se obliga a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar recibir el crédito Gas Natural en el(los) Punto(s) de Salida y a pagar la Tarifa de Transporte Firme y/o los Cargos de Ingreso de Corto Plazo, según corresponda, en los términos establecidos y condiciones estipulados en este Contrato. Lo estipulado en el presente contrato para párrafo anterior se entenderá sin perjuicio de los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Eventos de EL CLIENTE debidamente sustentadoFuerza Mayor, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder Caso Fortuito o Causa Extraña o Eventos Eximentes de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla Responsabilidad consagrados en la cláusula Décima CuartaCláusula 15 del presente contrato. Se entiende que existe prestación del Servicio siempre que EL TRANSPORTADOR mantenga la disponibilidad del Sistema de Transporte para efectos de transportar la Capacidad Contratada, con independencia de la Cantidad de Energía Nominada o de la Cantidad de Energía Entregada o de la Cantidad de Energía Tomada.

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Sources: Gas Transportation Contract

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto del presente es la prestación de Servicio de Telecomunicaciones ofrecido por "la PRESTADORA", Barinet SRL con CUIT N° 30- 71524932-0 y domicilio comercial en ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, San ▇▇▇▇▇▇ de Bariloche, Río Negro, que consiste en el presente contrato EL BANCO servicio de valor agregado, comúnmente denominado Internet (y/ u otros valores agregados, cualesquiera fuere), en adelante "el/ los SERVICIO/ S", al suscriptor indicado en estas condiciones, en adelante llamado "el CLIENTE". Estas condiciones se considerarán parte integrante de la Solicitud de Servicio: Condiciones: El SERVICIO será prestado 24 horas al día durante los 365 días del año siempre y cuando el CLIENTE tenga el SERVICIO activo (queda exceptuado el caso que el CLIENTE haya solicitado la baja del mismo, como así también en caso que el CLIENTE mantenga un saldo deudor vencido para con la EMPRESA). El CONTRATO de SERVICIO no obliga permanencia alguna (exceptuando que exista alguna promoción que así lo requiera y que sea expresamente detallada), el CLIENTE es libre de dar de baja su SERVICIO cuando lo desee, siempre que la PRESTADORA sea notificada por escrito por medio del Formulario de Solicitud de Baja ya sea por medio digital o bien presentándose en el Local Comercial de Barinet SRL. La baja del SERVICIO no exime al CLIENTE del pago del valor que surja de deuda vencida, actual no vencida, cargos de reconexión o cualquier otro importe pendiente de pago fuere cual fuere el motivo que le haya dado su origen; como así tampoco de la devolución de todos los equipos (antena, router, transformadores, soporte, cableado, etc) que posee en concepto de "in comodato" y que son popiedad de BARINET. En caso de no hacerse efectiva la devolución, sea por abandono o bien por negarse a la entrega de los mismos y en el buen estado y funcionamiento que le fueron prestados, automáticamente BARINET, y a su solo juicio, se encuentra en todo derecho y conforme con el CLIENTE a realizar el reclamo por la vía que considere más conveniente y/ u oportuna, del importe por el valor de reposición correspondiente al día de la fecha de efectivizar el pago, siendo el valor de los equipos en su totalidad, de un importe referencial de trescientos dólares estadounidenses (usd 300,00) La modalidad de contratación compromete al CLIENTE a pagar un abono mensual a mes vencido, de conformidad con las tarifas que el CLIENTE declara que son de su conocimiento y entendimiento como así también de los sucesivos ajustes tarifarios que puedan surgir con posterioridad a la firma de dicho contrato. Las facturas dispondrán de una primer fecha de vencimiento, siendo la misma el día 10 de cada mes, y una segunda fecha de vencimiento, sin recargo alguno en el monto a abonar, siendo ésta con fecha del día 15 de cada mes. Las tarifas podrán ser modificadas por la PRESTADORA en cualquier momento, el CLIENTE quedará automáticamente notificado con el único hecho de aparecer las nuevas tarifas en la página web, independientemente que se agreguen, o no, otro tipo de medios como ser e-mail, sms, Whatsapp, Telegram, llamada telefónica, aviso en la factura (del mes anterior a la implementación del nuevo importe) y/ o APP de BARINET.; dichas modificaciones regirán a partir de los 15 días hábiles de su publicación; las tarifas enunciadas, siempre incluyen IVA (Impuesto al Valor Agregado). El SERVICIO es del tipo "Tarifa Plana", es decir que, una vez firmado el Contrato, la no utilización del SERVICIO por parte del CLIENTE, por cualquier motivo ajeno a BARINET, no libera al mismo de la obligación de pago del abono mensual del SERVICIO. La falta de pago total y/ o parcial a partir del día dieciseis (16) -inclusive- de cada mes hará incurrir al CLIENTE en ▇▇▇▇ automática, sin necesidad de comunicación ni interpelación previa, lo cual generará un interés mensual igual a la tasa activa del Banco Nación para depósitos a plazo fijo anual, que será calculado sobre el importe total adeudado de la factura y que será agregado al importe a abonar del mes siguiente. La falta de cancelación total de la factura mensual al final del día quince (15) otorga el derecho a EL la suspensión de la totalidad de los SERVICIOS prestados por BARINET, a partir del día dieciseis (16), sin necesidad de ningún aviso previo y hasta tanto se regulariza la situación de pago por el CLIENTE, generando un cargo igual a PESOS DOSCIENTOS ($200,00), en concepto de "cargo de rehabilitación de SERVICIO", el que será adicionado a la factura a abonar por parte del CLIENTE -previa evaluación en el siguiente mes. La falta de pago de tres meses calendario (es decir, desde el día 16 de un mes al día 15 del siguiente mes y calificación crediticia- desde el día 16 de éste último al día 15 del mes próximo, y del 16 de éste último al día 15 del próximo mes) facturados por BARINET le otorga el derecho a demandar su cobro El CLIENTE podrá ceder el Contrato de SERVICIO a un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado tercero, previa presentación del Formulario de Cesión ante la EMPRESA, con presencia de la persona titular y la persona que recibirá la titularidad, debiéndose abonar para la aceptación de la misma por ésteparte de BARINET, cualquier importe impago hasta la fecha de la presentación de la misma. En caso que quien solicite el SERVICIO hubiese sido CLIENTE y el mismo mantenga una deuda hasta el momento de dicha solicitud, en primera medida deberá cancelar la deuda que mantenga con la EMPRESA, previo a la nueva instalación. En caso de no realizar la cancelación, BARINET tiene todo el derecho, y sin reclamo ni derecho alguno por parte del solicitante, de no aceptar dicha solicitud. Las comunicaciones que el PRESTADOR dirija a la dirección de correo electrónico del CLIENTE con motivo del SERVICIO, se consideran plenamente válidas y recibidas a partir de la hora cero del día hábil siguiente al de su envío, independientemente de la apertura del mensaje y/ o su lectura por parte del destinatario. Por tal motivo, el CLIENTE es única y plenamente responsable de mantener ante la PRESTADORA sus datos de contacto actualizados, tanto su número de teléfono, como la dirección del domicilio (en caso de mudanza transitoria o definitiva), como así también su casilla de correo electrónico. En caso que el CLIENTE no mantenga actualizado con veracidad y/ o exactitud uno o varios de los datos antes mencionados, el CLIENTE pierde todo derecho a reclamo alguno ante la PRESTADORA, por el importe motivo que fuere, intentando aludir no haber sido notificado de cualquier tipo de anuncio, notificación y/ o decisión por parte de la PRESTADORA. La falta de comunicación expresa por parte del CLIENTE manifestando su voluntad de dar por finalizado el Contrato, implicará la aceptación de las nuevas condiciones de prestación del SERVICIO, que le serán de aplicación transcurrido el plazo indicado en el presente Contrato. En caso que el CLIENTE modificara su domicilio y condiciones decidiera permanecer con el SERVICIO, y siempre y cuando el nuevo domicilio se encuentre dentro de la zona de cobertura de SERVICIO de la PRESTADORA, deberá abonar, en concepto de alta, el 50% del valor del Cargo de Instalación actual. El CLIENTE siempre deberá realizar los reclamos que considere pertinentes, únicamente, por los medios habilitados por BARINET, caso contrario la EMPRESA no computará reclamos informales. Se deja establecido que las velocidades enunciadas en SERVICIO CONTRATADO corresponden al tope de velocidad técnico disponible en la modalidad contratada y que resultan de aplicación las restricciones de responsabilidad que, considerando la complejidad del SERVICIO y que la provisión del mismo se encuentra sujeta a provisiones y/ o facilidades ajenos al PRESTADOR, el mismo no garantiza máximos posibles o promedios de navegación. Por la propia naturaleza del SERVICIO, la PRESTADORA no puede garantizar que el SERVICIO esté libre de fallos y/ o interrupciones, pero intentará solucionar los fallos que impidan un correcto funcionamiento del mismo tan pronto como sea razonablemente posible, sin cargo alguno para el CLIENTE, cuando el fallo sea imputable a BARINET. El CLIENTE asume plena responsabilidad frente a la PRESTADORA y a terceros por daños y perjuicios que se detallan produjeran como consecuencia del uso indebido o del accionar propio o de sus dependientes o de terceros conectados a través del CLIENTE y los que resulten de la inobservancia de las leyes o reglamentaciones o de otros hechos ilícitos o del mal uso que se haga del SERVICIO, debiendo el CLIENTE mantener indemne a la PRESTADORA ante cualquier reclamo que pudiera corresponder. Se considerará grave incumplimiento de éstas condiciones, el envío de programas dañinos o virus a través del SERVICIO, como así también destinar modo de utilización que implique fines de lucro. Si el CLIENTE incumpliera alguna de las condiciones de uso o de sus obligaciones, el PRESTADOR se reserva el derecho de suspender el SERVICIO inmediatamente o darlo de baja en forma definitiva, comunicándole por cualquier medio esta decisión, y de reclamar integramente los daños y perjuicios provocados por el CLIENTE. La PRESTADORA se obliga a proveer al CLIENTE únicamente el acceso a Internet en una sola PC o computador; y en ningún caso garantiza la existencia de servicios o redes en Internet, ni la posibilidad de uso o la disponibilidad de acceso a los diferentes servicios existentes en Internet, las que serán de entera resposabilidad de los proveedores de cada uno de los servicios. Al corroborar que tan solo una PC tenga servicio, no se tomará como reclamo que otros del domicilio no lo posean. La responsabilidad de la PRESTADORA ante casos de incumplimiento que le fueran imputables y/ o por daños directos einmediatos al CLIENTE se limitarán al importe de un abono mensual de los servicios. En tal sentido, la misma no podrá extenderse a otros conceptos invocados por el CLIENTE y no podrá dársele un alcance mayor que el aquí previsto. Los daños y perjuicios o lucro cesante ocasionados al CLIENTE o a terceros por interrrupciones del SERVICIO directamente atribuibles a Los medios habilitados que brinda la EMPRESA son los siguientes: Consultas y/ o reclamos administrativos: Teléfono de contacto para llamadas y/ o SMS (Lunes a Viernes de 9 a 18hs): ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Mensajes de WhatsApp: +▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (las 24hs, se darán respuesta de ▇▇▇▇▇ a Viernes de 9 a 18hs, fuera de ese horario, serán respondidos a partir de las 9hs del siguiente día hábil) Dirección de correo electrónico: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇@▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ La PRESTADORA no será responsable por el contenido de la información o datos que circulen por su red o Internet, exonerando el CLIENTE a la misma y/ o cualquier otro proveedor de acceso a Internet de toda responsabilidad directa o indirecta que pudiera surgir en razón de cualquier infracción a las leyes de propiedad intelectual, difamación, calumnia, y/ o de cualquier otro acto de terceros fuera del control de la PRESTADORA. La PRESTADORA no será responsable de la adecuación ni la utilidad de los servicios que proporcione a las necesidades reales del CLIENTE. Su inadecuación no podrá ser causa de resolución ni devoluciones de pago. La PRESTADORA no será responsable por el resultado del SERVICIO en tanto las instalaciones necesarias para su buen funcionamiento dependan de terceros. Esto incluye errores de encaminamiento, pérdida de información o datos, retraso en la hoja resumen el mismo entrega o interrupciones del SERVICIO no planificadas que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad no sean atribuibles a la firma PRESTADORA. El PRESTADOR no será responsable del presente contrato alcance de la señal, ni tampoco de la degradación del SERVICIO por conectar varios equipos. El ingreso, utilización y privacidad de la clave de acceso es responsabilidad del CLIENTE, quien debe mantener en reserva la contraseña que utilice para acceder al SERVICIO, asumiendo toda la responsabilidad por el uso del SERVICIO efectuado por un tercero a consecuencia de la divulgación de su contraseña. En caso que BARINET se vea imposibilitado a seguir prestando el SERVICIO al CLIENTE, con motivo de depender de infraestructura de terceros, y siendo el CLIENTE debidamente notificado, la finalidad de financiar EMPRESA procederá a la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo baja del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el reclamo de importes adeudados o pendientes de pago en los plazos establecidos en las fechas de vencimiento de facturas y al retiro de los equipos propiedad de BARINET, sin derecho a reclamo y/ o indemnización alguna por parte del CLIENTE hacia la EMPRESA. Cuando el personal de la EMPRESA concurra al domicilio del CLIENTE, ya sea para proceder con la instalación del SERVICIO o bien realizar algún mantenimiento y/ o reparación, el mismo indicará al CLIENTE los detalles necesarios para efectuar todas las tareas que incurran en la labor para la cual se describe asistió. Por tal motivo el CLIENTE y/ o persona responsable en el Anexo 1, domicilio será el único responsable por cualquier desición que será utilizado debiera tomar el técnico y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, /o instalador previo consentimiento del responsable de la vivienda en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminadosese momento. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOConsiderado ésto, el cual no podrá exceder CLIENTE renuncia a realizar o sugerir cualquier tipo de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación reclamo ante la EMPRESA, con motivo de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO perforaciones, cuestiones de estética o cualquier otro tipo de motivo o cuestión que tenga que ver con asuntos que pudieran surgir con motivos propios a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartainstalación del SERVICIO.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto del presente contrato consiste en que ALIANZA, como vocera del FIDEICOMISO que por este acto se constituye adquiera para éste el inmueble descrito en la cláusula tercera siguiente, así como de los demás bienes que reciba en desarrollo de este contrato, con el fin de garantizar a los ACREEDORES GARANTIZADOS registrados en la FIDUCIARIA el pago de las obligaciones vinculadas a este contrato, que EL FIDEICOMITENTE se obligó a aportar un inmueble para garantizar las obligaciones que estan contenidas en la TRANSACCIÓN . Para dichos efectos, cuando se den las condiciones que se describen mas adelante, previo el procedimiento establecido, ALIANZA procederá a la enajenación de los activos fideicomitidos para aplicar las sumas recibidas, al pago de las obligaciones garantizadas, y entregará, si lo hay, el excedente al FIDEICOMITENTE. En caso en que una vez agotado el procedimiento establecido en el presente contrato EL BANCO otorga no sea posible efectuar dicha enajenación procederá a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan entregar en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, dación en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre pago el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito los acreedores beneficiarios en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminadoscontrato. Dicho plazo podrá ser ampliado PARÁGRAFO 1. Límite de la Garantía. Los saldos a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación capital de las obligaciones contraídas a que se hace referencia en esta cláusula no podrán exceder del setenta por ciento (70%) del cincuenta (50%) por ciento del valor del avalúo comercial de los bienes transferidos al Patrimonio Autónomo administrado por ALIANZA. Para estos efectos, las partes aceptan el avalúo de fecha 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2008 realizado al inmueble por el arquitecto ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y que fue estimado en la suma de $3.202´560.000, que todos declaran conocer y aceptar. PARÁGRAFO 2. Advertencia sobre Avalúo. A la fecha de celebración del presente crédito autoriza a EL BANCO contrato el Arq. ▇▇▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, avaluador afiliado a la emisión Lonja de un titulo valorPropiedad Raíz de Medellín con fecha 12-08-08, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo advierte que las obligaciones que se detalla respalden con el predio no deben pasar del cincuenta (50%) del avalúo del mismo. PARÁGRAFO 3. Sin perjuicio del deber de diligencia y del cumplimiento de las obligaciones que LA FIDUCIARIA adquiere en virtud de la cláusula Décima Cuartacelebración del presente contrato, queda entendido que ALIANZA no actuará en desarrollo del mismo como asesor jurídico, tributario, financiero, cambiario o de cualquier otra índole y por tanto no responderá por las consecuencias derivadas de las decisiones que el CONSTITUYENTE o sus asesores tomen con respecto a dichos aspectos.

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Sources: Fiducia Mercantil De Garantía

OBJETO. 1.1 Mediante El fiduciante transfiere el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan bien (o bienes) descrito en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma cláusula primera del presente contrato con el objeto de garantizar al beneficiario inicial y/o otros beneficiarios el pago de los créditos que el beneficiario inicial y/o otros beneficiarios, hayan entregado o entreguen al fiduciante en calidad de mutuo comercial con intereses, según el título de que trata la finalidad consideración tercera del presente instrumento y demás títulos de financiar deuda a que haya lugar junto con sus intereses corrientes o moratorios, costos financieros, honorarios de abogado o cualquier otra prestación que se derive de dichos títulos, para lo cual el fiduciante autoriza expresa e irrevocablemente a la adquisición fiduciaria para que en caso de un bien terminado o bien futuro incumplimiento y accesorios de ser en especial si el caso, fiduciante y/o el mejoramiento deudor no devuelve el capital mutuado ... PAR.—No obstante el objeto anteriormente enunciado, los bienes fideicomitidos podrán servir como fuente de vivienda, en cuyo caso no será pago de aplicación las obligaciones garantizados por el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratofideicomiso, en el caso evento en que el fiduciante o el deudor no paguen o se presenten algunas de bien terminado o mejoramiento las circunstancias que más adelante se enumeran. 1.3. En la cláusula undécima, todas las referencias al deudor. 2. Que como consecuencia de viviendala declaratoria anterior, EL CLIENTE constituye primerase declare la inoponibilidad frente a la Sociedad Compañía de Servicios Funerarios Ltda., preferente de los certificados de garantía 091/97/4100105/03 y exclusiva hipoteca sobre el inmueble 091/97/4100105/05 expedidos a favor de EL BANCO Daewoo Corporation por la Sociedad Fiduciaria Empresarial, Fiduempresa S.A., en garantía desarrollo de dichos apartes del crédito otorgadocontrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. 1.3 En caso 3. Que como consecuencia de bien futurola primera declaración anterior, se ordene a UCN, Sociedad Fiduciaria S.A., abstenerse de enajenar los bienes fideicomitidos y en general de hacer efectiva la garantía fiduciaria contenida en los dos certificados ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ anteriormente mencionados. 4. Que como consecuencia de la primera declaración anterior, se declaren inoponibles todos los actos jurídicos que se hubieren celebrado antes de la sentencia por parte de la Fiduciaria Empresarial S.A., o su sucesora UCN, Sociedad Fiduciaria S.A., en un plazo no mayor a treinta desarrollo de la garantía fiduciaria contenida en los dos certificados ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ anteriormente mencionados, y seis (36) meses, contados desde la fecha en especial cualquier acto de desembolso transferencia del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas dominio del inmueble entregado en fiducia e identificado en el hecho 2.7 de la presente demanda. 5. Que en consecuencia se oficie a la oficina de registro de instrumentos públicos de Santafé de Bogotá para que proceda a cancelar las inscripciones de actos de transferencia del dominio declarados inoponibles según la pretensión 4 anterior. 6. Que se condene a los demandados al pago de las costas, agencias en derecho y honorarios del honorable tribunal”. “Tercer grupo de pretensiones subsidiarias En el evento de que el honorable tribunal no resuelva favorablemente todas las pretensiones principales ni todas las del primer y segundo grupo de pretensiones subsidiarias atrás señaladas, solicito se resuelvan las siguientes pretensiones subsidiarias: 1. Que se declare la nulidad relativa de la consideración tercera y de las palabras contenidas en las cláusulas sexta y undécima del contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ indicadas en la pretensión primera del segundo grupo de compraventapretensiones subsidiarias, independizada e inscrita ya que el representante legal suplente de dicha sociedad excedió sus facultades estatutarias para representarla al aceptar dichos apartes. 2. Que como consecuencia de la declaratoria de nulidad de dichos apartes del contrato, se ordene la restitución de las cosas a su estado anterior, ordenando para ello lo siguiente: 2.1. Que se anulen los certificados de garantía 091/97/4100105/03 y 091/97/4100105/05 expedidos por la sociedad Fiduciaria Empresarial, Fiduempresa S.A., en registros públicosdesarrollo de los apartes anulados del contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ya mencionado. 2.2. Que se ordene a UCN, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito Sociedad Fiduciaria S.A., abstenerse de enajenar los bienes fideicomitidos y en general de hacer efectiva la garantía fiduciaria contenida en los términos establecidos dos certificados ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ anteriormente mencionados. 2.3. Que se ordene la anulación de todos los actos jurídicos que se hubieren celebrado antes de la sentencia por parte de Fiduciaria Empresarial S.A., o su sucesora UCN, Sociedad Fiduciaria S.A., en desarrollo de la garantía fiduciaria contenida en los dos certificados ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ anteriormente mencionados, y en especial de cualquier acto de transferencia del dominio del inmueble entregado en fiducia e identificado en el hecho 2.7 de la presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesdemanda. 1.4 EL CLIENTE 2.4. Que en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO consecuencia se oficie a la emisión oficina de un titulo valorregistro de instrumentos públicos de Santafé de Bogotá para que proceda a anotar que no tiene validez las inscripciones de actos de transferencia del dominio anulados según la pretensión 2.3 anterior. 3. Que se condene a los demandados al pago del las costas, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla agencias en la cláusula Décima Cuartaderecho y honorarios del honorable tribunal”.

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Sources: Arbitral Award

OBJETO. 1.1 Mediante el 1.- Es objeto del presente contrato EL BANCO otorga título la regulación de la con- cesión y renovación anual de las licencias administrativas para la tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos, a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones los que se detallan refiere la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos así como la regulación del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos y de la Tasa por la concesión y renovación de la licencia indicada. 2.- Quedan excluidos de la aplicación de las presentes disposiciones específicas los perros y animales pertene- cientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial. 3.- El presente título III tiene carácter de especial apli- cación para las razas de perros potencialmente peligro- sos, de tal modo que para todo lo no previsto en él y sin perjuicio de la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato normativa de carácter estatal o autonómico vigente, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo resto del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento articulado de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónOrdenanza. Artículo 18º.-Definición de Animal Potencialmente Peligroso. 1.2 Asimismo1.- Se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que perteneciendo a la fauna salvaje, mediante siendo uti- lizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a cosas. 2.- En particular tendrán la calificación de potencial- mente peligrosos, los animales domésticos o de compa- ñía que reglamentariamente se determine por el presente contratoEstado, en el caso particular los pertenecientes a la especie canina, inclui- dos dentro de bien terminado una tipología racial que por su carácter agresivo, tamaño o mejoramiento potencia de viviendamandíbula tengan capaci- dad de causar la muerte o lesiones a las personas, EL CLIENTE constituye primera, preferente otros animales y exclusiva hipoteca sobre el inmueble daños a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadolas cosas. 1.3 3.- En todo caso de bien futuro, se entenderá que concurre en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con ani- mal las características pactadas de carácter agresivo, con posibili- dad de causar la muerte o lesiones a las personas, otros animales y daños a las cosas, aquellos ejemplares que, aun no incluidos en el contrato una relación administrativa, hayan atacado una vez a personas, animales o producidos daños en las cosas siendo objeto de compraventa, independizada denuncia e inscrita en registros públicos, imposi- ción a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en sus propietarios de sanción o condena por los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesórga- nos administrativos o jurisdiccionales. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Regulations on Municipal Damage and Noise Control

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga El Contrato tiene por objeto que AGUAS DE LA SABANA S.A ESP-ADESA prestadora), en adelante la persona prestadora, preste los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado sanitario al interior de la zona urbana del Municipio de Chinú-córdoba, siempre que las condiciones técnicas de la persona prestadora lo permitan, a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición cambio de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, precio en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratodinero, el cual se describe en el Anexo 1, determinará de conformidad con la normatividad vigente. Se excluye de esta área las zonas que será utilizado cuenten con las siguientes características: a) Sectores catalogados como zonas de muy alto riesgo y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónalto riesgo. 1.2 Asimismob) Sectores de Rondas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y/o quebradas, mediante planicies de inundación de corrientes de agua naturales tales como ▇▇▇▇, lagunas, embalses, quebradas, caños o drenajes naturales o artificiales de aguas lluvias c) Sectores que se encuentren por encima de la cota de servicio definida por Aguas de la Sabana S.A. E.S.P. d) Asentamientos humanos, invasiones y en general barrios que no se encuentren legalmente establecidos, ni registrados como barrios legalizados ante Planeación Municipal. Las Condiciones Técnicas de Acceso que Tiene que Satisfacer el presente contratoInmueble son: 1. Estar ubicado dentro del perímetro de servicio, tal como lo dispone el parágrafo segundo del artículo 12 de la Ley 388 de 1997. 2. Contar con la Licencia de Construcción cuando se trate de edificaciones por construir, o la cédula catastral en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoobras terminadas. 1.3 3. Estar ubicado en zonas que cuenten con vías de acceso o espacios públicos y redes de acueducto o alcantarillado sanitario requeridas para adelantar las redes locales y las conexiones domiciliarias que permitan atender las necesidades del inmueble. 4. Estar conectado al sistema público de alcantarillado sanitario, cuando se pretenda la conexión al servicio de acueducto, salvo lo establecido en el artículo 4o. del Decreto 229 del 2002 del Ministerio de Desarrollo Económico. 5. Contar con un sistema de tratamiento y disposición final adecuada de aguas residuales debidamente aprobado por la autoridad ambiental competente, cuando no obstante, ser usuario o suscriptor del servicio de acueducto, no exista red de alcantarillado sanitario en la zona del inmueble. 6. Los usuarios industriales y/o especiales de alcantarillado sanitario que manejen productos químicos y derivados del petróleo deberán contar con un plan de contingencia que garantice que bajo ninguna condición se corre el riesgo de que estas sustancias lleguen al sistema público de alcantarillado sanitario. 7. La conexión al sistema de alcantarillado sanitario de los sótanos y semi-sótanos podrá realizarse previo el cumplimiento de las normas técnicas fijadas por AGUAS DE LA SABANA S.A. E.S.P. 8. Contar con tanque de almacenamiento de agua cuando AGUAS DE LA SABANA S.A. E.S.P lo solicite por condiciones técnicas del servicio. Los tanques de almacenamiento deberán disponer de los elementos necesarios para evitar los desperdicios y la contaminación del agua y deberán ajustarse a las normas establecidas en el Código Colombiano de Fontanería Norma ICONCTEC 15000. 9. En edificaciones de tres (3) o más pisos, contar con los sistemas hidroneumáticos, bombeos y almacenamientos internos necesarios para permitir la utilización eficiente de los servicios. 10. En caso de bien futuroque en el municipio existan edificios en los cuales la presión mínima no sea suficiente para llegar a los apartamentos más altos, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados cada uno de ellos debe tener su propio sistema hidroneumático o de bombeo de agua interno para producir las presiones suficientes que permitan llevar el agua hasta los apartamentos más altos. Se prohíbe instalar bombeos directos desde la fecha red pública, es decir, siempre debe instalarse un tanque de desembolso succión al cual debe llegar el agua desde la red de distribución del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesacueducto municipal. 1.4 EL CLIENTE en representación 11. Las instalaciones de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a los equipos hidroneumáticos y demás redes internas deben cumplir con la emisión norma técnica NTC-1500, Código Colombiano de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima CuartaFontanería.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios Públicos

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma 3.1. El objeto del presente contrato , con Contrato es la finalidad de financiar la adquisición constitución de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe fideicomiso para llevar a cabo un proyecto inmobiliario sujeto a las pautas fijadas en el Anexo 1I – Pautas sobre Urbanización- y que contempla la compra del Inmueble, la construcción de la Obra, la división de la tierra separando la Fracción Imputada a este contrato; el sometimiento al régimen legal de los Conjuntos Inmobiliarios para la formación del Barrio cerrado Santa Clara al Sur y la posterior adjudicación de las parcelas resultantes a los Beneficiarios conforme su propuesta de participación. Todo ello con sujeción y arreglo a las previsiones del CONTRATO y sus ANEXOS y bajo la modalidad de “Fideicomiso Inmobiliario de Construcción al Costo” con ajuste de cuotas por el índice de la CAC, según lo expresado en los documentos comerciales. En definitiva, el CONTRATO permitirá la organización de un consorcio de construcción al costo, destinado al desarrollo, realización y concreción de la Obra, bajo la manda y fiducia conferida y depositada en el FIDUCIARIO, por lo que será utilizado y destinado por EL CLIENTEnada de lo previsto seguidamente podrá ser interpretado como, única y exclusivamenteni implicará, como casa habitacióncompraventa de las unidades resultantes y/o sociedad entre los Fiduciantes y/o locación de obra y/o cualquier otro acto o figura que no sea la del contrato de fideicomiso aquí previsto, renunciando los Fiduciantes y/o eventuales cesionarios a invocar cualquier norma o disposición y/o efectuar cualquier reclamo para pretender lo contrario a lo previsto. 1.2 Asimismo, mediante 3.2. Los FIDUCIANTES se obligan a aportar los fondos necesarios para que el presente contratoFIDUCIARIO, en su nombre y representación, realice los siguientes actos: a) adquiera el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca Inmueble sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía la cuál se desarrollará la ETAPA V del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.Bario Cerrado;

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Sources: Fideicomiso

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaLa EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BOGOTÁ S.A. E.S.P., en cuyo caso no será adelante ETB, está interesada en recibir ofertas para contratar el servicio de aplicación administración y gestión para la operación presencial Servicio y Back Aseguramiento servicio y Operación presencial ventas (ventas nuevas, crosselling) y back aprovisionamiento venta en las condiciones, forma y lugar(es) indicados por ETB, así como el atributo suministro y administración del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento recurso necesario para dar cumplimiento a lo requerido por ETB, de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratoconformidad con los términos de referencia y el Manual de Contratación de ETB, el cual se describe está publicado en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónla página ▇▇▇. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado▇▇▇. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito ▇▇▇.▇▇. Las cantidades informadas en los términos establecidos son estimadas, así como el precio del o los contratos que llegaren a celebrarse y tendrán un cupo de recursos estimado que podrá o no agotarse. El oferente acepta las condiciones anteriores con la presentación de la oferta y en consecuencia, renuncia a intentar efectuar reclamación alguna con ocasión del resultado de la ejecución contractual. Se tendrá en cuenta para la asignación del servicio durante la ejecución del contrato, los mejores estándares de calidad, resultados, oportunidad y conveniencia en la prestación integral del servicio entre los contratistas seleccionados para cada actividad; Por tanto, si como resultado de la ejecución contractual se presenta la necesidad de trasladar recursos de un contrato a los otros, el facultado para contratar enviará comunicación escrita a los CONTRATISTAS en las que se informe de la decisión y se formalizará de conformidad con lo dispuesto en el presente contrato para Manual de Contratación de ETB. Como resultado de lo anterior, se realizarán al interior de ETB los bienes terminadosajustes a las reservas presupuestales. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Grupo no. 1. Operación presencial servicio Atención presencial Insourcing y outsourcing Back aseguramiento servicio Insourcing y outsourcing Grupo no. 2 Operación presencial ventas Atención venta nueva y crosselling Insourcing y outsourcing Back aprovisionamiento ventas Insourcing y outsourcing 1.1.1. DESCRIPCÍÓN DEL SERVICIO ▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇ ▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇. ▇ Operación presencial servicio (Atención presencial y back aseguramiento servicio) Grupo no. 2 Operación presencial ventas. (Atención ventas nuevas, crosselling y back aprovisionamiento ventas) Los presentes términos de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual referencia no podrá exceder de 12 mesestienen valor y no constituyen oferta mercantil. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Service Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante 2.1. El presente CONVENIO tiene por objeto que el presente contrato EL ADMINISTRADOR pague al BANCO otorga la Bonificación de Tasa aprobada respecto de los Préstamos Elegibles, determinados por la Autoridad de Aplicación, destinados a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan financiar a los Beneficiarios conforme descripto en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1cláusula PRIMERA, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso encuadren dentro del marco de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos establecidas en el presente contrato para los bienes terminadosConvenio, en la Ley 27.424 con sus modificatorias, en su Decreto Reglamentario y en el Contrato de Fideicomiso suscripto entre Fiduciante y Fiduciario con fecha 28 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2019, como demás normativa aplicable y cuyo destino de crédito sea el establecido conforme la descripción de la citada clausula. 2.2. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOA tales efectos, el cual no podrá exceder ADMINISTRADOR bonificará los Puntos Porcentuales de 12 mesescada Préstamo Elegible. 1.4 EL CLIENTE 2.3. El ADMINISTRADOR únicamente deberá pagar la Bonificación de Tasa respecto de aquellos Préstamos Elegibles, instruidos por la Autoridad de Aplicación, otorgados dentro del Plazo Máximo para Contabilizar y cumpliendo las condiciones previstas en representación el presente Convenio. Se considerará que un Préstamo Elegible ha sido otorgado si el BANCO efectuó el/los desembolso/s al Beneficiario. 2.4. El ADMINISTRADOR pagará la Bonificación de Tasa exclusivamente con fondos del Fideicomiso. 2.5. Sujeto a lo establecido en este CONVENIO, el BANCO cobrará la Bonificación de Tasa siempre que el Beneficiario le abone las cuotas y los intereses debidos bajo el Préstamo Elegible. 2.6. Las PARTES dejan constancia de que la Bonificación de Tasa no es ni constituye garantía de las obligaciones contraídas por que el presente crédito autoriza a EL Beneficiario deba al BANCO en virtud ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Elegible y que, ante cualquier Causal de Cese o Causal de Suspensión, el ADMINISTRADOR no tendrá obligación de pagar la Bonificación de Tasa respecto de aquellos Préstamos Elegibles que hayan incurrido en una Causal de Cese o en la Causal de Suspensión. 2.7. Las PARTES acuerdan que a la emisión Bonificación de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo Tasa que se detalla en la cláusula Décima Cuartaotorgue, se le podrán adicionar, según corresponda, otras bonificaciones provenientes de cualquier dependencia estatal, sea nacional, provincial y/o municipal.

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Sources: Convenio De Bonificación De Tasas De Interés

OBJETO. 1.1 Mediante El CONTRATISTA se compromete a entregar e instalar a título de compra venta, DIECISIETE (17) TOLDAS PARA VOLQUETA DOBLE TROQUE, UNA (1) TOLDA PARA VOLQUETA SENCILLA Y DOS (2) CARPAS TIPO CASA PARA ALOJAMIENTO DE UN PELOTÓN PARA SER UTILIZADAS EN EL PROYECTO CARRETERA LA ▇▇▇▇▇▇▇▇, TRAMOS LA SAN ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ Y BARAYA COLOMBIA, de acuerdo a lo requerido en el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y pliego de condiciones que se detallan en antecedió la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a celebración de este contrato y la firma propuesta presentada y aceptada, la cual hace parte integral del presente contrato contrato. PARÁGRAFO PRIMERO.- El pliego de condiciones a que hace referencia esta cláusula, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casoespecialmente su Capítulo cuarto, o el mejoramiento de viviendadenominado Condiciones Contractuales Generales, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio se entiende incorporado al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, aun cuando en este no se reproduzca su contenido. En el caso evento en que se presente alguna contradicción entre, de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOuna parte, el cual pliego de condiciones y este contrato, y de otra, la propuesta presentada por el CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. PARÁGRAFO SEGUNDO.- Sin autorización previa y escrita de FONADE, previo concepto de la supervisión, el CONTRATISTA no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación apartarse de las obligaciones contraídas por que le resultan exigibles en virtud del presente contrato. En el presente crédito autoriza evento en que lo haga, perderá el derecho a EL BANCO reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de su decisión y será responsable de los daños que, como consecuencia de ella, le cause a FONADE, sin perjuicio de la emisión que seguirá vigente su obligación de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) ejecutar el mismo que se detalla objeto contractual en la cláusula Décima Cuartasu totalidad.

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Sources: Compra Venta

OBJETO. 1.1 Mediante El presente Pliego de Condiciones tiene por objeto regular el procedimiento de licitación del suministro eléctrico de la APB, de las entidades participadas por ésta (CILSA, WTCB y PORT 2000) y de las empresas privadas ubicadas en la zona de servicio del Port de Barcelona que se han adherido al grupo de compra del Port de Barcelona. La APB y las entidades participadas por ésta (WTCB, CILSA y PORT 2000) se encuentran obligadas a contratar el servicio de suministro eléctrico con la/s comercializadora/s y en las condiciones que resulten de la adjudicación. Las entidades participadas por la APB (CILSA, PORT 2000 y WTCB) han acordado participar en la licitación objeto de este pliego y se han comprometido ante la APB a aceptar el resultado de la misma y a contratar el suministro de energía eléctrica con el adjudicatario de la presente licitación. La Autoridad Portuaria de Barcelona, de esta manera, actúa en representación de ella misma y de las empresas participadas por ella. El resto de empresas privadas que participan en la licitación podrán optar, en las condiciones previstas en el presente pliego, entre contratar o no contratar el referido servicio de suministro eléctrico de sus puntos con la/s comercializadora/s que resulte/n adjudicatarias de la licitación. La comercializadora adjudicataria restará a las resultas de esta decisión, sin que en caso de no contratar el citado servicio de suministro eléctrico con la/s comercializadora/s adjudicataria/s en el presente procedimiento de licitación, ésta/s adquieran ningún tipo de derecho. La/s empresas comercializadoras adjudicatarias podrán exigir garantías en los contratos realizados con empresas privadas. Éstas garantías serán establecidas por la/s comercializadoras en base a un estudio previo de solvencia y sólo podrán exigirse en caso de que dicho estudio concluya que existe riesgo de impago. En la definición de los lotes de contratación se ha diferenciado el hecho de pertenecer al grupo con obligatoriedad de contratación (APB, WTCB, CILSA y PORT 2000) o de pertenecer al grupo que tienen opción a contratar pero no están obligados a hacerlo (Empresas privadas). Así pues, los lotes se han confeccionado en base a las tarifas de acceso y en base al compromiso de contratación. Las empresas que forman parte del grupo de compra del Port de Barcelona son las siguientes: AUTORITAT PORTUÀRIA DE BARCELONA Q0867012G CENTRO INTERMODAL DE LOGÍSTICA S.A. A60016292 PORT 2.000 G58535121 WORLD TRADE CENTER S.A. BARCELONA A59390948 ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ S.A.U. A58537804 ERGRANSA A08180317 MARINA BARCELONA 92, S.A. A59119917 PORTCEMEN, S.A. A08279390 TERMINAL DE CONTENIDORS BARCELONA (TCB) B62120175 Ecológica Ibérica y Mediterranea S.A. A-58565755 COTRANSA S.A. A11010352 HELICES Y SUMINISTROS NAVALES,S.L. B60698347 AUTOTERMINAL A59140764 RECEPTORA DE LIQUIDOS, S.A. A08145385 ▇▇▇▇▇▇,S.A. A08211138 A. HARTRODT ESPAÑA, S.A. A08654139 INDUKERN S.A. A08135055 KOALAGAS, S.A. A61273512 ▇▇▇▇▇▇, ▇.▇. A08766099 UTE REMOLCADORES DE BARCELONA - SAR U62399209 ▇▇▇▇▇ CARGO CARE, S.A. A60252962 Fundación Cares G61852000 UNIVERSAL GLOBAL LOGISTICS, S.A. A17000704 CTC EXTERNALIZACIÓN SL B609241131 PETROMIRALLES PORT SL B63244719 DELEGACIÓ DIOCESANA DE L'APOSTOLAT DEL MAR R5800072J TRANSCATALA S.L. B25013129 Los puntos de suministro y el volumen de consumo anual estimado (en base a consumos pasados) de este contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación para la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB), WTCB, PORT 2000 y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones CILSA son los que se detallan relacionan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaAnexo I, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe incluye la relación de los puntos de consumo, sus características, las fechas de vencimiento de los contratos vigentes actuales, los consumos estimados anuales y las potencias contratadas para cada lote de contratación. Los puntos de suministro y el volumen de consumo anual estimado máximo de este contrato para las EMPRESAS PRIVADAS integradas en el grupo de compra del Port de Barcelona se adjuntan al Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoII, en el caso cual se incluye la relación de bien terminado o mejoramiento los puntos de viviendaconsumo, EL CLIENTE constituye primerasus características, preferente las fechas de vencimiento de los contratos vigentes actuales, los consumos estimados anuales y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor las potencias contratadas para cada lote de EL BANCO en garantía del crédito otorgadocontratación. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Suministro De Energía Eléctrica

OBJETO. 1.1 Mediante 1. El objeto del presente Documento de Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación es regular las condiciones técnicas, económicas y administrativas que han de regir en la contratación de los servicios de Agencia de Viajes en sus instalaciones de la calle Nuncio nº 8 de Madrid, estableciendo una oficina de viajes (modalidad “implant”) que estará atendida por personal de la entidad adjudicataria con el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones número de personas que se detallan estime conveniente para cubrir las necesidades que se produzcan. 2. El horario de la oficina de viajes que se establezca en la hoja resumen sede de la Federación será de 9.00 a 17.00 horas (de lunes a jueves) y de 9.00 a 15.00 horas (los viernes y fechas establecidas como jornada intensiva por la FEMP para sus trabajadores y profesionales). Existirá también un servicio telefónico de 24 horas para las urgencias y solicitudes fuera del horario habitual de la FEMP. La presentación de ofertas sin contemplar el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad establecimiento de esta oficina dentro de la FEMP, servicio conocido como modalidad “implant”, será causa suficiente para proceder a la firma del exclusión y rechazo de la oferta en el proceso de licitación. 3. Asimismo, se entienden incluidas en los servicios objeto de la presente contrato licitación las siguientes actividades: - Asesoramiento e información sobre las actividades de viajes profesionales y turísticos, así como sobre viajes en avión, tren o barco, de conformidad con las disposiciones y normativas de las diferentes compañías nacionales o extranjeras, asesorando e informando sobre horarios, itinerarios, tarifas, servicios, etc. Esta actuación incluye la finalidad de financiar la adquisición elaboración de un plan de viajes para la actividad general de la FEMP. - Tramitación de las solicitudes de billetes, reservas y emisión de billetes correspondientes, aplicando las ventajas ofrecidas por las distintas empresas transportistas, ya sean nacionales o extranjeras y entrega de dicha documentación en las instalaciones de la FEMP sin cargo específico por los gastos de envío o mensajería. - Reserva de plazas hoteleras y emisión de los bonos correspondientes, bien terminado propios o bien futuro y accesorios de ser otras empresas turísticas, de alojamiento, transporte u otros títulos o documentos necesarios para la realización completa de los servicios incluidos en el casobono, en función de las peticiones recibidas desde la FEMP. - Respecto a las reservas ▇▇ ▇▇▇▇▇ en establecimientos hoteleros, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1otro tipo, que será utilizado y destinado por EL CLIENTEpueda solicitar la FEMP para la celebración de congresos o convenciones, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante la empresa licitadora se compromete a gestionar el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble servicio a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadola FEMP sin incrementar el precio con el que esos establecimientos comercialicen directamente el servicio. - Tramitación y reservas de coches de alquiler, con o sin conductor, respetando los acuerdos firmados con las diferentes compañías de alquiler de coches. - Cualquier otra gestión propia de la actividad de la empresa adjudicataria y que sea requerida por la FEMP. 1.3 4. En caso de bien futurolos casos anteriores, y en un plazo no mayor a treinta y seis (36) mesescualquier otro que pudiera presentarse, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE empresa licitadora se obliga a tener informar y ofrecer a la FEMP las condiciones económicas más ventajosas para el servicio requerido que por su vivienda debidamente terminada experiencia y conocimiento pueda alcanzar en función de la disponibilidad existente. 5. Los servicios turísticos que se soliciten podrán referirse tanto a servicios vacacionales como viajes profesionales o de trabajo, y les será aplicable la normativa turística vigente en materia de depósito, anticipos y gastos de cancelación y /o anulación. 6. La FEMP se compromete a solicitar con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicosexclusividad a la empresa adjudicataria, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en través de la agencia indicada, todos los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud servicios de EL CLIENTE debidamente sustentadodesplazamiento, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder alojamiento o cualesquiera otros propios de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación agencia de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo viajes que se detalla en precisen como consecuencia de la cláusula Décima Cuartaactividad laboral o profesional desarrollada por esta organización.

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Sources: Cláusulas Administrativas Y Bases Para La Contratación De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante el la suscripción del presente contrato EL BANCO otorga acuerdo de voluntades, se conviene vincular al AFILIADO INDEPENDIENTE a EL CLIENTE -previa evaluación la red de mercadeo WINGS MOBILE para que desarrolle de manera totalmente independiente, sin que exista ningún tipo de subordinación laboral, las actividades propias del mercadeo en red o de mercadeo multinivel, de acuerdo a lo estipulado en la Ley 1700 de 2013 y calificación crediticia- demás normas complementarias relacionadas con la materia. El Programa de Afiliación es un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstesistema, por medio del cual, el importe AFILIADO INDEPENDIENTE recibirá de WINGS MOBILE una cantidad económica en concepto de retribución por promoción y condiciones venta de sus productos o servicios que se detallan lleve a cabo en cada operación comercial realizada a/por clientes finales, personas naturales o empresas, de modo directo, presencial y/o registradas en la hoja resumen oficina virtual (BACKOFFICE) del AFILIADO INDEPENDIENTE. Cuando el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido cliente realice la compra de alguno de los servicios y/o productos ofrecidos por WINGS MOBILE, se procederá con anterioridad el pago de las comisiones generadas al AFILIADO INDEPENDIENTE. PARÁGRAFO PRIMERO.- Los productos corresponden a la firma del presente contrato smartphones, con la finalidad computadores portátiles y de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro escritorio y accesorios marca WINGS MOBILE. PARÁGRAFO SEGUNDO.- El servicio de ser el casotelefonía móvil ofrecido por WINGS MOBILE COLOMBIA S.A.S., o el mejoramiento será prestado a través del proveedor SUMA MOVIL S.A.S. WINGS MOBILE ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ PARÁGRAFO TERCERO.- Los Servicios Nativos Wings serán suministrados directamente por WINGS MOBILE COLOMBIA S.A.S., y son los siguientes: i) Llamada VOIP ii) Llamada segura (Secure Call), iii) Segundo número (Second Number), iv) Roaming internacional (World Roaming Free), v) Free call y vi) Seguridad en uso de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónaplicaciones (Guardian). 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Affiliate Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante 1.1. Las presentes estipulaciones son parte integrante del Contrato Marco de Productos y Servicios Financieros (el “Contrato Marco”) ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Finance Bank, S.A. (en adelante, “Miraltabank” o el “Banco”) y tienen por objeto determinar las condiciones aplicables al servicio de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras que prestará Miraltabank (el “Servicio de Gestión”) bajo el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Contrato de Gestión Discrecional e Individualizada de Carteras (el “Contrato”). El Servicio de Gestión se presta sobre la cuenta de valores y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado de efectivo identificadas por ésteMiraltabank como “Cuenta(s) de Gestión”. • La cuenta de valores sobre la que recae el Servicio de Gestión se regirá, en lo que resulte aplicable, por el importe y Anexo de Cuentas de Valores que forma parte del presente Contrato Marco. • El efectivo depositado en dicha cuenta se regirá por las condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad del Anexo de Cuenta a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera Vista que forma parte del presente Contrato. Posteriormente, en los próximos meses Miraltabank notificará al Cliente el IBAN al que queda asociada la Cuenta a la Vista. 1.2. La Cuenta de Valores y Cuenta a la Vista deben quedar afectas exclusivamente al Servicio de Gestión y por tanto constituyen la “Cartera Gestionada” objeto del Servicio de Gestión bajo el presente Contrato. 1.3. La gestión recaerá exclusivamente y no podrá superar, en ningún momento, salvo en los supuestos y límites que establezca la Comisión Nacional ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de Valores, el cual se describe patrimonio aportado inicialmente o en sucesivas ocasiones por el Anexo 1Cliente a la Cartera Gestionada, que será utilizado y destinado así como los rendimientos generados por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, dicho patrimonio (en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOadelante, el cual no podrá exceder de 12 meses“Patrimonio Gestionado”). 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contratación De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante 2.1 El objeto de la presente Adenda es incorporar al Contrato de Concesión como obligación a cargo del Concesionario la ejecución de las obras que se describen a continuación, y cuyo detalle se encuentra en el Anexo N° 1 del presente contrato EL BANCO otorga instrumento: a) La reubicación de la estación ferroviaria de Hidroeléctrica, para lo cual se construirá una nueva estación ferroviaria para los usuarios del tramo Machu Picchu-Hidroeléctrica en la localidad de Intihuatana. El terreno a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteser utilizado para la ejecución de esta inversión ha sido ya identificado, siendo éste de propiedad de la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. – EGEMSA, es decir, de una empresa del Estado. En tal sentido, desde la firma de la presente Adenda, el Concesionario se obliga a realizar las gestiones necesarias para obtener el derecho de superficie que le permita utilizar el terreno para la implementación de la infraestructura, por el importe y condiciones período que dure la Concesión o hasta que el Concedente obtenga la titularidad del terreno, conforme se detallan detalla en el párrafo siguiente, lo que ocurra primero. El Concesionario asumirá los costos vinculados al contrato de superficie. Las Partes dejan expresa constancia que sin perjuicio de la hoja resumen suscripción del contrato de derecho de superficie antes mencionado, durante la vigencia del mencionado contrato, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaConcedente, en cuyo caso no será de aplicación virtud del artículo 41° del Decreto Legislativo N° 1192, realizará los actos necesarios para que el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento terreno requerido para la ejecución de la cuota inicialinversión sea afectado, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratode manera gratuita, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía la Concesión. Tales actos incluirán realizar las gestiones necesarias para obtener la declaratoria de interés y necesidad pública. Corresponderá al Concedente que al vencimiento del crédito otorgado. 1.3 plazo del Contrato de Concesión dicho terreno sea de titularidad del Concedente. En caso atención a lo señalado, durante la vigencia del contrato de bien futurosuperficie, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE el Concedente se obliga a tener iniciar ante EGEMSA, FONAFE, SBN, y demás autoridades competentes, los trámites y procedimientos correspondientes para lograr la independización del área en la que se erigirá la estación Hidroeléctrica y su vivienda debidamente terminada con las características pactadas transferencia en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, propiedad a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda favor del Concedente para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO su afectación a la emisión de un titulo valorConcesión, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartaaplicación del artículo 41° del Decreto Legislativo N° 1192.

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Sources: Contrato De Concesión

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto de este pliego es definir las especificaciones técnicas y funcionales así como los criterios de valoración de las mismas que regirán el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteConcurso de Contratación de Servicios de Telecomunicaciones de voz, por tanto fijos como móviles, datos, e Internet del Ayuntamiento de Carboneras. Es objetivo primordial de este concurso que el importe y condiciones coste que se detallan resulte del mismo, no solamente sea el menor posible, sino fundamentalmente que repercuta en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad servicios a la firma ciudadanía y al propio personal del presente contrato Ayuntamiento. Para ello, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento alcance de la cuota inicial, establecidos oferta deberá:  Garantizar una alta disponibilidad de los servicios de comunicación en las mejores condiciones económicas.  Ofertar aplicaciones e infraestructuras de servicios móviles y fijos orientados a empleados del Ayuntamiento y a ciudadanos.  Ofertar aplicaciones e infraestructuras de servicios móviles y fijos orientados a mejorar la Clausula Tercera fiabilidad y disponibilidad de infraestructuras de datos del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónAyuntamiento. Cód. Validación: 6MGSKXYZZPE4MKEH7WS4FJMMS | Verificación: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados ▇▇/ Documento firmado electrónicamente desde la fecha plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de desembolso 29 La finalidad del créditoproyecto es modernizar, EL CLIENTE equipar y comunicar las diferentes dependencias o sedes municipales. Para ello, se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos propone en el presente contrato pliego implantar un sistema de telefonía y servicios de red de datos, que ofrezcan la posibilidad de responder a las necesidades de gestión e integración de llamadas y nuevos servicios, ahorro de costes, implantación y mejora en las comunicaciones tanto de voz como de datos, etc… El servicio prestado deberá disponer, de forma general, de las máximas funcionalidades permitidas por la tecnología. A la conclusión del mismo, todas las sedes deberán estar conectadas y con funcionalidad completa para el servicio de telefonía y de datos en todos los bienes terminadospuestos. Dicho plazo podrá ser ampliado El alcance de los trabajos especificados en este pliego comprende la dotación, instalación, configuración y puesta en marcha, así como la gestión y el mantenimiento de todos los elementos constituyentes de los servicios ofertados, para garantizar su plena operatividad, que deberá mantenerse durante todo el periodo de vigencia del contrato. Incluye asimismo el servicio de atención a solicitud los usuarios para la atención de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder consultas e incidencias de 12 mesesuso. 1.4 EL CLIENTE en representación 1 La solución propuesta por la empresa adjudicataria deberá estar formada por elementos y sistemas de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza última generación, los cuales no podrán tener vínculo alguno con cualquier proveedor de servicios, siendo independiente de éstos y pudiendo incluso alojar sobre la misma infraestructura a EL BANCO diversos proveedores. En todo momento, se buscará la convergencia de los servicios de voz y datos, tanto a nivel de móvil como de fijo. Todo ello relacionado con aplicaciones informáticas. Se persigue una integración total de redes y servicios, permitiendo a los usuarios un manejo transparente de estas tecnologías. Deberán atenderse necesidades actuales y futuras, siempre guardando la emisión convergencia de un titulo valortodos los servicios y con garantías totales del mejor funcionamiento posible. El servicio a contratar tendrá una duración de 4 años. Es necesario y obligado incluir todos los costes que pueda tener la solución presentada, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla y cuantificarlos en la cláusula Décima Cuarta.oferta económica (mantenimiento, intervenciones de personal, costes de nuevas altas, cuotas de alquiler de equipos, cuotas por terminales, cuotas por número fijo, por RDSI, por ADSL o por cualquier tipo de servicio que implique un gasto fijo mensual para el Ayuntamiento). Clasificamos, en este pliego, los servicios de la siguiente forma:  Telefonía Fija  Datos e Internet  Telefonía Móvil

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Sources: Telecommunications

OBJETO. 1.1 Mediante Constituye el presente objeto de este contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación la prestación del servicio de conservación y mantenimiento de las instalaciones del alumbrado público y servicios eléctricos en los bienes de propiedad municipal. El contrato definido tiene la calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstede contrato administrativo de servicios, tal y como establece el art. 10 del Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el importe y condiciones que se detallan aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Vocabulario Común de Contratos Públicos; 50800000-3, “Servicios varios de reparación y mantenimiento”. La prestación de este servicio comprenderá las siguientes tareas y funciones: - Revisión del funcionamiento del alumbrado en cada una de las calles, cuando se detecte algún fallo de iluminación en la hoja resumen vía pública. Para la subsanación de las averías se repondrán lámparas, equipos, luminarias, reactancias, fusibles, fotocélulas, contactores, relojes, cuadros de mando, etc. Se revisarán las conexiones de los conductores con los cuadros de alumbrado, o con las luminarias. - Las fijaciones de báculos o brazos, en pavimentos o fachadas, que se encuentren deterioradas, serán reparadas para conseguir un anclaje perfecto. - Se repondrán cristales y reflectores de las luminarias, cuando se encuentren dañados o proceder a su limpieza si esta es necesaria. - Retirada de cables de alumbrado público de fachadas de edificios o en pasos aéreos, con motivo de obras o cualquier otra causa, y su reposición. - Montaje y desmontaje del alumbrado especial de las fiestas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. - Reparaciones de cualquier elemento constitutivo de las instalaciones eléctricas o de TV de los edificios propiedad del Ayuntamiento, incluso posibles mejoras que den lugar a modificaciones de estas. Se incluye la sustitución de lámparas, reactancias, luminarias, mecanismos, cuadros de mando y protección, conductores, cajas generales de protección, etc. - Ajuste de los interruptores horarios para seleccionar los periodos idóneos, tanto desde el mismo punto de vista del consumo como del uso. - Revisión de las facturas de consumo y contratos de energía eléctrica con el fin de asesorar al Ayuntamiento en la aplicación de las tarifas más adecuadas en función del coste económico. - Realización y tramitación de acometidas eléctricas especiales, de grandes potencias, con motivo de espectáculos y fiestas. - Asesoramiento técnico en cualquier obra a realizar en el municipio, de competencia municipal, en la que EL CLIENTE declara haber recibido sea necesario contar con anterioridad un técnico especialista en temas eléctricos. - Realización de tramitaciones en la Dirección General de Industria o cualquier organismo público o privado que sea preciso para dar de alta, modificar instalaciones, o realizar las inspecciones periódicas en cumplimiento de la normativa vigente. - Se contará con un servicio de 24 horas para la asistencia urgente ante ciertas incidencias extraordinarias. Los trabajos o tareas se efectuarán cuando la solicite el ayuntamiento, para lo que se enviará un parte de solicitud de servicios a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoempresa adjudicataria, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartaincluirá los puntos a revisar y los problemas detectados.

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Sources: Contract for Public Services

OBJETO. 1.1 Mediante El presente llamado a Licitación Pública tiene por objeto contratar los trabajos necesarios para la construcción ▇▇ ▇▇▇▇ (10) obras complementarias de regulación de caudales, en canales existentes afluentes del Sistema Hídrico del Ao. Golondrinas, ubicados en el presente contrato EL BANCO otorga departamento ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇. Dichas obras, permitirán almacenar agua dulce proveniente del escurrimiento superficial, para su aprovechamiento en el uso ganadero. Asimismo, se construirán represas en predios particulares lindantes a EL CLIENTE -previa evaluación los canales, mediante excavación mecánica del suelo. Las obras proyectadas - de las características indicadas en el Proyecto Ejecutivo, se emplazarán en las progresivas indicadas en la Memoria Descriptiva y calificación crediticia- el Plano General de Ubicación Nº1 – consistirán en el cierre ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ mediante un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstesistema compuesto por: a)Un vertedero de pared delgada construido íntegramente con hormigón armado, que permita erogar un caudal próximo al del diseñó del canal; b)Compuertas tipo guillotinas, dispuestas lateralmente y perpendicular al eje del canal, que se deslizarán sobre recatas de hormigón armado revestidas con ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ plegadas, y serán operadas mediante volantes ▇▇ ▇▇▇▇▇ montados sobre soportes metálicos a una losa de maniobra, con escalera y baranda, y; c) Cuenco de ▇▇.▇▇. disipador de energía aguas abajo. Asimismo, y para facilitar el paso de agua por el importe vertedero y condiciones las compuertas laterales, se realizará aguas abajo y aguas arriba el ensanche de la base de fondo de los canales. Además, y, en ambas márgenes de los canales, está previsto construir muros de sostenimiento del suelo con alas inclinadas a 45º respecto al eje del canal. La fundación de las obras se realizará mediante una platea de hormigón armado de 0,20 m de espesor con vigas de arraigo en los canales de acceso y fuga para control de erosión. El hormigón a utilizar será tipo H-21 s/ clasificación CIRSOC 201, elaborado con cemento Pórtland ARS. La contratista deberá realizar los estudios geotécnicos necesarios para la fundación de las obras; las memorias de cálculo de las mismas y la de los elementos metálicos que se detallan en conformarán las compuertas; planilla ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de hierros; y, la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad confección de los planos del proyecto ejecutivo de cada una de las obras complementarias. de la Inspección de la Obra para su aprobación, dentro de los quince (15) días anteriores a la firma del presente contrato fecha prevista para el inicio de los trabajos. El proyecto ejecutivo completo deberá estar visados por el Colegio Profesional habilitante. Los costos derivados de estas tareas, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, se consideran incluidos en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento los gastos generales de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual obra. Los trabajos precedentes se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas realizarán conforme lo establecido por el presente crédito autoriza a EL BANCO a Informe Técnico elaborado por el ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇; y, los Pliegos: Único de Bases y Condiciones, de Condiciones Complementarias, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares de la emisión Administración de un titulo valor, título la Provincia de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima CuartaSanta Fe.

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Sources: Contratación De Obras

OBJETO. 1.1 Mediante 1.1. AIRE CABLE se obliga a prestar el presente contrato EL BANCO otorga Servicio a todo aquél que lo solicite en condiciones equitativas, sin establecer privilegios o distinciones en forma discriminatoria, de manera continua, uniforme, regular y eficiente, cumpliendo con las normas y metas de calidad establecidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones –en lo subsecuente, el “IFT”–, y conforme a los parámetros de calidad contratados, ofrecidos, publicitados o establecidos por el IFT. 1.2. El Servicio se prestará conforme al plan o paquete que contrate EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste–en adelante, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato“Paquete”–, el cual se describe especifica en la carátula del Contrato, contra el pago por parte de EL CLIENTE de las tarifas vigentes y registradas por AIRE CABLE ante el IFT, que resulten aplicables al Paquete contratado por éste. 1.3. Las tarifas, el Paquete y las condiciones comerciales establecidas en el Anexo 1Contrato podrán ser consultados por EL CLIENTE en el portal de internet AIRE CABLE: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/ –en lo sucesivo, el “Portal de Internet”– o en el buscador de tarifas del Registro Público de Telecomunicaciones del IFT: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇_▇▇▇▇▇/, sin perjuicio de recibirlas por otros medios siempre que así lo autorice EL CLIENTE. 1.4. AIRE CABLE será utilizado el único responsable frente a EL CLIENTE de la prestación del Servicio y destinado no lo discriminará por su origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condición de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o por cualquier otra causa que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Del mismo modo, AIRE CABLE respetará el derecho de EL CLIENTE a la manifestación de las ideas, el acceso a la información y a buscar, recibir y difundir información e ideas en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes aplicables. 1.5. La contratación y cancelación del Servicio y la elección y/o modificación del Paquete se realizará en cualquier momento por EL CLIENTE, única y exclusivamentede forma expresa, como casa habitaciónpor escrito o por cualquier medio con el que cuente AIRE CABLE. 1.2 Asimismo1.6. AIRE CABLE dará a conocer a EL CLIENTE toda la información sobre los Paquetes, mediante el presente contratoservicios, tarifas, requisitos y demás información relevante, previo a la contratación del Servicio, misma que podrá ser consultada, en todo momento, en el Portal de Internet: ▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/. 1.7. El CLIENTE podrá contratar el Servicio de forma empaquetada o desagregada, de acuerdo con los términos y condiciones previstos en el Contrato y con base en las tarifas vigentes y registradas en el IFT. Dicha contratación deberá ser previa y por escrito a través de los medios que habilite AIRE CABLE para esos efectos y no estará condicionada a adquirir equipos, otros servicios u otros valores que ofrezca AIRE CABLE, a menos que existan condiciones técnicas ineludibles. 1.8. AIRE CABLE notificará a EL CLIENTE cualquier modificación a las condiciones originalmente contratadas con quince (15) días naturales de anticipación por el medio previamente autorizado. En caso que EL CLIENTE no esté de bien terminado o mejoramiento de viviendaacuerdo con tales modificaciones, EL CLIENTE constituye primeracontará con un plazo de quince (15) días naturales siguientes a la entrada en vigor de la modificación respectiva para dar por terminado el Contrato, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado.sin 1.3 1.9. En caso de bien futuroque, en un durante el plazo no mayor a treinta y seis (36) mesesforzoso, contados desde la fecha de desembolso del créditoAIRE CABLE modifique las condiciones originalmente contratadas, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con podrá exigir el cumplimiento forzoso del Contrato y, en caso que AIRE CABLE no las características pactadas cumpla, podrá rescindir el mismo sin penalidad alguna y AIRE CABLE deberá pagar la pena convencional establecida en el contrato Contrato. 1.10. El área de compraventa, independizada e inscrita cobertura en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar la que AIRE CABLE prestará el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo Servicio podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 consultada por EL CLIENTE en representación el Portal de las obligaciones contraídas por Internet y en el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo domicilio que se detalla indica en la cláusula Décima Cuarta.carátula del Contrato –en lo subsecuente, el “Establecimiento”–.

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Sources: Contrato Marco De Prestación De Servicios De Televisión Restringida Y/O Acceso a Internet

OBJETO. El Cliente contrata del Operador los servicios de transporte multimodal para el traslado de mercaderías en contenedores, en adelante “los Servicios”, bajo los siguientes términos: 1.1 Mediante El Operador será responsable de recoger los contenedores, donde el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Cliente haya cargado y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteconsolidado la mercadería, desde los puntos de origen establecidos por el importe y condiciones Cliente, para ser transportados vía terrestre por camión hacia el puerto de embarque. Desde el puerto de embarque, los contenedores serán transportados por vía marítima hasta el puerto de descarga, desde donde será trasladada nuevamente por camiones hacia los destinos que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónCliente solicite. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoEl Operador prestará sus servicios en las sucursales del Cliente, en el caso los recintos del Centro de bien terminado Distribución (“CD”) del Cliente, en los domicilios solicitados o mejoramiento en los lugares que se le encomiende. El Operador se compromete a respetar las normas y procedimientos de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO los recintos en garantía del crédito otorgadodonde deba prestar sus Servicios. 1.3 En caso El Operador deberá emplear, para la ejecución de bien futuroeste Contrato, elementos de trabajo propios o de sus subcontratistas, tales como: camiones, embarcaciones (todos adaptados de acuerdo a necesidades técnicas para el traslado de las mercaderías del Cliente según éste lo informe, en un plazo no mayor especial trayectos con destino a treinta zonas lejanas), uniformes, materiales, combustible, aranceles, tasas y seis (36) mesesderechos para el transporte y estacionamiento, contados desde la fecha permisos municipales o portuarios de desembolso del créditocarga y descarga, EL CLIENTE insumos en general, personal, y todo aquello que sea necesario para prestar los Servicios. El Operador se obliga a tener su vivienda debidamente terminada supervisar adecuada y permanentemente la prestación otorgada, velando por que los trabajos que efectúen sus dependientes no causen malestar alguno a los ocupantes del lugar, oficinas o sucursales, y que se realicen con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesla mayor seriedad y eficiencia posibles. 1.4 EL CLIENTE Los Servicios, se prestarán en representación forma continua, con el personal idóneo, con amplio conocimiento de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a funciones que les corresponda realizar, y en la emisión de un titulo valorcantidad que fuere necesario y suficiente, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo labores que se detalla efectuarán en horarios acordes a las necesidades de funcionamiento diario y semanal del Cliente. El Operador tendrá plena libertad para utilizar los medios de transporte que estime conveniente, la cláusula Décima Cuartaque deberá tener la capacidad suficiente para asegurar el cumplimiento de los Servicios. 1.5 El Cliente podrá solicitar al Operador que firme un documento de transporte multimodal de acuerdo con el Anexo A, donde se acredite que el Operador ha tomado los contenedores bajo su custodia y se ha comprometido a entregarlos en conformidad con las cláusulas de este Contrato.

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Sources: Condiciones Contractuales Generales De Transporte Marítimo (Multimodal)

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto de este Pliego de Condiciones Particulares, en adelante PCP, es determinar las condiciones que regulan el proceso de adjudicación por "Procedimiento Abierto" del SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE MOBILIARIO EN ESTACIONES DE TODOS LOS NÚCLEOS DE CERCANÍAS, RODALÍES Y ANCHO MÉTRICO El alcance de la operación y condiciones para su desarrollo figura en los correspondientes Pliegos de Especificaciones Técnicas y sus anexos, que se adjuntan al presente contrato EL BANCO otorga PCP y que los licitadores declaran conocer y aceptar. El presupuesto máximo de licitación, (incluyendo todos los conceptos pertinentes de la licitación) establecido para esta licitación asciende a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado 3.559.733 € (IVA no incluido). Se plantean 4 (cuatro) lotes a los que concurrir individualmente, no siendo obligatoria la concurrencia total a todos los lotes. LOTE 1 BANCOS: importe máximo de licitación 1.550.963 € LOTE 2 PAPELERAS: importe máximo de licitación 932.880 € LOTE 3 VITRINAS: importe máximo de licitación 962.890 € ▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇: importe máximo de licitación 113.000 € No existe compromiso por ésteparte de Renfe Viajeros, por S.A. de alcanzar el importe y condiciones que se detallan adjudicado en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato cada lote. La oferta económica, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1cada lote, que supere dicho presupuesto será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo desestimada. Para todo aquello no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos establecido en el presente contrato PCP y sus anexos, se estará a lo dispuesto en la Instrucción Administrativa IN-SGC-001/08 (Rev. 01), por la que se regulan los procedimientos de contratación de RENFE-Operadora, de fecha 30 de octubre de 2013 (en adelante, “Instrucción”), en aquellas materias en que se efectúe una remisión expresa a las normas de la misma que le sean de aplicación. Durante el año 2013, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 22/2012, de 20 de julio, y su normativa de desarrollo, la entidad pública empresarial RENFE-Operadora acometió un proceso de reestructuración empresarial que supuso la creación de un holding empresarial que ha dado lugar a la creación del "Grupo RENFE-Operadora", del cual forma parte RENFE VIAJEROS, S.A., sociedad cuyo capital pertenece íntegramente a RENFE-Operadora y que ha asumido las funciones y obligaciones que, hasta diciembre de 2013, venía desarrollando la unidad de negocio/área operativa de Viajeros de RENFE-Operadora, motivo por el cual esta sociedad continúa aplicando, transitoriamente, y hasta la aprobación de sus propias instrucciones de contratación, las Instrucciones de contratación que venía aplicando como unidad de negocio/área operativa de Viajeros de RENFE-Operadora, es decir, la INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA IN-SGC-001/08 (Rev. 01) INSTRUCCIONES POR LAS QUE SE REGULAN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE RENFE-OPERADORA". Son de aplicación en esta convocatoria de licitación los siguientes documentos que se indican a continuación, que el licitador declara conocer y aceptar expresamente, con el siguiente orden de prelación: 1. Pliego de Condiciones Generales para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Contratos de EL CLIENTE debidamente sustentadoSuministro de RENFE-Operadora, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder Rev. 4 de 12 mesesJulio de 2003. 1.4 EL CLIENTE 2. Pliego de Condiciones Generales para los Contratos de Prestación de Servicios de RENFE-Operadora, , J Rev. 03, de Julio de 2003. 3. Plan Básico de Prevención de Riesgos laborales para empresas contratistas de RENFE ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 1999. 4. Directrices Generales aplicables a empresas que realicen actividades en representación centros de las obligaciones contraídas por trabajo de RENFE P.O.P/16. Estos documentos están a disposición de los licitadores en el presente crédito autoriza a EL BANCO a apartado “Perfil del Contratante” de la emisión página Web de un titulo valorRENFE, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartadirección: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇.▇▇▇▇ y forman parte íntegramente del presente Pliego. El contrato a establecer como resultado de esta licitación será un contrato de Suministro de acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del Apartado 1 del Capítulo I del Título I de la “Instrucción”.

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Sources: Licitación

OBJETO. 1.1 Mediante Tiene por objeto la prestación del Servicio Integral de Conserjería, Recepción y Entrega a gestor de los residuos urbanos especiales que tengan entrada en el presente contrato EL BANCO otorga Punto Limpio nº 1 de la ciudad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (ubicado en Avenida del Mediterráneo s/n), gestionado por el Excmo. Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, en base a EL CLIENTE -previa evaluación las normas de funcionamiento del mismo, especificadas en el Reglamento de Funcionamiento de Puntos Limpios del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (ANEXO IX) Los residuos a recepcionar serán los urbanos (no orgánicos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado especiales), peligrosos o no peligrosos y RAEEs de procedencia doméstica o asimilables, así como los de pequeñas obras de construcción y reparación domiciliaría (cartón, papel, envases ligeros, vidrio y cristal plano, tubos fluorescentes, lámparas halógenas, pilas, baterías, teléfonos, chatarra, madera, restos de poda, puertas, ventanas, cerrajería, aceites vegetales y orgánicos, muebles, enseres, electrodomésticos, aparatos eléctricos y electrónicos, ropa, calzado, material de impresoras y toners, aerosoles, pinturas y disolventes, etc.), definidos como tales en el art. 11 de la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente y que pueden ser depositados en el Punto Limpio nº 1, directamente por éstelos ciudadanos, y los que el propio Ayuntamiento, a través de la empresa adjudicataria de este Contrato recoja en la ciudad y pedanías, como consecuencia de recogidas puerta a puerta, depositados en vía pública junto a contenedores o en punto limpio móvil. El servicio integral a realizar consistirá en las siguientes actividades: Velar por el buen funcionamiento y orden ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Suministrar información al ciudadano usuario del Punto Limpio sobre el funcionamiento y normas del Centro, asesorándole sobre la presentación de los residuos y de las cantidades máximas diarias a depositar, así como sobre la distribución de los distintos contenedores y de los tipos de residuos admisibles en cada uno de ellos. Auxiliar a los ciudadanos en el depósito de los residuos en el contenedor adecuado, con especial dedicación a personas discapacitadas o de edad avanzada, no pudiendo bajo ningún concepto recibir compensación alguna, monetaria o no, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónesta asistencia. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Concesión De Servicios

OBJETO. 1.1 Mediante En virtud del presente contrato sin requerir un monto mínimo de apertura y sin necesidad de mantener un saldo determinado, el CLIENTE podrá recibir depósitos bancarios de dinero a la vista en moneda nacional provenientes de la cuenta desde la cual, el Patrón transfiera de manera electrónica los depósitos correspondientes al pago ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y demás prestaciones de carácter laboral del CLIENTE. De igual manera, el CLIENTE podrá efectuar uno o más retiros del saldo a su favor. 1. Apertura y mantenimiento de la cuenta 2. Otorgamiento de una tarjeta de débito y reposición en caso de desgaste o renovación. 3. Abono de recursos a la cuenta por cualquier medio. 4. Retiro de efectivo en cajeros automáticos del BANCO. 5. Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la Tarjeta de débito. (i) La información proporcionada al BANCO en el documento que contiene sus datos generales es cierta, forma parte integrante del presente contrato y se identificará como “Hoja de Datos”. (ii) Es su voluntad celebrar el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstecuenta con la capacidad jurídica para ello. Asimismo, por el importe y condiciones acepta que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad para proceder a la celebración de este contrato deberá exhibir los siguientes documentos originales y entregar fotocopia de los mismos al BANCO: (a) identificación oficial vigente con fotografía y firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1entendido que el BANCO se reserva el derecho de determinar el tipo de identificación oficial que está dispuesto a admitir para efectos de contratación (b) comprobante de domicilio; (c) referencias bancarias, que será utilizado comerciales y destinado por EL CLIENTEpersonales; (iii) Actualmente presta un servicio personal subordinado, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL una persona física o moral en lo sucesivo el Patrón cuyo nombre o denominación se indica en la carátula del presente instrumento, que tenga celebrado con el BANCO como depositaria, un contrato al amparo del cual le transfiera al CLIENTE de manera electrónica su salario y demás prestaciones laborales en garantía la cuenta objeto del crédito otorgadopresente acuerdo de voluntades. 1.3 En caso (iv) Los movimientos que efectúe al amparo de bien futuroeste contrato, serán con dinero producto del desarrollo normal de sus actividades y que por lo tanto no provienen de la realización de actividades ilícitas, por lo que declara conocer y entender plenamente las disposiciones relativas a las operaciones realizadas con recursos de procedencia ilícita y sus consecuencias. Hechas las declaraciones que anteceden, las partes convienen en un plazo no mayor a treinta obligarse al tenor de las siguientes: 6. Consultas de saldos en las ventanillas de sus sucursales y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL cajeros automáticos del BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato Individual De Depósito Bancario De Dinero a La Vista

OBJETO. 1.1 Mediante “LA ASEGURADORA” Y “EL CONTRATANTE”, acuerdan celebrar el presente contrato de seguro, con objeto de cubrir a todo el personal activo, de “EL BANCO otorga CONTRATANTE” cualquiera que sea su edad, sexo u ocupación y sin necesidad de examen médico, a EL CLIENTE -previa evaluación partir de la fecha de inicio de vigencia de esta póliza y, posteriormente, desde el día del nombramiento respectivo sin necesidad de notificar a “LA ASEGURADORA”, contra los riesgos de: a) Fallecimiento por cualquier causa. b) Muerte Accidental, Homicidio. c) Pérdidas Orgánicas en escala “B”. d) Invalidez Total y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstePermanente. e) Anticipo de gastos funerarios. Todo asegurado en servicio activo protegido mediante esta póliza, al que se otorgue “licencia médica”, continuará protegido, exento de pago de prima, por las coberturas contratadas, con cargo a las primas calculadas al inicio de la vigencia del seguro y durante todo el importe período de duración de la licencia médica respectiva, siempre y condiciones cuando la póliza de seguro se encuentre vigente. Sin límite de edad para la admisión a la póliza Se entiende por muerte accidental, la ocasionada por lesiones corporales sufridas involuntariamente por el asegurado, por la acción súbita, fortuita y violenta de una fuerza externa, siempre que el fallecimiento sobrevenga dentro de los 90 (noventa) días naturales siguientes al suceso en que el asegurado sufrió las lesiones. Este beneficio incluye el supuesto de homicidio. Queda expresamente excluida del citado beneficio adicional por muerte accidental, la muerte ocurrida: 1) Lesiones o enfermedades que se detallan hubiere provocado intencionalmente el asegurado. 2) Suicidio, cualquiera que sea la causa o circunstancia que lo provoque. 3) Lesiones sufridas en cualquier clase de servicio militar, actos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, rebelión, insurrección o similares. 4) Lesiones sufridas al participar el asegurado como sujeto activo en la hoja resumen comisión de delitos intencionales. 5) Enfermedades, padecimientos, infecciones o tratamientos médicos o quirúrgicos de cualquier naturaleza, salvo que sean motivados por lesiones accidentales. 6) Lesiones sufridas al participar el mismo asegurado en una riña, siempre que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad él haya sido provocador. 7) Envenenamiento, inhalación de gas, intoxicación o reacción alérgica de cualquier naturaleza, excepto si se demuestra que fue de origen accidental, así como el fallecimiento que sufra el asegurado por culpa grave del mismo, a la firma del presente contrato consecuencia de encontrarse bajos los efectos de bebidas alcohólicas, con la finalidad al igual que aquella muerte producida como consecuencia o estando bajo el influjo de financiar la adquisición de un bien terminado drogas, algún enervante, psicotrópico, estimulante o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendasimilares o, en cuyo caso no será cualquier estado de aplicación toxicomanía, salvo que aquél o aquéllos hayan sido prescritos por un médico legalmente facultado para el atributo del BBP ni del Premio ejercicio de su profesión. 8) Accidentes que ocurran al Buen Pagador asegurado durante la celebración ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad, en vehículos de cualquier clase. 9) Accidentes sufridos mientras el asegurado se encuentre desempeñándose como complemento piloto, mecánico en vuelo o miembro de la cuota inicialtripulación de cualquier aeronave o cuando viaje como pasajero en avión de compañía no autorizada o en viaje de itinerario no regular. 10) Accidentes sufridos por el asegurado en motocicletas, establecidos motonetas u otros vehículos similares, salvo si su uso es ocasional. 11) Accidentes que sufra mientras se encuentre en la Clausula Tercera del presente Contratoel ejercicio de las actividades propias de su profesión u oficio de operador de maquinaria pesada, instalador ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ o estructuras metálicas. 12) Accidentes que sufra el asegurado mientras se encuentre realizando actividades de ▇▇▇▇▇▇▇▇, boxeador, buzo, alpinista, charrería, esquí, tauromaquia o cualquier clase de deporte aéreo. En los riesgos de aviación, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado beneficio adicional por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, muerte accidental ampara al asegurado únicamente en el caso de bien terminado o mejoramiento que el accidente ocurra en una línea autorizada, de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futurouna compañía autorizada, en un plazo medio de transporte autorizado y en viaje de itinerario regular. Se entiende por invalidez total y permanente, la que inhabilite al asegurado para el desarrollo de su trabajo habitual, de manera total y permanente, por accidente o enfermedad a que esté expuesto en el ejercicio o con motivo de su trabajo o, por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo. En todo caso, el dictamen correspondiente deberá ser emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social. El dictamen en caso de invalidez total y permanente deberá ser expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, siendo este el único documento que proceda para la indemnización, solicitando “LA ASEGURADORA” ante una duda razonable, practicar por su cuenta y costo examen médico para objetar o no mayor a treinta el dictamen de invalidez total y seis (36) mesespermanente del Seguro Social. En caso del personal que se encuentra en las oficinas en el exterior, contados se podrá aceptar el Dictamen médico expedido por el o la Institución de Salud Pública que se acuerde o médico con la especialidad que le faculte para ello. Para efectos del beneficio adicional de pérdidas orgánicas e invalidez total y permanente, se conviene que el mismo operará en el caso de que el asegurado sufra la pérdida de la vista, de las dos manos o de los dos ojos pies o, de una mano y un pie o, de una mano o un pie conjuntamente con la vista de un ojo. Se conviene que se entenderá por pérdida de: - La vista, la pérdida completa e irreparable de la función de la vista de ambos ojos. - Una mano, su separación completa o anquilosamiento desde la fecha articulación ▇▇▇ ▇▇▇▇ o arriba de desembolso ella. - Un pie, su separación completa o anquilosamiento desde la articulación del créditotobillo o arriba de ella. - La vista de un ojo, EL CLIENTE la pérdida completa e irreparable de la función de la vista de ese ojo. Para efectos de esta póliza se obliga entenderá por invalidez total y permanente: a) La invalidez que sufra el asegurado de una manera total y permanente, por accidente o enfermedad a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas que esté expuesto en el contrato ejercicio o con motivo de compraventasu trabajo, independizada e inscrita en registros públicosque lo inhabilite para su desempeño; o, b) La invalidez total y permanente, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda que inhabilite al asegurado para garantizar el crédito en los términos establecidos en desarrollo de su trabajo por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo. La cobertura de invalidez total y permanente no comprende la que derive de lesiones que se hubiere provocado intencionalmente el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud asegurado, ni la que resulte de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas lesiones sufridas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión uso o estando bajo los efectos de alguna droga, enervante, estimulante o similares no prescritos por un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartamédico.

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Sources: Contratación Del Seguro De Vida

OBJETO. 1.1 Mediante El “SERVICIO DE TRASLADO Y CUSTODIA DE VALORES EN LAS SUCURSALES, PUNTOS DE PAGO Y SOCIEDADES EN LAS QUE SE DISTRIBUYAN LOS RECURSOS PROPIEDAD DE BANSEFI, A LOS BANCOS DESIGNADOS PARA SU DEPÓSITO Y/O CAJAS GENERALES DE BANSEFI Y, VICEVERSA, SIENDO ESTOS ENUNCIATIVOS MÁS NO LIMITATIVOS, ASÍ COMO LA ATENCIÓN INTEGRAL A CAJEROS AUTOMÁTICOS”, TIENEN COMO OBJETIVO PROPORCIONAR AL BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS, S.N.C. “BANSEFI” EL SERVICIO DE TRASLADO Y CUSTODIA DE LOS VALORES QUE ESTÁN A CARGO DE LA INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO CON UNA COBERTURA A NIVEL NACIONAL. INTRODUCCIÓN El Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, S.N.C. (BANSEFI), tiene conferidas a través de la Ley Orgánica del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros funciones de banca social, tales como; promover y facilitar el presente contrato EL BANCO otorga ahorro, el acceso al financiamiento, la inclusión financiera, el fomento de la innovación, la perspectiva de género y la inversión entre los integrantes del Sector (Personas físicas y ▇▇▇▇▇▇▇ que tengan acceso limitado a EL CLIENTE -previa evaluación los servicios financieros por su condición socioeconómica o ubicación geográfica, y calificación crediticia- un a las personas ▇▇▇▇▇▇▇ a que se refieren la Ley de Ahorro y Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado Popular y la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo), ofrecer instrumentos y servicios financieros de primer y segundo piso entre los mismos, así como canalizar apoyos financieros y técnicos necesarios para fomentar el hábito del ahorro y el sano desarrollo del sector y en general, al desarrollo económico nacional y regional del país, así como proporcionar asistencia técnica y capacitación a los integrantes del Sector. En ese sentido, BANSEFI con el carácter de Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo que tiene otorgado por éstesu Ley Orgánica, opera con apego al marco legal aplicable y a las sanas prácticas y usos bancarios para alcanzar en colaboración con el Sector, los objetivos señalados en el artículo 4 de la Ley de Instituciones de Crédito. La Dirección General Adjunta de Tecnología y Operación (DGATyO) de conformidad con el numeral 1.5 del Manual General de Organización de BANSEFI tienen a su cargo a la Dirección de Operación Tradicional, misma que tiene como objetivo la implementación de las acciones para la adecuada administración de recursos monetarios en la atención de los requerimientos de efectivo para la operación bancaria y el pago de programas gubernamentales realizados por la Caja General, así como los productos y servicios financieros ofrecidos por el importe BANSEFI que estén alineados a sus objetivos estratégicos y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad lleven a cabo de manera eficiente, asimismo, de acuerdo a la firma estructura orgánica de la DGATyO, la Subdirección de Caja General y Crédito, tiene a su cargo la dirección de la operación de recursos monetarios a través de la Caja General, para dotar de efectivo a las sucursales de la Institución y cubrir la operación bancaria, así como, a los distintos compromisos provenientes de los programas gubernamentales. En virtud de lo anterior, la DGATyO, a través de la Dirección de Operación Tradicional, requiere el Servicio objeto del presente contrato Anexo Técnico mediante el cual le permita a BANSEFI contar con los servicios de custodia y traslado de valores, así como con la finalidad administración de financiar caja general, la adquisición dotación y la concentración de un bien terminado o bien futuro efectivo, cajas jumbo y accesorios estándar en zonas urbanas y semiurbanas, incluyendo la atención integral de ser el casocajeros automáticos, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismoentre otros, mediante el presente contrato, en cual permita a BANSEFI el caso traslado y custodia de bien terminado o mejoramiento los valores que están a cargo de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble esta institución de banca de desarrollo con una cobertura a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadonivel nacional. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Service Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante Es objeto del presente Convenio el presente contrato EL BANCO otorga establecimiento de los términos y condiciones de la cooperación entre GMR Canarias y TVPC para garantizar la promoción y difusión de contenido cultural y en concreto del programa AGROCANARIAS TV a EL CLIENTE -previa evaluación cuyo fin GMR Canarias cede a favor TVPC los derechos de explotación para difundir públicamente el citado programa. En particular, conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstesiguientes del Real Decreto legislativo 1/1996, de 12 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el importe y condiciones que se detallan aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, y con excepción de aquéllos considerados legalmente como irrenunciables, la cesión comprende, para el ámbito territorial español y por el tiempo que se estipule en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTEcláusula indicativa, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismolos derechos de comunicación pública del programa. A estos efectos, TVPC, podrá explotar el programa mediante el presente contratolas siguientes modalidades de comunicación pública: - La transmisión al público por hilo, cable, fibra óptica u otro procedimiento análogo. - La retransmisión, por cualquiera de los medios citados en territorio español de emisiones, radiodifusiones vía satélite o transmisiones iniciales de programas radiodifundidos destinados al público en los que se incluyan vídeos promocionales. - La puesta a disposición del público del citado programa a través de portal corporativo web de la entidad televisiva, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde cualquier parte del mundo y en el caso momento que ▇▇▇▇▇. - Contratar la publicidad, patrocinios, televentas y cualquier otra forma de bien terminado comunicación comercial legalmente autorizada que considere conveniente, para insertarla antes, después o mejoramiento durante las pausas publicitarias que haga durante las emisiones, o en la misma emisión. La cesión de viviendalos derechos de explotación será, EL CLIENTE constituye primerapara los usos y aplicaciones descritas, preferente utilizando los medios técnicos conocidos en la actualidad y exclusiva hipoteca sobre los que pudieran desarrollarse en el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha con observancia de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato limitaciones de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito los usos que puedan atentar al derecho al honor en los términos establecidos previstos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud la Ley Orgánica 1/1982, de EL CLIENTE debidamente sustentado5 ▇▇ ▇▇▇▇, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOde Protección Civil al Derecho al Honor, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO la Intimidad Personal y familiar y a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima CuartaPropia Imagen.

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Sources: Cooperation Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante Prestar servicios profesionales para el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación apoyo al seguimiento, verificación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento control de la cuota inicialinformación gestionada por los convenios, establecidos en la Clausula Tercera contratos y sub acuerdos derivados de las actividades de levantamiento de conglomerados del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoIFN, en el caso ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ 5: Condiciones Habilitantes del acuerdo 002“Programa Visión Amazonía REM Colombia” firmado entre Patrimonio Natural y el Instituto de bien terminado o mejoramiento Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM. Actividades El contratista desarrollará las actividades necesarias para cumplir con el objeto del contrato, siguiendo los procedimientos y estándares definidos para el ¨Programa REM Colombia Visión Amazonía”, y como mínimo deberá cumplir las siguientes: 1. Realizar apoyo a la coordinación y seguimiento detallado de viviendatodos los informes de los convenios y contratos ambientales gestionados el IFN, EL CLIENTE constituye primerael SMByC y la Subdirección de Ecosistemas e Información Ambiental del IDEAM en el marco de los del Programa REM, preferente de conformidad con los lineamientos establecidos por la Subdirección de Ecosistemas e información ambiental del IDEAM. 2. Evaluar el progreso y exclusiva hipoteca el cumplimiento de los convenios y contratos en relación con los objetivos establecidos y los plazos acordados. 3. Organizar y comunicarse de manera efectiva con los socios y las partes interesadas involucradas en los convenios y contratos. 4. Generar informes periódicos y análisis de resultados para informar a la dirección sobre el inmueble a favor estado de EL BANCO en garantía del crédito otorgadolos proyectos y programas. 1.3 5. Proponer estrategias para la transformación y mejora continua de los procesos identificando posibles desviaciones o problemas y proponer soluciones para garantizar el éxito de los proyectos, en articulación con el IFN, el SMByC y la Subdirección de Ecosistemas del IDEAM. 6. Colaborar con la gestión documental y administrativa relacionada con los convenios y contratos. 7. Apoyar en la elaboración de informes técnicos y documentos requeridos para la rendición de cuentas ante comités y entidades internas y externas. 8. Consolidar los reportes e informes generados de los proyectos y programas para ser presentados en instancias internas y externas que lo requieran. 9. Mantenerse al tanto de las regulaciones y normativas ambientales relevantes para garantizar el cumplimiento en los convenios y contratos. En caso de bien futuromanejar cuentas institucionales en aplicaciones, plataformas o en un plazo no mayor general cualquier tipo de acceso a treinta cualquier herramienta para el cumplimiento de sus obligaciones, para cada cuenta deberá informar al supervisor si se ha generado cambio en el usuario o contraseña de acceso y seis (36) mesessuministrar la información necesaria. 10. Entregar, contados desde debidamente organizados, todos los archivos y documentos desarrollados durante la fecha ejecución del contrato al supervisor del mismo, para efectos del último recibo a satisfacción. 11. Proyectar, analizar y conceptuar acerca de desembolso la viabilidad administrativa de los proyectos, actos administrativos, contratos y convenios, y demás asuntos que se sometan a su consideración sujetos a las competencias y misionalidad del créditoIDEAM según la normativa vigente. 12. Promover y apoyar la difusión de avances, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada resultados y productos de los proyectos y programas. 13. Programar y mantener actualizada la agenda de actividades y eventos, y comunicar los compromisos de acuerdo con las características pactadas en el contrato directrices señaladas y los procedimientos establecidos de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesproyectos y programas. 1.4 EL CLIENTE 14. Participar en representación de las obligaciones contraídas reuniones y eventos organizados por el presente crédito autoriza instancias del IDEAM o externas, conforme a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartalos lineamientos y procedimientos institucionales.

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Sources: Professional Services

OBJETO. 1.1 Mediante el EI objeto deI presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones es Ia adjudicación deI servicio de transporte para Ias actividades de Ia Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. EI servicio incIuirá Ia recogida de personas en eI Iugar que se detallan determine, eI trasIado de Ias mismas aI Iugar previsto y eI regreso. CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO EI servicio podrá reaIizarse cuaIquier día de Ia semana. EI servicio de transporte se acomodará a Ios caIendarios y horarios que se Ie faciIiten desde Ios órganos correspondientes de Ia Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (Servicio de Deportes, Vicerrectorado de Estudiantes, Servicio de EmpIeo y Extensión Universitaria ) para sus actividades, entre otras: ❑ Ligas federadas ❑ Competiciones ❑ AuIa de Teatro ❑ Cursos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ❑ Coro Universitario…… ❑ Jornadas de Puertas Abiertas ❑ Actividades docentes………. Se facturará eI autobús que por capacidad se demande para cada despIazamiento, independientemente de que Ia empresa adjudicataria presente a Ia saIida deI viaje uno de mayor capacidad. Los Iugares de saIida y IIegada de Ios autobuses se comunicarán con una anteIación mínima de 2 días. La empresa de autobuses cuando admita Ia previsión deI viaje, se compromete a reaIizarIo, saIvo fuerza mayor, de acuerdo con Ia programación ajustándose a Ios horarios y recorridos. Cada autobús deberá cumpIir Ia normativa vigente en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad materia de transporte por carretera, tanto a la firma del presente contrato niveI generaI y autonómico (taIes como Inspección Técnica de VehícuIos, con la finalidad Seguro ObIigatorio de financiar la adquisición viajeros, etc..) como MunicipaI. La antigüedad de un bien terminado o bien futuro Ios autobuses no será mayor de 10 años. Los autobuses se encontrarán en perfecto estado de Iimpieza interior y accesorios de ser el exterior. Durante Ia prestación deI servicio no podrá, en ningún caso, o el mejoramiento transportarse mayor número de viviendaviajeros a Ios permitidos por Ias pIazas deI vehícuIo, ni permitir eI acceso aI vehícuIo de personas diferentes a Ias previstas en cuyo caso no será eI presente contrato. Los vehícuIos deberán encontrarse identificados mientras reaIicen eI servicio de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual que se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismotrate, mediante el presente contratoIos distintivos estabIecidos aI efecto. Estos se conservarán en todo momento en condiciones de perfecta visibiIidad que permita Ia inmediata identificación de Ia cIase y características deI transporte. INFORMES La empresa adjudicataria reaIizará un informe trimestraI de Ios despIazamientos reaIizados, entregándoIo en el caso eI Servicio de bien terminado o mejoramiento Extensión Universitaria de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoIa Universidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Acuerdo Marco Para La Prestación Del Servicio De Transporte

OBJETO. 1.1 Mediante 2.1 La Concesión tiene por objeto el presente contrato EL BANCO otorga proyecto, la construcción, el mantenimiento y la explotación de una nueva línea ferroviaria de alta velocidad, de tráfico mixto (pasajeros y mercancías) y con doble vía entre Figueres y Perpiñán, incluyendo la construcción del túnel de Perthus [túnel bitubo de 8.300 (ocho mil trescientos) metros de longitud total aproximada], así como la construcción de las instalaciones, equipamientos y conexiones con las redes ferroviarias de España y Francia que sean precisos. La longitud de la línea ferroviaria será aproximadamente de 44,5 (cuarenta y cuatro coma cinco) kilómetros. El conjunto de tales obras, instalaciones, equipamientos y conexiones será denominado en lo sucesivo «Sección Internacional». 2.2 La Concesión, comprendidos los anexos 1 a EL CLIENTE -previa evaluación 9, fija las características y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstelas funcionalidades de las obras que constituyen la Sección Internacional, así como las especificaciones técnicas que deben ser obligatoriamente respetadas por el importe Concesionario. El anexo 0 contiene el Anteproyecto elaborado por el Concesionario, respecto del que este asume íntegramente la responsabilidad, y condiciones que tomará como fundamento para la elaboración del Proyecto Básico. cve: BOE-A-2023-1010 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ 2.3 La Concesión de la Sección Internacional se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaotorga, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos las condiciones previstas en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, a riesgo y ▇▇▇▇▇▇▇ del Concesionario, cualesquiera que sean las eventualidades que se produzcan durante la vida de la Concesión. Los Concedentes se comprometen frente al Concesionario a conectar la Sección Internacional al enlace Montpellier-Barcelona, de conformidad con lo previsto en el caso artículo 2 del Acuerdo de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoMadrid. 1.3 En 2.4 El Concesionario no podrá en ningún caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas ampararse en el contrato carácter eventualmente inexacto, incompleto o contradictorio de compraventalos estudios de cualquier naturaleza que se le hayan entregado o se hayan puesto a su disposición para facilitar su tarea, independizada e inscrita correspondiendo al mismo, bajo su exclusiva responsabilidad, verificarlos, comprobarlos, modificarlos y completarlos. El Concesionario mantendrá indemne a los Concedentes frente a los resultados de toda acción que pueda ser ejercitada contra los mismos o cualquiera de sus agentes por razón de tales estudios. 2.5 Salvo disposición expresa en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos contrario contenida en el presente contrato para contrato, todos los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado gastos ligados al proyecto, construcción, mantenimiento y explotación de la Sección Internacional son a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesescargo del Concesionario. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Convenio Para La Explotación Y Mantenimiento De La Sección Internacional De Una Línea Ferroviaria De Alta Velocidad Entre Perpiñán Y Figueres

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga Garantizar que los trabajos a EL CLIENTE -previa evaluación cargo del Contratista deben ser efectuados cumpliendo con las Especificaciones técnicas y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, las indicaciones impartidas por el importe Supervisor de PETROPERU durante la ejecución de los trabajos. Garantizar que las condiciones de seguridad durante la ejecución de los trabajos, bajo contrato, a cargo del contratista y condiciones que su personal, dentro de las instalaciones de Refinería Conchán, se detallan realicen cumpliendo estrictamente lo dispuesto en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido Manual De Normas Básicas De Seguridad Para Contratistas (M-040) y/o las impartidas por el Supervisor de Seguridad de PETROPERU. Debe ser Ingeniero Ingeniería Mecánica-Eléctrica, Mecánica, Química, Petroquímica, Mecatrónica o Industrial titulado. Debe estar Colegiado, con anterioridad certificado a la firma vista con habilidad vigente. Debe tener una experiencia continua o acumulada, el tiempo mínimo de experiencia del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no Ingeniero Residente será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento 8 años en obras metalmecánicas de la cuota inicialIndustria en general, establecidos de los cuales deben ser por lo menos 2 años en la Clausula Tercera del presente ContratoInstalación de bombas Contraincendios en el sector Hidrocarburos (Los años de experiencia en Instalación de Bombas Contraincendios en el Sector Hidrocarburos serán evaluados según Anexo N° 02) En caso el profesional haya ejecutado simultáneamente (o “traslapado”) varios trabajos similares, el cual se describe en el Anexo 1cálculo de la experiencia por los trabajos comprometidos, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde considerando la fecha de desembolso inicio del créditotrabajo más antiguo y la fecha de término del trabajo más reciente. Si en la ejecución del trabajo similar, EL CLIENTE se obliga a tener el profesional ha tenido una participación parcial, entonces el cómputo de su vivienda debidamente terminada con las características pactadas experiencia será sólo por el periodo que realmente ha participado. El profesional consignará su experiencia y otras informaciones en el contrato Formato del Anexo A - Currículum Vitae, y sustentará adjuntando copias simples de compraventaConstancias, independizada Certificados de contratos u otros documentos. Con conocimientos adicionales de Normas NFPA, API, ASTM, ISO9001, ISO14001, ACI, Código Nacional de Electricidad, RNE Debe tener conocimientos de Seguridad Industrial e inscrita Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito la Industria Petrolera. Conocimiento de las actuales normas legales en los términos establecidos seguridad y salud en el presente contrato trabajo. (ley 29783, D.S. N° 043-2007-EM, otros.) Estar en buenas condiciones físicas para los bienes terminadosrealizar trabajos continuados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud Poseer mando y liderazgo para manejo de EL CLIENTE debidamente sustentadosu personal. Ser puntual y planificar sus trabajos con la debida oportunidad para evitar retrasos por situaciones imprevistas u otros motivos. Tener conocimiento de la aplicación de software de ingeniería básica tales como: MS-Project, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesS-10 y Autocad (deseable). 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contract for Services

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto del presente pliego de prescripciones técnicas, es contratar los servicios de COMEDOR SOCIEDUCATIVO “APRENDIENDO” (Periodos vacacionales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, Semana Santa y Verano durante dos años) . Las empresas que se presenten deben estar legalmente constituidas y de alta a la Seguridad Social, y deben venir realizando actividades lúdicas, recreativa, y culturales y/o de comedor escolar, como actividad habitual, y se podrá solicitar TC2 de los trabajadores actualmente en alta para comprobar dicha cuestión. Para el presente contrato EL BANCO otorga servicio de comedor, tendrán dichas empresas un servicio de catering, o subcontratar una empresa del sector. Esta actividad se desarrollará en base a EL CLIENTE -previa evaluación la necesidad que existe para atender en periodos vacacionales a niños en riesgo de exclusión social y/o en alto riesgo, y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteniños con necesidades en materia de alimentación, para que sean también atendidos a nivel lúdico, recreativo, y educativo y para atender una necesidad social clara y palpable de necesidad económica, por lo que dichos alumnos serán atendidos en un servicio de comedor social durante esos días ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, y antes de dicho servicio, se trabajará con ellos a nivel lúdico, y educativo. (Cumpliendo con ello las consideraciones sociales del art. 28 de la Ley 9/20017, de 8 de Noviembre). Desde el importe y condiciones Ayuntamiento, queremos atender una recomendación del Defensor del Pueblo Andaluz, para que se detallan abran los Comedores Escolares en la hoja resumen periodos vacacionales y atender un rango de población que durante las vacaciones escolares, no está siendo atendida por otras administraciones, y muy especialmente esta necesidad venía indicada por parte de dicho Defensor del Pueblo en localidades como Sanlúcar ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, por sus caracterícticas sociales y económicas. La actividad consistirá en el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad desarrollo de alguna actividad lúdico, recreativa educativa desde las 10'00 horas, y antes del final de jornada el servicio de comedor (De 14 a la firma del presente contrato 15 horas), con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendalunes a viernes, en cuyo caso días laborables. Además al entrar se le dará a los alumnos un servicio de desayuno, ya que el objetivo principal de dicho contrato es atender a niños que en periodos vacacionales no será pueden asistir al comedor escolar en su centro educativo, y que procedan de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónfamilias más desfavorecidas socialmente. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contract for Educational Catering Services

OBJETO. 1.1 Mediante 1. La presente Ordenanza municipal tiene por objeto regular la ocupación de la vía pública mediante la instalación de: a. Establecimientos públicos eventuales, en lo sucesivo E.P.E., entendiendo por tales aquellos cuyo conjunto se encuentre conformado por estructuras desmontables o portátiles construidas por módulos o elementos metálicos, ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ o de cualquier otro material que permita operaciones de montaje o desmontaje sin necesidad de construir o demoler fábrica de obra alguna. b. Veladores y cualesquiera otra clase de elementos de naturaleza análoga, tales como mesas y sillas y en ocasiones otros elementos auxiliares (maceteros, cartelería de menú, parasoles, sombrillas y similares) que, formando parte de un establecimiento autorizado, se instalan en la vía pública de forma temporal, sin necesidad de estructuras de cualquier naturaleza, incluidas barandillas o elementos separadores. 2. Ambas instalaciones estarán vinculadas a un establecimiento de hostelería matriz contiguo que contará con licencia municipal de puesta en marcha o equivalente, debiendo quedar su denominación (restaurantes, bares, cafeterías, etc.) incluida en la clasificación establecida por el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteDecreto 78/2002, de 26 de febrero, por el importe y condiciones que se detallan aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y permitiendo, al mismo tiempo, servir comidas y bebidas consumibles en esas dependencias. 3. Quedan comprendidas en la hoja resumen el mismo regulación de esta Ordenanza las ocupaciones que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma se realicen en calles, plazas, bulevares, paseos, parques, pasajes y demás espacios exteriores de dominio público municipal. 4. Quedan fuera del presente contrato , con la finalidad ámbito de financiar la adquisición aplicación de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaesta Ordenanza, en cuyo caso no será lo que se refiere a sometimiento de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento licencias y autorizaciones para la ocupación de la cuota inicialvía púbica, establecidos las terrazas que se instalen en terrenos de uso privado y no integrados en el viario municipal. 5. La ocupación de las vías públicas y espacios exteriores de uso público por quioscos, puestos, casetas, barracas o similares, incluso si se destinan a servir bebidas y comidas y aun cuando se realicen sólo con instalaciones móviles o desmontables, se regirán por su normativa específica y requerirán el título administrativo que en cada caso se exija. Igualmente, la ocupación para el ejercicio del comercio ambulante, aunque sea de alimentos y bebidas en la Clausula Tercera del presente Contratomedida en que se permita, el cual se describe regirá por lo dispuesto en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónla legislación sectorial. 1.2 Asimismo, mediante 6. Se distinguen varios tipos permitidos en la Ordenanza dependiendo de diferentes factores: a. Según tiempo de uso: I. Para todo el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoaño. 1.3 En caso II. De temporada: durante periodos de bien futuro, en tiempo superiores a seis meses e inferiores a un plazo no mayor año. III. Ocasionales: durante periodos de tiempo inferiores a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE b. Según espacio urbano donde se pretende ubicar: I. En calles. II. En plazas, bulevares, paseos, parques, pasajes y demás espacios exteriores de dominio público municipal. c. Según su naturaleza: I. E.P.E. semiabierto: aquel que esté cerrado como máximo en representación tres de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión sus lados con cubierta de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo cualquier tipo o aquel que se detalla implante utilizando una estructura que requiera proyecto o similar, dejando siempre libre de cerramiento y/o barandilla el frente de la terraza más próximo al establecimiento o local. II. E.P.E. abierto: aquel que no esté incluido en la cláusula Décima Cuartadefinición anterior y que sólo esté delimitado por vallas o estructuras análogas. III. Velador o similar. 7. Con carácter general, para un mismo establecimiento no podrán otorgarse licencias de diferente naturaleza siendo incompatibles las mismas.

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Sources: Contract Award

OBJETO. 1.1 Mediante el El presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado Pliego tiene por ésteobjeto la ADJUDICACIÓN DE LA CÁMARA Nº 2 SITUADA EN LA NAVE I DE FRUTAS Y HORTALIZAS DE LA UNIDAD ALIMENTARIA, por parte del concesionario del Servicio Público de los Mercados Centrales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ sita en el importe y condiciones recinto denominado MERCASEVILLA, todo ello conforme a lo que se detallan dispone en el artículo 39 y siguientes del Reglamento de Prestación del Servicio ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ Mayorista. En la citada Cámara pueden desarrollarse actividades de conservación de Frutas y Hortalizas, destinadas para los Usuarios de la Nave I con la correspondiente Licencia de Actividades de Comercio al Por Mayor de Frutas y Hortalizas, todo ello conforme a los actuales Reglamentos de Régimen Interior y de Prestación de Servicios de Mercasevilla S.A. El contrato y la posterior actividad comercial a desarrollar por el Adjudicatario se regirán por las cláusulas contenidas en los Reglamentos de Prestación de Servicio y de Régimen Interior de Mercasevilla, así como en el resto de normativa legal aplicable. El órgano de contratación es la Dirección de MERCASEVILLA. El adjudicatario vendrá obligado a abonar a Mercasevilla la cantidad de NOVECIENTOS EUROS (900,00 €) mensuales más el correspondiente I.V.A., en concepto de Alquiler de la Cámara. Los gastos de acometida, derechos de enganche, alumbrado, energía eléctrica, teléfono, agua y cualquier otra clase de consumo o servicio instalado o que se instale o que se preste en la hoja resumen superficie objeto de la adjudicación, así como los derivados de explotación del negocio serán de cuenta del adjudicatario, así como las tasas, arbitrios, impuestos, obras, canalizaciones y acometidas de tales servicios serán de cuenta exclusiva del adjudicatario, el mismo mantenimiento de dicha Cámara correrá a cargo de Mercasevilla. Los derechos de entrada por los que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a se adjudicará esta cámara se harán efectivos en el momento de la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado mediante cheque bancario conformado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, ingreso previo en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitacióncuenta bancaria. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Pliego De Condiciones

OBJETO. 1.1 Mediante “SERVICIOS LOGÍSTICOS PARA EL SUMINISTRO DE BIENES Y/O SERVICIOS QUE SE REQUIERAN PARA LA OPERACIÓN LOGÍSTICA DE TODO TIPO DE EVENTOS COORDINADOS, ORGANIZADOS Y/O ADMINISTRADOS POR PLAZA MAYOR MEDELLIN”. PARÁGRAFO PRIMERO. ALCANCE. El CONTRATISTA deberá cumplir las siguientes actividades y especificaciones técnicas: EL OPERADOR deberá cumplir todas las actividades y exigencias inherentes al objeto del contrato.  El operador deberá contratar los proveedores de bienes y servicios que tengan la propuesta más favorable (que se encuentre dentro de los precios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇) para el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación cliente.  Atender las etapas de gerenciamiento, planeación, promoción, comercialización y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésterealización, así como la asesoría, producción y/o coordinación de certámenes de forma total o parcial. De esta manera, deberá coordinar todos los bienes y/o servicios que se requieran para la realización del evento, sean o no contratados directamente por el importe Operador.  Realizar el montaje y condiciones desmontaje integral de ferias y eventos en especial. Estos eventos se realizarán en los lugares, fechas y horarios que determine Plaza Mayor cumpliendo los requerimientos del Cliente.  Garantizar y controlar el apoyo permanente del personal necesario para el desarrollo de las actividades del objeto de este proceso de contratación.  Planear y ejecutar los eventos solicitados por Plaza Mayor, en los lugares previstos por ésta. De igual forma, evaluarlos y pasar un informe detallado de los mismos en digital que deberá incluir una ficha técnica, un presupuesto inicial, un presupuesto final, registro fotográfico y/ o en video, según lo acordado previamente con la supervisión de Plaza Mayor. Anexo modelo de formato informe Plaza Mayor.  Condiciones técnicas, operativas y experiencia para cumplir con el suministro del bien o servicios que requiere Plaza Mayor que en su objeto se encuentra relacionado directamente con la operación logística de eventos.  Flujo de caja suficiente para cubrir el pago de anticipos o compra de elementos necesarios para el cumplimiento de las actividades requeridas en desarrollo del objeto del contrato.  El contratista deberá contar con agilidad y capacidad de respuesta en la entrega de la información y requerimientos solicitados. Serán respetados los tiempos mínimos requeridos y/o acordados por Plaza Mayor; para ello se establecerán cronogramas de común acuerdo. El cumplimiento de los mismos será periódicamente evaluado y será causal de terminación del contrato, cuando en más de dos de las evaluaciones periódicas se encuentre que se detallan han incumplido los tiempos acordados.  El contratista (operador) tendrá de forma permanente total disposición para informar y trabajar de forma conjunta con Plaza Mayor, sobre cualquier aspecto del trabajo a realizar.  El contratista garantizará la calidad de la producción, ejecución y el trabajo final para el evento contratado.  Si se diera el caso que en el desarrollo del objeto contractual surgieran excepcionalmente otras solicitudes no contemplados en la hoja resumen propuesta, pero necesarios para el desarrollo de las actividades del evento, la realización y el costo de los mismos se establecerán de común acuerdo entre Plaza Mayor y el contratista y con sujeción a los precios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y autorización de cliente.  El contratista deberá tener compromiso de confiabilidad y confidencialidad sobre la información que le suministre Plaza Mayor y el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad Cliente.  Todo el material desarrollado por el contratista para los eventos asignados por Plaza Mayor será de propiedad de Cliente; por lo tanto, deberá ser entregado cuando se considere necesario, para su adecuada conservación y custodia, deberá respetarse el tema de derechos de autor y propiedad intelectual.  El personal a la firma del presente contrato , su cargo deberá contar con la finalidad seguridad social al día y el personal necesario para montajes aéreos deberá contar con permiso para trabajo en alturas.  El contratista deberá conocer y respetar los procedimientos y políticas de financiar Plaza Mayor.  Para la adquisición ejecución de un bien terminado cualquier servicio el operador deberá tener directamente o bien futuro y accesorios a través de ser el casosus aliados, los códigos o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación certificados de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a autoridades competentes de cada municipio para la emisión operación logística y montaje de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartaeventos.

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Sources: Public Invitation Addendum

OBJETO. 1.1 Mediante Conste que yo «NOMBRE EMPLEADO» he sido contratado para desempeñar el presente contrato EL BANCO otorga cargo de «CARGO» en el Recinto «RECINTO» a EL CLIENTE -previa evaluación cargo de ALMACENERA BOLIVIANA S.A. “ALBO S.A.” y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en acepto voluntariamente la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios posibilidad de ser el caso, promocionado a cualquier otra función o el mejoramiento destinado a cualquier otro lugar de vivienda, en cuyo caso no será trabajo de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento acuerdo a las necesidades de la cuota inicialempresa, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el para lo cual se describe en el Anexo 1, me comprometo a: a) Realizar todas las labores para las que será utilizado he sido contratado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo otras que aún no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos estando previstas expresamente en el presente contrato para o manual de funciones que forma parte indisoluble del contrato, sean inherentes al cargo o me sean conferidas por instrucción de mis superiores. b) Desempeñar mis funciones con puntualidad, eficiencia, idoneidad, corrección y mucha honestidad, evitando distracciones propias o ajenas que pongan en riesgo la calidad y eficiencia de mi desempeño; cumpliendo los bienes terminadoshorarios establecidos en el Art. Dicho plazo podrá ser ampliado 46º de la L.G.T. en relación a solicitud las funciones y/o cargo conferidos. c) Tomar decisiones pertinentes al cargo respetando las políticas de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOla empresa, el cual no podrá exceder objeto de 12 meseseste contrato y velando por los intereses de la organización empleadora, reconociendo que todo producto o resultado emergente de mis labores son propiedad absoluta y exclusiva de la empresa. 1.4 EL CLIENTE d) Hacer uso de mis derechos y cumplir con mis obligaciones enmarcadas dentro de la Ley General del Trabajo, su Decreto Reglamentario, Leyes, Reglamentos y procedimientos establecidos por la Aduana Nacional, los que declaro conocer en representación de detalle. e) Asumir las consecuencias establecidas en la Ley General del Trabajo y su Reglamento, si incumplo con las obligaciones contraídas y/o incurro en las prohibiciones establecidas en las normas citadas y el presente contrato. EL EMPLEADOR, acepta el compromiso asumido por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión trabajador en las condiciones establecidas anteriormente, reconociéndole un salario mensual de un titulo valorBs.«SUELDO EXPRESADO EN NUMEROS».- («SUELDO EXPRESADO EN LITERAL» 00/100 BOLIVIANOS). De ésta suma, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) que constituye el mismo que total ganado, se detalla en la cláusula Décima Cuartale efectuarán los descuentos establecidos y admitidos por las leyes aplicables.

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Sources: Contrato De Trabajo

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga El HOTEL le prestara alojamiento al huésped en la habitación y sus accesorios a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- cambio de un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteprecio, por el importe número de días indicados en la reserva o tarjeta de Registro de Alojamiento y condiciones por un máximo de 30 días continuos. 1.1 La habitación será la que se detallan indique al momento de su ingreso al hotel. 1.2 Si EL HOTEL se encuentra en la hoja resumen el mismo imposibilidad de cumplir con una reservación aceptada por escrito, siempre que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a haya pago o garantía de la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casomisma, o se vea forzado a terminar anticipadamente el mejoramiento hospedaje, deberá conseguir alojamiento para el HUESPED en otro establecimiento de viviendacategoría similar. Si la tarifa del hotel asignado es inferior, el HOTEL reembolsará la diferencia al HUESPED y si es superior será asumida por el HOTEL, la decisión será siempre del HOTEL para procurar que en cuyo lo posible no haya diferencia de tarifas. 1.3 EL HOTEL podrá en cualquier momento efectuar cambio de habitación asignada previamente al huésped siempre y cuando estas sean de iguales o mejores condiciones. EL HUESPED en todo caso no será podrá rechazar el cambio cuando se trate de aplicación una situación de caso fortuito o fuerza mayor, por motivo de seguridad, bienestar, salud, o reparación necesaria. 1.4 la hora del ingreso o check in es a partir de las 15 horas del día de llegada, y la hora de salida o check out, es hasta las 12 horas del día de salida. El periodo de tiempo comprendido entre una y otra hora corresponde al día hotelero. El ingreso por parte del huésped en horario posterior no disminuye el atributo valor del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento precio o día hotelero, teniendo en cuenta que el HOTEL ha tenido a su disponibilidad la respectiva habitación. El ingreso anticipado o salida con posterioridad de la cuota inicial, establecidos hora indicada estará sujeta a disponibilidad y el huésped deberá pagar el valor correspondiente. El uso parcial causa el pago de la tarifa plena. 1.5 el alojamiento se cobrará y prestará con independencia del tiempo que efectivamente permanezca el huésped en la Clausula Tercera habitación. 1.6 la prestación de los servicios objeto del presente Contratocontrato y aquellos complementarios que ofrezca el HOTEL, estará sujeta a disponibilidad y a los horarios, turnos, o existencias físicas de los insumos, bienes, facilidades o espacios para ella. La habitación y el cual se describe en el Anexo 1, precio o tarifa por noche será la que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónindique la tarjeta de registro hotelero o reserva. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Alojamiento

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato El Objeto de las CGV es regular la compraventa de los productos y/o la prestación de los servicios descritos en EL BANCO otorga DOCUMENTO. Los precios están indicados en la moneda de EL DOCUMENTO. Las cotizaciones emitidas por EL PROVEEDOR expiran automáticamente a los 30 días calendario siguientes a partir de su fecha de emisión, a menos que se especifique lo contrario en la misma, por lo tanto, EL PROVEEDOR no tendrá obligación de vender los productos, prestar los servicios ni de respetar los términos y condiciones establecidos en cotizaciones vencidas. Sin embargo, cualquier orden de compra o servicio emitida por EL CLIENTE sobre una cotización que ha expirado podrá ser aceptada por EL PROVEEDOR a su entera discreción; cualquier aceptación de esta índole se le notificará a EL COMPRADOR por escrito. ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (Jun 3, 2024 13:34 MDT) Los precios que aparecen en las listas de precios publicadas y en otra literatura publicada por EL PROVEEDOR no constituyen ofertas incondicionales de vender y/o suministrar servicios o productos y quedan sujetas a cambios sin previo aviso. El CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones acepta que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, los precios establecidos en la Clausula Tercera Cotización podrán ser ajustados por el PROVEEDOR en caso de que las variaciones cambiarias entre el peso mexicano y el dólar de los Estados Unidos Americanos o entre el peso mexicano y el ▇▇▇▇▇▇ Suizo ó entre el peso mexicano y el Euro sean superiores al 5% entre el momento de emisión de la cotización y el momento del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado pago. Los precios establecidos por EL CLIENTEPROVEEDOR para los equipos, única y exclusivamentea menos que se especifique en contrario, como casa habitación. 1.2 Asimismono incluyen una partida para embarque, mediante el presente contrato, instalación y/o ajuste final en el caso sitio. Los precios que difieran de bien terminado o mejoramiento de vivienda, los publicados por EL PROVEEDOR son confidenciales para EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoPROVEEDOR. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Condiciones Generales De Venta

OBJETO. 1.1 Mediante La ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ llama a interesados a obtener el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en permiso para la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma explotación del presente contrato Servicio Privado de Interés Público de Transporte de Turismo Terrestre de Línea dentro de los límites del Departamento ▇▇ ▇▇▇▇▇, con fin de explotar Bus Turístico, denominado "Descubrí Salto" de acuerdo a lo establecido en este Pliego Particular de Condiciones. El permiso de Transporte Departamental de Turismo de Línea en adelante llamado "Bus Turístico - Descubrí Salto", es personal, precario, intransferible y revocable por razones de interés general, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna. El órgano de control del Servicio de Bus Turístico será la finalidad Dirección de financiar Turismo, la adquisición Dirección de Tránsito y la Unidad de Ómnibus de la Intendencia, quienes tendrán a su cargo las atribuciones del concedente, a los fines de garantizar el objeto de la licitación. El servicio se hará efectivo mediante el transporte de personas a partir de un bien terminado o bien futuro y accesorios circuito turístico preestablecido. El servicio deberá efectuarse en forma regular mediante un cronograma predeterminado de ser salidas. El servicio de bus turístico deberá iniciar su recorrido en los horarios dispuestos por la Dirección de Turismo, sin perjuicio de las propuestas que realice el casooferente; deberá recorrer el circuito durante un lapso no mayor a 3 (tres ) horas, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento contadas a partir de la cuota inicialhora y lugar determinado como punto oficial de salida del servicio y regresar al mismo punto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ respetando el horario indicado, establecidos siempre que las condiciones del tránsito así lo permitan. El punto oficial de Salida será: Termas ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Los atractivos destacados del recorrido se encuentran relacionados particularmente con patrimonio cultural, casco histórico, deportes, recreativo, compras, ▇▇▇▇▇, etc. Deberá contemplar como mínimo los principales circuitos turísticos programados: Ø Circuito Histórico – Cultural Ø Circuito Comercial Ø Circuito Salto Grande Ø Circuito Productivo Ø Circuito Religioso * Deberá incluir visita a Gruta del Padre ▇▇▇ (Dpto de Paysandù) Ø ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Es un servicio destinado principalmente al turista que visita Salto, y no llevará pasajeros que tengan otro fin. El oferente deberá proponer costos según el tipo de circuito. El cupo mínimo para poder efectuar el tour es de 10 personas. Deberá disponer de vestimenta adecuada para el personal. Se podrá habilitar el ofrecimiento de bebidas y alimentos que cumplan con los estándares bromatológicos y estén aprobados por bromatología de la Intendencia. La unidad será conducida por ▇▇▇▇▇▇ habilitado con libreta profesional categoría F. Se valorará formación en trato y atención hacia el turista. Ofrecer videos y merchandising. Confeccionar folleto con precios. Las salidas deberán ser como mínimo los viernes, sábado y domingo. El adjudicatario deberá contar con los requisitos de seguridad básicos exigidos por la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe Dirección Nacional de Transito y por la ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y de seguridad Vial en el Anexo 1, que será utilizado Territorio Nacional N 18.191. Respetar el límite de velocidad exigido por la Dirección Nacional de Tránsito y destinado por EL CLIENTE, única la ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, de seguridad Vial en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 Territorio Nacional N 18.191. En caso de bien futuroincumplimiento se le aplicará la sanción correspondiente. Quedará a criterio del adjudicatario, la posibilidad de efectuar recorridas a escolares y liceos públicos de lunes a jueves.- El Servicio de Bus deberá desarrollarse en el circuito turístico y los vehículos afectados al servicio deberán detenerse en las paradas autorizadas al efecto. Después de un año de funcionamiento, la Intendencia podrá solicitar la modificación del circuito original. Esta misma facultad, la de solicitar la modificación, será también un derecho del concesionario. Esta última petición quedará supeditada a la aprobación de la Intendencia, quien podrá denegarla. La Autoridad de control dispondrá de oficio o a solicitud del concesionario, la modificación del circuito cuando, con motivo de manifestaciones, ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, obras viales u otros eventos, el tránsito por el recorrido. Las modificaciones así dispuestas no darán derecho alguno a compensaciones o incrementos tarifarios a favor del concesionario, salvo que éste acreditara que tales modificaciones generan una alteración significativa y permanente en su estructura de costos. Una vez que se hubiera producido la adjudicación por parte de la Intendencia, el Adjudicatario convendrá en un plazo no mayor a treinta y seis de 30 (36treinta) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicosdías, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud través de EL CLIENTE debidamente sustentadolas Direcciones de Turismo, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOTránsito y Unidad de Ómnibus, el cual no podrá exceder itinerario y las paradas que deben quedar en forma definitiva. El adjudicatario deberá seguir en todo momento los puntos de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación interés que establezca la ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇. Se estima como punto de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo interés que se detalla deben ser incluidos en la cláusula Décima Cuartapropuesta del adjudicatario: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇, Museos, ▇▇▇▇▇▇▇ Córdoba. El recorrido tendrá un trayecto máximo de 50 Km.

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Sources: Concession Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma El objeto del presente contrato , con la finalidad es el suministro de financiar la adquisición energía eléctrica para las instalaciones dependientes del Ayuntamiento de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual El Ejido que se describe relacionan en el Anexo VI. Las especificaciones técnicas del objeto del contrato y las condiciones de calidad del suministro, se describen en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. El presente ▇▇▇▇▇▇ tiene por objeto definir las características técnicas para la contratación del suministro de energía eléctrica en baja y alta tensión cuya titularidad corresponde al Excmo. Ayuntamiento de El Ejido, durante el periodo de vigencia del mismo. _ Las instalaciones objeto del suministro se han dividido en diferentes agrupaciones según la potencia de contrato y la tensión de suministro, quedando de la siguiente forma: Agrupación 1: Suministros en baja tensión con potencia contratada inferior o igual a 10 kW. Agrupación 2: Suministros en baja tensión con potencia contratada inferior o igual a 15 kW y superior a 10 kW. Agrupación 3: Suministros en baja tensión con potencia contratada superior a 15 kW. Agrupación 4: Suministros en alta tensión y con potencia contratada inferior o igual a 450 kW. Agrupación 5: Suministros en alta tensión y con potencia contratada superior a 450 KW. Así mismo se podrá racionalizar el consumo eléctrico mediante la adecuación de la potencia contratada a la demanda real, así como la reducción del consumo de energía reactiva. Esto permitirá diseñar actuaciones orientadas a la sostenibilidad, el ahorro energético y minimización de los costes del consumo. La contratación abarcaría el suministro de energía eléctrica de la red de Alumbrado Público municipal, así como la de los Edificios Municipales, Colegios Públicos, Centros Sociales, y red semafórica que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitacióndepende del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido. Con la presente contratación se pretende conseguir alcanzar los siguientes objetivos: a) Optimización de tarifas para todos los suministros contratados. 1.2 Asimismob) Obtención de ahorros significativos en la facturación global de los suministros de los centros de consumo. c) Simplificación en la gestión del contrato y en el tratamiento de incidencias. d) Inclusión de mejoras técnicas que redunden en un mayor ahorro y eficiencia energética, mediante económica y de gestión. Los elementos de mejora se valorarán, siempre que completen, amplíen o superen los requisitos mínimos definidos en el presente contratomismo o cuando impliquen una mejora en la calidad y seguridad de las prestaciones del contrato y redunden en un mayor beneficio para el Excmo. Ayuntamiento de El Ejido. e) Consideración de elementos que, conforme al objeto del contrato y a las actuaciones que del mismo se deriven, contribuyan a la innovación tecnológica y al desarrollo regional sostenible, a través de la diversificación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de energía, el ahorro y la eficiencia energética. El consumo total anual de energía eléctrica del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido se refleja en el Anexo V y ascendió durante el periodo comprendido entre 01/05/2018 hasta el 30/04/2019 a 13,9 Gwh (13.925.710 kWh/año). Las características de cada suministro eléctrico se indican en el Anexo VI adjunto, especificando: CUPS, tipo de suministro, denominación, dirección, potencia estimada a contratar, energía consumida en el último año, datos que servirán de base para las ofertas de los concursantes. En ningún caso pueden considerarse los datos de consumo indicados en los Anexos V y VI como vinculantes para el Ayuntamiento, pero sí servirán de referencia para ofertar precios de energía, discriminaciones horarias, etc. En el caso de bien terminado o mejoramiento de viviendaque, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuropor error, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas lista facilitada por el Ayuntamiento en el contrato citado ▇▇▇▇▇ ▇▇ se hubiera omitido alguna instalación existente en la actualidad con suministro, la misma se deberá integrar en la relación, dando suministro de compraventa, independizada e inscrita energía eléctrica y aplicando la tarifa y condiciones ofertadas para instalaciones similares. _ Además de los suministros indicados en registros públicosel anexo VI, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar lo largo de la vigencia del contrato se podrán incorporar nuevos centros de consumo, por lo que será necesario realizar las altas de estos suministros, en función de la tensión y la potencia contratada. Para las altas de estos nuevos suministros, la empresa comercializadora adjudicataria deberá aplicar las mismas condiciones de contrato correspondiente a la tarifa de acceso a la que se incorpore el crédito en nuevo suministro. La variación de los términos establecidos en el parámetros de contratación o las bajas de suministros eléctricos objeto del presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo no será penalizada por la empresa comercializadora adjudicataria, ni podrá ser ampliado representar coste de gestión adicional, aunque pudiera conllevar costes de adecuación física del suministro eléctrico y de derechos de enganche y/o acometida regulados que correrán a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesescargo del titular del suministro. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Suministro De Energía Eléctrica

OBJETO. 1.1 Mediante Esta fianza garantiza el presente cumplimiento del contrato EL BANCO otorga u obligación de ejecutar fielmente su objeto y, una vez cumplido éste, corregir los defectos a que hubiere lugar. INCUMPLIMIENTO: LA ENTIDAD OFICIAL comunicará por escrito a LA FIADORA y a EL CLIENTE -previa evaluación CONTRATISTA, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento de alguna de las causales que puedan dar lugar a la resolución administrativa del contrato o que se haya dado inicio a las diligencias de investigación para el mismo fin, lo que ocurra primero. LA FIADORA quedará exonerada de responsabilidad conforme a esta fianza en caso de que, producido cualquier incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA, LA ENTIDAD OFICIAL no reclamare por dicho incumplimiento a LA FIADORA dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento de dicho incumplimiento, en sus oficinas principales, dando una relación escrita de los hechos principales reclamados. La notificación se efectuará por escrito a LA FIADORA. El incumplimiento se da con la expedición de la resolución que resuelve administrativamente el contrato. LA FIADORA dispondrá de un término de treinta (30) días calendarios siguientes a la notificación del incumplimiento para ejercer la opción de pagar el importe de la fianza, o de sustituir al contratista en todos sus derechos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteobligaciones, siempre que quien vaya a continuarlo, por cuenta de LA FIADORA y a cuenta y riesgo de ésta, tenga capacidad técnica y financiera, a juicio de la ENTIDAD OFICIAL. Acciones Legales: Toda reclamación con base en esta fianza deberá ser hecha por la ENTIDAD OFICIAL, a LA FIADORA. Para efectos de reclamación, también se entiende a la Contraloría General de la República como ENTIDAD OFICIAL. Cualquier acción legal, ya sea judicial o extrajudicial que inicie LA ENTIDAD OFICIAL deberá entablarse contra EL CONTRATISTA conjuntamente con LA FIADORA y la petición deberá solicitar en todo caso la condena de EL CONTRATISTA y LA FIADORA. SUSTITUCIÓN DEL CONTRATISTA: LA FIADORA tiene derecho dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la notificación de incumplimiento contenida en la Resolución Administrativa del Contrato u Orden de Compra, a pagar el importe y condiciones que se detallan en de la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casofianza, o el mejoramiento de viviendaa sustituir al contratista en todos los derechos y obligaciones del contrato, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento siempre que quien vaya a continuarlo, por cuenta y riesgo de la cuota inicialfiadora, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado tenga capacidad técnica y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicosfinanciera, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud juicio de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesla entidad pública contratante. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Concession Agreement

OBJETO. 1.1 El presente Contrato de Distribución Mercantil en adelante denominado el “Contrato” tiene por objeto las actividades de Mercadeo multinivel así como la Promoción y Venta Independiente de los productos comercializados por VIDA DIVINA SAS, y como contraprestación, VIDA DIVINA SAS pagará compensaciones y/o beneficios sobre las ventas de acuerdo al Plan de compensación, documento el cual hace parte integral de este contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstede DISTRIBUCION MERCANTIL, por el importe la Sociedad Distribuidora autoriza expresamente, al DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE, para convertirse en distribuidor de los productos de VIDA DIVINA, en conformidad con los términos y condiciones que aquí se detallan en consignan.-- ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ PARÁGRAFO SEGUNDO- La relación contractual entre la hoja resumen Sociedad Distribuidora y el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente Distribuidor Independiente, no constituye de manera alguna contrato laboral, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el casopor lo mismo, o el mejoramiento de viviendano genera salarios, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador prestaciones, primas etc., así como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE tampoco constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventaprestación de servicios. En consecuencia, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para de Distribución Comercial es atípico y se regirá única y exclusivamente por las cláusulas aquí consignadas, por las políticas y procedimientos de la Sociedad VIDA DIVINA S.A.S., las cuales forman parte integral de este contrato, toda vez que no existen normas de carácter positivo en el ordenamiento civil, comercial o laboral, que regulen especìficamente el contrato aquí celebrado; de todas maneras, cualquier interpretación, aplicación o ejecución del contrato, se regirà por la Ley 1700 del 27 de diciembre de 2013 y el Decreto 024 de enero de 2016 o las normas que los bienes terminadosmodifiquen y/o adicionen. Dicho plazo podrá ser ampliado PARÁGRAFO TERCERO- Las partes contratantes declaran expresamente que el DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE es un contratista independiente y que por lo mismo, no es empleado dependiente, agente o representante legal de la Sociedad VIDA DIVINA S.A.S., y que la afiliación no constituye en ningún caso la compra de una franquicia, y/o la distribución exclusiva de los productos y/o servicios a solicitud través ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de EL CLIENTE debidamente sustentadoventa directa.-------- ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- PARÁGRAFO CUARTO.- El DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE declara que administra su propio negocio de manera independiente, señalando mediante la compra y venta de productos y servicios disponibles de VIDA DIVINA S.A.S., y como tal, libremente establece el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida número de horas que dedicará a EL BANCOsu negocio y la programación de las mismas y responderá directamente y en forma personal, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación exclusiva y excluyente de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza laborales de las personas que trabajen a EL BANCO a su servicio en su propia empresa. En consecuencia no existe responsabilidad alguna de la emisión SOCIEDAD DISTRIBUIDORA ni tampoco es solidaria en cuanto al pago de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo esas cargas laborales. Es obligación del DISTRIBUIDOR INDEPENDIENTE dejar claramente establecida esta condición en los contratos laborales que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.èl celebre con sus empleados.------------------------------------------------------

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Sources: Distribution Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante 1.- El objeto de las presentes bases es regular el presente contrato EL BANCO otorga Concurso -Oposición para la selección y contratación de una persona, con la categoría de Socorrista, en régimen laboral durante la Temporada ▇▇ ▇▇▇▇ a EL CLIENTE -previa evaluación noviembre, de 2019, Su contratación se regulará por el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, en la modalidad de contratos de duración determinada a tiempo completo. 2.- La duración de la jornada laboral será con carácter general de 40 horas semanales. El horario de trabajo será el que se establezca por la Alcaldía del Ayuntamiento de Tartanedo en función de las necesidades del Servicio de Piscina Municipal (desarrollo de actividades en fines de semana y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstefestivos fuera del horario habitual, número de usuarios, etc.). Los días libres serán los lunes y martes. 3.- Desempeñará las siguientes tareas y obligaciones basadas en el Reglamento Sanitario de Piscinas de uso colectivo de la CC.AA de Castilla la Mancha, Decreto 72/2017, de 10 de octubre, por el importe y condiciones que se detallan establecen las condiciones higiénico- sanitarias de las piscinas en Castilla-La Mancha.: Comprobar que no existe ningún elemento peligroso para los usuarios antes de la apertura de la piscina. Los socorristas, además de realizar la vigilancia acuática para evitar todo tipo de accidentes, velarán por el cumplimiento de las obligaciones y normativas por parte de los usuarios. Los socorristas permanecerán en las instalaciones durante el horario de uso por los bañistas. Cumplirán a la perfección los horarios establecidos de apertura y cierre de las instalaciones, siendo inexcusable su presencia en las proximidades del vaso cada vez que éste sea utilizado. No abandonar el puesto de vigilancia bajo ningún pretexto, excepto en caso de atender a un accidentado, pero siempre comunicándolo al encargado de la instalación. Vigilar constante y permanentemente las actividades de los usuarios de la piscina, tanto de los que están dentro del agua (que son los que representan mayor riesgo potencial), como de los que están fuera de la misma (que, a veces, también se accidentan de variable gravedad). De igual forma, deberá vigilar a los usuarios de las actividades organizadas por el propio Ayuntamiento (cursos de natación, etc.) dentro de su horario de trabajo. La vigilancia se realizará en la hoja resumen zona de andén y proximidades del vaso, Controlar el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a botiquín y sus aparatos e instrumentos, manejando correctamente el material dispuesto, y controlar al público en caso de necesidad de prestación de primeros auxilios. La atención sanitaria de los primeros auxilios se realizará en una estancia independiente, de uso exclusivo como es el botiquín. Todo el material sanitario estará dispuesto de forma ordenada y en condiciones de conservación adecuadas. Se vigilará su caducidad y su reposición será inmediata. Los socorristas deberán utilizar los vestuarios para cambiarse y colocarán sus enseres en otra dependencia ajena al botiquín. Los socorristas deberán avisar al encargado de la firma del presente contrato instalación para reponer el material necesario. Realizar los salvamentos, si fueran precisos, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro mayor eficacia y accesorios de ser el casoseguridad posible, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo utilizando material auxiliar si fuera necesario. Dar parte del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe accidente ocurrido en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoLibro Oficial de Registro de las Piscinas, en el caso apartado de bien terminado incidencias acaecidas en cada jornada. Ser cordial, amable y respetuoso con los bañistas. Nunca desempeñará sus funciones bajo el efecto de drogas y alcohol. Llevar en todo momento de su trabajo el distintivo de la camiseta acreditativa de socorrista aportada por el Ayuntamiento. No podrá realizar durante las horas de baño ningún trabajo que no sea el de sus funciones como socorrista y las estipuladas en este documento. Informar a la persona de mantenimiento y superiores de las anomalías, desperfectos o mejoramiento averías que puedan ocasionarse en las instalaciones. Respetar y acatar las órdenes de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada sus superiores. Cumplir con las características pactadas todo lo establecido en el contrato de compraventatrabajo. Consultar las dudas a sus superiores. Tener conocimiento y acatar las prohibiciones y exigencias que marcan el Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso colectivo de la CC.AA. de CLM. Ante las irregularidades cometidas por los usuarios en las Piscinas Municipales, independizada e inscrita los socorristas deberán tener en registros públicoscuenta el protocolo de actuación dictado para la coordinación de sus actuaciones con los Servicios Municipales. Medir y anotar en el Libro Oficial de Registro de Piscinas tres veces al día “in situ”, esto es, primero al comienzo de la jornada, segundo alrededor de las tres de la tarde y tercero, aproximadamente una hora antes del cierre a los bañistas, los siguientes parámetros en el agua de cada vaso: el nivel respecto al rebosadero o skimer, ph, transparencia, cloro residual libre y cloro residual combinado. 4.- Las retribuciones brutas mensuales será de MIL CUATROCIENTOS Euros 1.400,00€) netos mensuales , en la retribución se incluye la cantidad de 200,00€ que corresponde por servicio de limpieza de los aseos y atención de motores de agua. El periodo vacaciones a disfrutar en septiembre. La realización de cursos se abonara a parte en función de participantes. El horario de trabajo será el que se establezca por Resolución ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del Ayuntamiento de Tartanedo para la apertura y cierre de las instalaciones de la Piscina Municipal. Fijando la hora de apertura de las 12,00 horas y cierre al publico 20,00 horas. 5.- Las presentes bases generales se adecuan a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 7/1985, de 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇, en el Real Decreto 896/1991, de 7 ▇▇ ▇▇▇▇▇, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 ▇▇ ▇▇▇▇▇ y, de forma supletoria, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesla Orden APU/1461/2002. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Selection and Hiring Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante Por el presente contrato EL BANCO otorga Contrato Tripartito, y con respecto a EL valores negociables nacionales e internacionales y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva, (en adelante “los Instrumentos Financieros”) propiedad del CLIENTE, Cecabank se compromete a prestar los servicios de Liquidación, custodia y administración de Instrumentos Financieros. El CLIENTE -previa evaluación faculta de manera expresa e incondicional a Finanbest para que ésta última actúe en su nombre y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado representación frente a Cecabank en todo lo relativo a la prestación de los servicios derivados del presente Contrato Tripartito y, en particular, en relación con la disposición de cualesquiera Instrumentos Financieros y sobre los servicios prestados en virtud del presente Contrato Tripartito. En consecuencia, el CLIENTE reconoce de manera expresa, e incondicional que Cecabank ejecutará y considerará válida, eficaz y vinculante cualquier comunicación, instrucción u orden que reciba de Finanbest sobre los Instrumentos Financieros, sin necesidad de investigaciones posteriores por ésteparte de Cecabank y/o de confirmaciones por parte del CLIENTE. Por lo tanto, el CLIENTE asume y responde ilimitadamente de toda la operativa realizada por Finanbest en relación con los citados Instrumentos Financieros. Por tanto, a los efectos del presente Contrato Tripartito, Finanbest actúa en nombre y representación del CLIENTE respecto de las cuentas de valores y de efectivo asociadas. Cecabank continuará ejecutando y considerará válidas, eficaces y vinculantes cualesquiera comunicaciones, instrucciones u órdenes que reciba de Finanbest sobre los Instrumentos Financieros y sobre los servicios prestados en virtud del presente Contrato Tripartito mientras dicho Contrato siga vigente. En consecuencia, si el importe CLIENTE deseara que Finanbest deje de actuar en su nombre y condiciones que se detallan representación en lo relativo a los servicios objeto del presente Contrato Tripartito y a los Instrumentos Financieros, deberá proceder a resolver dicho Contrato de acuerdo con lo previsto en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma Primera de las Condiciones Comunes (Tercera Parte del presente contrato Contrato Tripartito), con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser no pudiendo el CLIENTE, en ningún caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio operar directamente sobre las cuentas asociadas al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito mismo salvo en los términos establecidos previstos en el presente contrato para los bienes terminadosla dicha Condición. Dicho plazo podrá ser ampliado A tales efectos, Finanbest autoriza a solicitud Cecabank a que contabilice dicha operativa en las correspondientes cuentas de EL CLIENTE debidamente sustentadovalores y efectivo asociadas a nombre del CLIENTE. Asimismo, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida Finanbest, autoriza a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación Cecabank a disponer de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza mencionadas cuentas, a EL BANCO a la emisión los efectos de un titulo valor, título ejercitar las órdenes recibidas exclusivamente de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima CuartaFinanbest.

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Sources: Contrato Tripartito De Liquidación, Custodia Y Administración De Instrumentos Financieros

OBJETO. 1.1 Mediante El AUTOR en su carácter de único titular de todos los derechos intelectuales e industriales de la obra titulada, a los efectos de este premio , cuyo título real, según expresa el presente contrato EL BANCO otorga AUTOR es (en adelante, y en forma indistinta ambas denominaciones, la Obra) ganadora del Premio Clarín Novela 2016, cede en forma única, exclusiva e irrevocable a EL CLIENTE -previa evaluación AGEA, todos los derechos intelectuales e industriales de la Obra lo que incluye los derechos para editar, reproducir, publicar, comercializar y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstedistribuir la Obra, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad si o a la firma del presente contrato , con la finalidad través de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaterceros, en cuyo caso cualquier medio y/o formato, creado y/o a crearse, lo que incluye a título meramente ejemplificativo y no será limitativo: tapa dura, rústica, económica, y de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicialbolsillo, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratoclub, el cual se describe en el Anexo 1e book, etc., sin otra limitación que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos lo establecido en el presente contrato para Contrato. En consecuencia, el AUTOR cede en este acto a AGEA todos los bienes terminadosderechos y acciones por lo anterior, renunciando en forma expresa a efectuar cualquier clase de reclamo contra AGEA, con motivo de la presente cesión. Dicho plazo La Obra será editada en la República Argentina bajo el sello CLARIN. Las partes establecen que la presente cesión de derechos tiene el carácter de exclusiva e irrevocable, y no tiene otra limitación territorial, cuantitativa, de formato, ni ninguna otra que no sea expresamente establecida en este Contrato, y podrá ser ampliado ejercida por AGEA, en cualquier modalidad, ya se física y/o digital, etc. creada, como así también en cualquier canal de venta existente o que exista en el futuro. Se deja expresamente aclarado que el AUTOR autoriza en forma expresa a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentadoAGEA, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla utilice, cualquier sello editorial en la Republica Argentina o en el exterior, ya sea propio y/o ajeno, respetando los términos y condiciones de este Contrato. A estos efectos, AGEA podrán otorgar sublicencias y/o cesiones que considere necesarias, sin que por ello deba pedir autorización alguna al AUTOR. Asimismo, la presente cesión de derechos también comprenden los derechos conexos que se especifican en la cláusula Décima CuartaSegunda del presente Contrato. El autor se reserva para su explotación los siguientes derechos subsidiarios que se enumeran a continuación en forma taxativa: derechos de cine, televisión, teatro, y traducción a otros idiomas distintos al castellano.

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Sources: Contract of Assignment

OBJETO. 1.1 Mediante el presente Contrato, las partes establecen las condiciones generales y las obligaciones de cada una de ellas, aplicables al suministro de VOLQUETA DOBLETROQUE CON PLACAS Haga clic aquí para escribir texto. CAPACIDAD MINIMA DE 15m3, MODELO Haga clic aquí para escribir texto., COLOR Haga clic aquí para escribir texto., MARCA Haga clic aquí para escribir texto. PARA TRANSPORTE Y DESCARGUE DE MATERIAL PETREO Y ESTERIL, cuyas características sean las siguientes: volquetas, doble troque, diesel, llantas todo terreno, modelo 2000 en adelante, cabina cerrada con aire acondicionado, dotadas de: extintor tipo industrial, conos de (90) noventa cm, pito de reversa, exploradora de reversa, GPS, licuadora Cinturón de seguridad, botiquín de primeros auxilios. Las VOLQUETAS que se entregan en suministro tendrán como destinación exclusiva el transporte y descargue de material Pétreo y estéril, en la obra que se desarrolla para el mejoramiento de la vía ATLANTICO BARRANQUILLA SOBRE VIA CARTAGENA, que comprende los sitios de patio de acopio de barranquilla que ordene el contratante del Departamento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. El tiempo de trabajo será de un turno de quince (15) horas máximo. La entrega de las VOLQUETAS DOBLE TROQUE a EL CONTRATANTE se efectuará mediante inventario detallado de todos y cada uno de los aspectos inherentes al estado y descripción física y mecánica de las VOLQUETAS. El inventario para todos los efectos hará parte integral del presente contrato y será el parámetro para cualquier controversia que en el futuro se presente sobre estos aspectos. El CONTRATISTA se obliga a entregar a EL CONTRATANTE a título de suministro, VOLQUETAS DOBLETROQUE CON CON PLACAS Haga clic aquí para escribir texto. CAPACIDAD MINIMA DE 15m3, MODELO Haga clic aquí para escribir texto., COLOR Haga clic aquí para escribir texto., MARCA Haga clic aquí para escribir texto. , para que éste las use y disfrute, pagando el valor indicado en este CONTRATO DE SUMINISTRO DE VOLQUETAS DOBLETROQUE PARA TRANSPORTE Y DESCARGUE DE MATERIAL PETREO Y ESTERIL, durante el plazo de duración del mismo, en su cantera, sitio de acopio y/o descargue, y al terminar el presente contrato EL BANCO otorga CONTRATANTE proceda a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésterestituirlas, por quedando sujetas las partes, a las obligaciones que adelante se precisan. PARAGRAFO PRIMERO. La entrega de las VOLQUETAS DOBLETROQUE será en el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen parqueadero destinado para tal fin, el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento nombre de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, cantera-acopio y/o descargue y el cual se describe lugar exacto estará descrito en el Anexo 1, ACTA DE INICIO U OTRO SÍ; que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente hacen parte integral de este contrato, en donde se dará el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble inicio a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos todo lo pactado en el presente contrato para documento; los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud gastos en que se pueda incurrir por concepto de transporte del parque automotor desde el sitio donde se encuentren, hasta el lugar de destino serán por cuenta de EL CLIENTE debidamente sustentadoCONTRATISTA. Los recorridos aproximados, señalando se estiman en ___ km diarios con volqueta cargada entre los sitios de cargue a los sitios de descargue que se indiquen en la programación de obra. PARÁGRAFO SEGUNDO. Para todos los efectos legales, se entiende que las VOLQUETAS DOBLE TROQUE son de propiedad de o bajo administración de EL CONTRATISTA y en consecuencia se compromete a entregar el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder poder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación Administración de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a volquetas EL BANCO a la emisión CONTRATANTE y/o GENERADOR DEL CONTRATO MATRIZ son unos meros tenedores de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartalas mismas.

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Sources: Supply Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante tiene por objeto las siguientes operaciones COMERCIALES: compra venta de café, té, especias, frutas secas, carnes vacunas, de aves, de pescado y mariscos, envasados, bebidas alcohólicas y productos alimenticios en general. Compra venta por mayor y menor de mercaderías comestibles, materias primas alimenticias y sus productos elaborados o no. La importación o su exportación. INDUSTRIALES: La torrefacción y/o tostación de café, producción, envasado y comercialización de capsula de café, la manufacturación y fabricación de productos y subproductos alimenticios. Autorizado según instrumento privado Acta Asamblea de fecha 11/12/2023 ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ - T°: 141 F°: 40 C.P.A.C.F. e. 28/12/2023 N° 106100/23 v. 28/12/2023 CUIT Nº 30-68082295-2. Por Acta de Asamblea Extraordinaria N° 54, de fecha 18/04/2023 resolvieron REFORMAR EL CONTRATO SOCIAL respecto al cierre del EJERCICIO SOCIAL quedando el presente contrato EL BANCO otorga “ARTICULO QUINCE: El ejercicio social cierra el 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a EL CLIENTE -previa evaluación las disposiciones en vigencia y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan normas técnicas en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde materia. La Asamblea podrá modificar la fecha de desembolso cierre del créditoejercicio, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas inscribiendo la resolución pertinente en el contrato Registro Público de compraventaComercio y comunicándola a la Autoridad de Contralor. Las ganancias líquidas y realizadas se destinarán: a) el 5%(cinco por ciento) hasta alcanzar el 20% (veinte por ciento) del capital suscripto para el fondo de Reserva Legal; b) a Remuneración del Directorio y Síndico, independizada e inscrita en registros públicossu caso; c) a dividendo de las acciones preferidas, con prioridad los acumulativos impagos; d) el saldo en todo o en parte, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación participación adicional de las obligaciones contraídas acciones preferidas y a dividendo de las acciones ordinarias, o/a fondos de Reserva Facultativa o de Prevención o a Cuenta Nueva o al destino que determine la Asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones dentro del año de su sanción.”- Por Acta de Asamblea ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇° ▇▇ del 24/10/2023 se designan y distribuyen los cargos: PRESIDENTE: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, DNI ▇▇.▇▇▇.▇▇▇, con domicilio en ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ y DIRECTORA SUPLENTE: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, DNI 5.313.723, con domicilio en ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇°, ▇▇▇▇. Fijando los directores domicilio especial ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, piso 23º, CABA.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 121 de fecha 21/12/2023 Reg. Nº 628 ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ - ▇▇▇▇▇▇▇▇▇: 5681 C.E.C.B.A. e. 28/12/2023 N° 106094/23 v. 28/12/2023 CUIT 30-71191343-9. Comunica que por asamblea extraordinaria del 6/09/2023 se resolvió aumentar el presente crédito autoriza capital social de $ 777.548.493 a EL BANCO a la emisión de un titulo valor$ 7.673.636.531 y, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) en consecuencia, se reformó el mismo que artículo cuarto del estatuto como sigue: “El capital social se detalla fija en la cláusula Décima Cuarta.suma de pesos AR$ 7.673.636.531 (SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO) representado por 7.673.636.531 (SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO) acciones ordinarias de Pesos UNO (AR$ 1) de valor nominal cada una y con derecho a UN (1) voto por acción”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 06/09/2023 ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ - T°: 132 F°: 712 C.P.A.C.F. e. 28/12/2023 N° 105883/23 v. 28/12/2023

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Sources: Contratos Sobre Personas Jurídicas

OBJETO. 1.1 Mediante El presente CONTRATO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ MERCANTIL, tiene por objeto constituir un PATRIMONIO AUTÓNOMO denominado FIDEICOMISO BOSA 37 – FIDUBOGOTÁ, afecto a las siguientes finalidades, en desarrollo de las cuales LA FIDUCIARIA deberá cumplir su gestión: 4.1.1. En la FASE PARQUEO: A. Recibir y administrar LOS INMUEBLES, junto con los demás activos aportados por LOS FIDEICOMITENTES. B. La FIDUCIARIA entregará a título de comodato precario LOS INMUEBLES al FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR. La FIDUCIARIA no tendrá responsabilidad alguna por la gestión del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, en razón de la tenencia que ejerza sobre el presente contrato EL BANCO otorga bien inmueble fideicomitido C. Una vez cumplidas las condiciones de la FASE DE PARQUEO, reguladas en el numeral 2.4 de las DEFINICIONES, permitir a EL CLIENTE -previa evaluación FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR el desarrollo de LOS PROYECTOS por su cuenta y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado riesgo, y por éstetanto se dará inicio a la FASE INMOBILIARIA del presente contrato. D. En el evento en que no se cumplan las condiciones establecidas en alguno de los CONTRATOS DE ENCARGO FIDUCIARIO DE PREVENTAS, por instrucción de EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR la cual se entiende impartida con la celebración del presente Contrato, LA FIDUCIARIA restituirá el importe y inmueble correspondiente al PROYECTO cuyas condiciones no se acreditaron, a EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR o lo transferirá al tercero que este indique. No obstante, LA FASE INMOBILIARIA se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido activará respecto del(los) PROYECTO(S) cuyas condiciones de giro si se hayan acreditado. E. Por instrucción del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, impartida con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso suscribir junto con EL FIDEICOMITENTE las escrituras públicas de bien terminado o mejoramiento englobe, subdivisión, desenglobe y urbanismos de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadolos INMUEBLES. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Fiducia Mercantil De Administración

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma Las partes intervinientes del presente contrato han decidido, por medio del presente documento, que se transferirá a título ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ mercantil irrevocable los bienes que se describen más adelante y con la finalidad de financiar la adquisición de ellos conformará un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaFIDEICOMISO denominado FC – VICTORIA PARQUE COMERCIAL Y RESIDENCIAL, en cuyo caso no será los términos del Título XI del Libro Cuarto del Código del Comercio y por las reglas determinadas en el texto de aplicación el atributo este documento, y que tiene por objeto principal: 1. Recibir en trasferencia a titulo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ mercantil, de parte del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento FIDEICOMITENTE GESTOR y/o FIDEICOMITENTE APORTANTE, previo estudio de la cuota inicialtítulos positivo que realice LA FIDUCIARIA, establecidos los inmuebles señalados en la Clausula Tercera las consideraciones del presente Contratootrosí, sobre los cuales se desarrollará por parte del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, el cual se describe proyecto de construcción denominado VICTORIA PARQUE COMERCIAL Y RESIDENCIAL, de acuerdo a las consideraciones antes señaladas y lo establecido en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso . El PATRIMONIO AUTÓNOMO podrá suscribir todos los documentos necesarios para la consecución de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoeste objeto. 1.3 En caso 2. Recibir en transferencia a titulo ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ mercantil de bien futuroparte de LOS FIDEICOMITENTES, en un plazo no mayor a treinta los demás bienes muebles necesarios para el desarrollo del PROYECTO INMOBILIARIO CONSTRUCTIVO, así como los que se perciban como ingreso por las ventas ó subsidios de las unidades inmobiliarias resultantes. 3. Permitir al FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR desarrollar por su cuenta y seis (36) mesesriesgo, contados desde la fecha de desembolso del créditoy bajo su exclusiva responsabilidad financiera, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada administrativa y técnica, el PROYECTO INMOBILIARIO CONSTRUCTIVO, cuando el mismo cumpla con las características pactadas obligaciones técnicas financieras y legales del proyecto inmobiliario. 4. Entregar en comodato precario al FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, los inmuebles transferidos al PATRIMONIO AUTONOMO, para el contrato desarrollo del proyecto de compraventaconstrucción, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato. 5. La construcción y terminación del PROYECTO INMOBILIARIO CONSTRUCTIVO, que se desarrollará sobre los inmuebles señalados en las consideraciones del presente otrosí, se terminará con los recursos y bienes que conforman el patrimonio autónomo que se constituye con el presente contrato, o que ingresen a él, sobre los inmuebles que serán trasferidos al fideicomiso y que se encuentra descrito más adelante, bajo los términos y condiciones dispuestas en el presente contrato para y por el Comité del Fideicomiso. 6. Recibir y administrar los recursos de los promitentes compradores, transferidos en fiducia mercantil por parte del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR al presente patrimonio autónomo y efectuar los giros a favor de quien se señale en las ordenes de giro firmadas por EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, previa autorización del INTERVENTOR, hasta la concurrencia de los recursos existentes en el Fideicomiso. 7. Con los recursos aportados por EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, obtenidos de las ventas de las unidades de vivienda del proyecto y sus rendimientos, cancelar también las obligaciones del PATRIMONIO AUTÓNOMO. 8. Con los recursos obtenidos por las ventas de las unidades de comercio, servicios y las unidades de vivienda que excedan las 310 unidades, transferir a titulo de beneficio en favor del FIDEICOMITENTE CONSTITUYENTE Y GESTOR, las sumas establecidas en el presente contrato, en los términos y condiciones estipulados en el presente documento y en el anexo técnico. 9. Transferir a título de beneficio las sumas de dinero, inmuebles y otros activos del Fideicomiso en favor de LOS BENEFICIARIOS, de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente contrato. 10. Transferir por instrucción y en conjunto con EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, este último como VENDEDOR tradente de las mejoras y constructor responsable, y el FIDEICOMISO como mero tradente, a título de compraventa, los inmuebles que se deriven del proyecto a desarrollar a los futuros compradores. PARÁGRAFO PRIMERO.- En desarrollo del objeto del presente contrato, LA FIDUCIARIA podrá realizar los actos de disposición y administración de los bienes terminadosque conforman el patrimonio autónomo, necesarios para el cumplimiento del mismo, quedando ampliamente facultado para la realización de todo acto o contrato necesario para lograr la finalidad prevista. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentadoAsí mismo, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCOen desarrollo del objeto ya referido, el cual no patrimonio autónomo podrá exceder de 12 meses. 1.4 ejecutar todas las operaciones, celebrar todos los contratos y realizar todos los actos que directamente se relacionen con el objeto antes descrito. Sin embargo, EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas PATRIMONIO AUTONOMO podrá, pero requerirá autorización previa y expresa para transferir o gravar a cualquier titulo, los inmuebles aportados por el FIDEICOMITENTE GESTOR – CONSTITUYENTE, en caso que EL FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR necesite constituir una garantía hipotecaria, para garantizar un crédito constructor que le sea otorgado por una entidad BANCARIA autorizada legalmente, para el desarrollo del proyecto constructivo objeto del presente crédito autoriza contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO.- LA FIDUCIARIA deberá realizar los desembolsos de los recursos para cubrir los gastos determinados en el presupuesto, en forma gradual de acuerdo con las solicitudes que para el efecto realice el FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, mediante actas debidamente suscritas, y en todos los casos con la previa validación del INTERVENTOR. Adicionalmente, LA FIDUCIARIA realizará los pagos a EL BANCO los proveedores según el mecanismo señalado a continuación y solo iniciará desembolsos cuando cuente con los recursos requeridos de acuerdo a la emisión programación de avance de obra determinado por el esquema de pagos, y en todo caso tendrán prelación los gastos de la obra. PARAGRAFO TERCERO.- El proyecto inmobiliario “Victoria Parque Comercial y Residencial” contempla un titulo valormínimo de trescientas diez (310) unidades de vivienda de interés prioritario VIP (con un precio máximo de sesenta y dos (62) SMLMV) y zonas destinadas al uso comercial y de servicios, título un área mínima destinada al uso comercial de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) 4.900 M2 y para servicios de 1.415 M2, las cuales serán de libre colocación por parte del FIDEICOMITENTE CONSTRUCTOR, no existiendo limitantes para el mismo que se detalla tipo de producto inmobiliario a comercializar, áreas vendibles, cliente objetivo o precio de venta, salvo las definidas en la cláusula Décima Cuartael Anexo técnico y norma urbanística aplicable.

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Sources: Contrato De Fiducia Mercantil Inmobiliario

OBJETO. 1.1 cve: BOPVA-A-2014-00605 sección: III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL organismo: AYUNTAMIENTO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ Mediante las presentes bases se regula el presente proceso de selección para la contratación, en calidad de relevista, de un peón de servicios generales/enterrador que en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene asignado el código OBR07, plaza encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Operarios, grupo de clasificación profesional AP, dotada con la retribución que se le atribuye en la citada relación de puestos de trabajo. El Contrato se efectuará en la modalidad de contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación laboral de relevo por jubilación parcial anticipada, tendrá carácter temporal y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado su duración se prorrogará hasta que el empleado relevado cumpla la edad necesaria para la jubilación forzosa. La contratación se realizará, de conformidad con lo establecido en los apartados 6 y 7 del artículo 12 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por ésteReal Decreto Legislativo 1/1995, de 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇, y por el importe artículo 166.2 del Texto Refundido de la Ley de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 ▇▇ ▇▇▇▇▇. Al relevista le incumbirá el desempeño de los cometidos propios de su puesto de trabajo, según instrucciones dictadas por la Alcaldía, como jefe de Personal. La jornada de trabajo podrá ser continuada, partida o en régimen de turnos, en función de los cometidos a desempeñar, quedando condicionada, en todo caso, a las características y condiciones peculiaridades horarias asignadas al puesto de trabajo que se detallan ocupe el/la aspirante aprobado/a en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendaconvocatoria, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos estructura municipal vigente en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratocada momento. No obstante, en el caso ejercicio de bien terminado o mejoramiento su potestad de viviendaautoorganización, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor la Corporación se reserva la facultad de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con modificar las características pactadas en el contrato cualitativas y cuantitativas del puesto de compraventatrabajo, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en la legislación vigente. Se deberán utilizar los medios técnicos y mecánicos que para el presente contrato desarrollo de su trabajo facilite la Corporación. El aspirante que resulte seleccionado/a para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud esta plaza quedará sometido/a, desde el momento de EL CLIENTE debidamente sustentadosu toma de posesión al régimen de incompatibilidades vigente, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual y no podrá exceder simultanear el desempeño de 12 mesesaquella con el de cualquier otra plaza, cargo o empleo remunerado con fondos del propio Ayuntamiento, Estado, Comunidad Autónoma, Entidades y Corporaciones Locales y de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichas Administraciones, aunque el sueldo tenga carácter de gratificación o emolumento de cualquier clase conforme señala la legislación vigente. Tampoco podrá desempeñar o ejercer cualquier otra actividad lucrativa o no, que a juicio de la Corporación, sea incompatible con las funciones del cargo. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Public Announcement

OBJETO. 1.1 Mediante El objeto del presente proceso que requiere la entidad se denomina: “SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS PARA LA E.S.E. SANATORIO DE CONTRATACIÓN - SANTANDER. PARAGRAFO 1 - CARACTERÍSTICAS DEL SUMINISTRO: Los productos que se requieren para el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que normal funcionamiento de la Institución se detallan en el Anexo Técnico No. 1 - RELACIÓN DE PRODUCTOS, PRECIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CONTRACTUALES del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en los estudios previos y la hoja resumen oferta presentada por el mismo contratista; documentos que EL CLIENTE declara haber recibido forman parte integral del presente contrato. Alguno de los productos se identifica con anterioridad la respectiva marca con fundamento en los conceptos técnicos emitidos por los médicos, previa fase de estudios y evidencias de disminución de eventos adversos. El suministro de los medicamentos se realizará de conformidad con la necesidad de la entidad, por lo anterior, no se pacta el suministro de cantidades fijas, sino mediante los requerimientos y solicitudes que a través del supervisor realice la firma entidad y teniendo en cuenta los precios presentados los cuales son considerados precio fijo unitario. Cuando la E.S.E requiera de algún medicamento adicional podrá ser facturado al presente contrato, previo estudio de precios ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. PARAGRAFO 2 - ALCANCE: Dentro del cumplimiento del objeto del presente contrato , el contratista deberá realizar las siguientes actividades: a) Garantizar la disponibilidad de los bienes durante todo el tiempo de ejecución del objeto contractual del suministro de Medicamentos requerido para los procesos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y Farmacia. b) Garantizar que los Medicamentos ofrecidos se ajusten a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias. c) El contratista se obliga con la finalidad E.S.E. a suministrar y entregar el Medicamentos requeridos de financiar acuerdo a los requerimientos institucionales. d) El contratista responderá por la adquisición buena calidad de un bien terminado los materiales objeto del contrato. e) El Contratante podrá solicitar al Contratista cambio de los productos cuando estos presenten defectos o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, alteraciones que incidan en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contratosu calidad, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratodeberá efectuar dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de la solicitud, en el caso evento de bien terminado o mejoramiento ser nuevamente rechazados por mala calidad será causal para declarar la caducidad administrativa del contrato. f) Atender y solucionar las objeciones presentadas por el contratante relacionadas con la calidad y oportunidad de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente los servicios contratados. g) Garantizar la CONTINUIDAD y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas OPORTUNIDAD en el suministro durante el tiempo de la duración del contrato de compraventa, independizada e inscrita acuerdo a las necesidades de la E.S.E. h) Reportar oportunamente las anormalidades en registros públicosel desarrollo del objeto contractual y proponer alternativas de solución. i) Desarrollar el objeto del contrato a cabalidad, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud la luz de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.lo

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Sources: Supply Contract

OBJETO. 1.1 Mediante a) LINEA DE CREDITO ROTATIVO.- El Banco concede y abre en esta fecha una línea de crédito hasta por la cantidad de xxxx MIL /100 Dólares (US$ x.xxx.xx). El deudor podrá disponer del valor total de la misma a partir de la celebración de este documento, mediante la suscripción de pagarés, todos los cuales se entenderán incorporados al presente contrato. El Banco no estará obligado a realizar ningún desembolso al amparo de esta Línea de Crédito, si se produjera un cambio en la situación del deudor y/o porque las garantías que se encuentran constituidas a su favor, resultaren incorrectas o insuficientes. b) DESTINO.- El deudor destinará el crédito que se concede al financiamiento de actividades empresariales y/o personales, comprometiéndose a no desviar los valores recibidos a otra actividad de aquella para la que solicitó; en todo caso, se a utilizarlo en actividades lícitas y permitidas por las leyes, eximiendo al Banco de cualquier responsabilidad. El deudor expresamente al Banco o a la entidad o persona que éste designe, a verificar el uso correcto de los fondos derivados del presente contrato EL BANCO otorga contrato. c) PLAZO.- La presente línea de crédito rotativa tiene un plazo de cinco años, contados a EL CLIENTE -previa evaluación partir de esta fecha, prorrogables a opción del Banco. El deudor hará uso de esta línea de crédito rotativo por medio de retiros de cantidades parciales. Durante la vigencia de este contrato, sus efectos no se extinguirán aun cuando dispuesto del monto total del crédito abierto, pues los abonos o pagos que hagan de las sumas retiradas, constituyen disponibilidades a su favor, pudiendo disponer de ellos dentro de los términos que le fija este documento. En todo caso, el Banco se reserva el derecho de dar por terminado este Contrato a su sola discreción. d) INTERESES.- Los intereses que devenguen los desembolsos que se realicen a través de esta línea de Crédito, constarán en los pagarés que se suscriban por cada uno de ellos. En caso ▇▇ ▇▇▇▇ el deudor se compromete a pagar, sobre el capital vencido y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda no cancelado, la tasa de interés moratoria de conformidad con las Regulaciones emitidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador. e) USO DE FONDOS.- El deudor podrá hacer uso del presente crédito hasta el límite concedido, pudiendo solicitar hasta tres desembolsos según la disponibilidad entre saldo pendiente y límite concedido, siempre y cuando se mantenga al día en el pago de sus cuotas. En todo caso, su otorgamiento se sujetará a la disponibilidad de fondos del Banco. f) FORMA DE PAGO.- Debido a que el monto del presente crédito podrá ser solicitado por ésteel deudor mediante varios desembolsos, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE éste se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas pagar la totalidad de cada uno de ellos, más los intereses y accesorios correspondientes, en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito la forma que se consigne en los términos establecidos en el presente contrato títulos-valores que suscribirá por cada desembolso realizado. El deudor autoriza expresamente al Banco para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación que cuando cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza se vuelva exigible pueda disponer de valores y documentos a EL BANCO a la emisión su favor u orden que están en su poder, como pago parcial o total de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHNéstas. g) el mismo que se detalla LUGAR E IMPUTACION DE PAGOS.- Todo pago lo hará en la cláusula Décima Cuartamisma moneda pactada, en cualquiera de las oficinas del Banco, o en las que‚ este designe.

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Sources: Credit Line Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del “SERVICIO DE MONTAJE, SONIDO, ILUMINACION, ELECTRICIDAD Y DESCARGA Y CARGA DE MATERIALES NECESARIO PARA LAS REPRESENTACIONES Y EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteMANTENIMIENTO DEL TEATRO ▇▇▇▇▇▇”, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad realizará conforme a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento las siguientes condiciones: - El adjudicatario se hará cargo de la cuota inicialrealización de los trabajos antes citados, establecidos conforme a las instrucciones recibidas por la Dirección del Teatro, aportando para su realización el personal necesario y adecuado técnicamente que se le requiera, entre un mínimo de uno y un máximo de seis personas, ya que depende de la complejidad de cada espectáculo. - La actividad se realizará según la programación y las necesidades de mantenimiento del Teatro ▇▇▇▇▇▇, conforme al horario que determine la Dirección del mismo, considerando las necesidades de cada obra a representar, los horarios de llegada del material, la disponibilidad del local y la terminación de las obras representadas, así como los trabajos de mantenimiento requeridos por la Dirección del Teatro. - Será de cuenta del adjudicatario el personal necesario para el desarrollo adecuado de dicho servicio, siendo el número de personas necesarias para la prestación de los servicios en cada representación el que requiera la Clausula Tercera Dirección del presente ContratoTeatro (entre un mínimo de uno y un máximo de seis), el cual se describe previa valoración de las necesidades específicas y de acuerdo con cada Compañía actuante. - El adjudicatario deberá cumplir todas las condiciones sobre seguridad y riesgos laborales exigidos al Teatro, debiendo dotar del vestuario y material de seguridad necesario para su personal, exigiendo a este su obligada utilización y cumplimiento durante la realización de las tareas y trabajos que realicen en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónTeatro. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Service Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante Constituye el objeto del presente contrato EL BANCO otorga convenio establecer la colaboración y coordinación entre las partes, para llevar a EL CLIENTE -previa evaluación cabo la ejecución y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado el pago de las actuaciones que permitan poner en servicio las obras del «Canal de Acceso. Fase 3», incluyendo la ejecución de todas las obras necesarias y sus instalaciones, así como las asistencias técnicas a la dirección de obras, control ambiental, control de calidad y coordinación de seguridad y salud de las obras, así como otros costes que, de la ejecución de la actuación y de su puesta en servicio, pudieran derivarse, tales como expedientes de gastos, suministros, avales, encargados de trabajos, pilotos u otros costes necesarios para la ejecución de las obras y su puesta en servicio. La actuación objeto del presente convenio «Canal de Acceso. Fase 3» se desarrolla en base a los siguientes proyectos redactados por ésteAdif-Alta Velocidad, por el importe y condiciones que se detallan encargará de la licitación para la ejecución de la obra la cual se pagará con fondos procedentes de Adif-Alta velocidad, tanto propios como procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTE), del Ayuntamiento de Valencia y de la Generalitat Valenciana: cve: BOE-A-2022-17088 Verificable en ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ 1. Nuevo Canal de acceso Fase 3. Contempla el soterramiento de todas las vías de acceso a las estaciones de Valencia Norte y ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, prolongando en algunos casos los túneles del nudo sur. Las vías discurrirán a un mismo nivel, dando continuidad a los túneles ya ejecutados en el Nudo Sur, salvo por la incorporación de un ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ para resolver el cruce de las vías con origen o destino en el Corredor Mediterráneo hacia ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Incluye tanto la obra civil del soterramiento del canal de acceso como el montaje de vía, la electrificación, y las instalaciones ferroviarias, así como las instalaciones de iluminación, ventilación, bombeo, etc. del canal de acceso. 2. Remodelación de la estación ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. Consiste en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad ejecución de nuevos andenes y remodelación de los existentes para adecuarse a la firma nueva playa de vías definida en el proyecto del presente contrato canal de acceso, con además contempla la finalidad remodelación del edificio de financiar la adquisición de viajeros que incluye un bien terminado o bien futuro nuevo vestíbulo elevado y accesorios de ser los espacios necesarios para su correcta explotación, así como el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento acondicionamiento de la cuota inicial, establecidos urbanización del entorno de la estación. Una parte de las actuaciones son consecuencia del cambio en la Clausula Tercera playa de vías provocado por la ejecución del presente Contrato, canal de acceso y el cual se describe resto son necesarias en el Anexo 1, que será utilizado previsión del aumento de viajeros estimado como consecuencia de la liberalización del transporte ferroviario y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitacióndel desarrollo ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Mediterráneo. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Convenio

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga MASSALMA prestará al PROFESIONAL los servicios de alquiler temporal y conforme a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado tarifas del espacio pactado para la realización de servicios por éstecuenta del Profesional en sus instalaciones, por el importe en los términos y condiciones que se detallan recogen en la hoja resumen web oficial ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇ y específicamente en el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma anexo adjunto. La contratación del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición alquiler de un bien terminado espacio de trabajo ubicado en MASSALMA será realizada, según lo pactado por horas, bonos de servicios o bien futuro por mensualidades fijas, según las necesidades del PROFESIONAL, y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento función de la cuota inicialdisponibilidad de dichos espacios, establecidos dentro del horario laboral que tuviera establecido MASSALMA. El PROFESIONAL podrá elegir el espacio de trabajo en la Clausula Tercera del presente Contratocada momento de entre los espacios libres que MASSALMA le indique, sujeto a disponibilidad. La compra ▇▇▇ ▇▇▇▇ de uso se entiende sujeta siempre a disponibilidad de espacio, no teniendo el cual PROFESIONAL derecho alguno a reclamación en caso de no disponer en fecha y hora deseada. Así mismo, MASSALMA se describe en reserva el Anexo 1derecho a realizar cualquier tipo de cancelación, que será utilizado y destinado cambio o modificación sobre las reservas realizadas por EL CLIENTElos profesionales siempre por causas de fuerza mayor, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante para el presente contrato, en buen aprovechamiento de los espacios. En el caso de bien terminado o mejoramiento de viviendaque, EL CLIENTE constituye primerahabiendo realizado la reserva el cliente no se presente, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO PROFESIONAL no haga uso del mismo, el importe por dicha reserva no será facturado, en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuroadquisición ▇▇ ▇▇▇▇. Este término será para las salas denominadas “Primavera”, “Verano” y “Despacho-Otoño” en horarios de uso entre lunes y viernes, quedando excluida la sala de grupos y el uso de fin de semana de cualquiera de las salas. Los bonos adquiridos para el uso ▇▇ ▇▇▇▇ tendrán una validez de un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicosaño, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar contar desde el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud momento de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesessu adquisición. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Arrendamiento Temporal De Espacio

OBJETO. 1.1 Mediante Este Contrato tiene por objeto la comercialización de energía eléctrica y/o gas natural y/o servicios adicionales al suministro de energía por parte de AUDAX RENOVABLES, S.A. (en adelante AUDAX o la Comercializadora) al CLIENTE con las condiciones y en los Puntos de Suministro (CUPS) establecidos en las Condiciones Particulares del Contrato. Las características principales de los productos y servicios, los términos de contratación, las condiciones de prestación, el presente contrato EL BANCO otorga alcance y la cobertura específica de los servicios, incluyendo las condiciones económicas, se ajustan a EL la información que ha sido puesta a disposición del CLIENTE -previa evaluación de forma previa, ya sea a través de la puesta a disposición del CLIENTE de los documentos de Información Precontractual y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteCondiciones Particulares como a través de la página web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ o de otros medios telefónicos, por electrónicos o telemáticos, de conformidad con lo establecido en el importe Real Decreto Legislativo 1/2007 ▇ ▇▇▇ General para la Defensa de los Consumidores y condiciones que se detallan en Usuarios para la hoja resumen el mismo que EL contratación a distancia o fuera del establecimiento mercantil. El CLIENTE declara reconoce haber recibido de forma previa a este acto toda la información recogida en los documentos de Información Precontractual y Condiciones Particulares que, una vez formalizados junto con anterioridad las Condiciones Generales, forman parte integral del Contrato. En el caso que en las Condiciones Particulares del Contrato el Acceso de Terceros a las Redes (ATR) esté incluido, el CLIENTE acepta de forma expresa y como única modalidad de suministro de electricidad y/o gas natural, la firma del presente contrato , con la finalidad contratación conjunta de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro la energía y accesorios el acceso a red a través de la Comercializadora. El CLIENTE deberá ser el casoefectivo usuario de la energía suministrada, no pudiendo cederla, enajenarla o ponerla a disposición de terceros sin el mejoramiento consentimiento expreso de viviendaAUDAX. La contratación de servicios distintos del suministro de electricidad y/o gas natural, en cuyo caso no será adelante “los Servicios Adicionales al Suministro” o los “SAS”, tendrán la consideración de aplicación contratos complementarios al contrato de suministro de energía, en base a lo definido en el atributo Real Decreto Legislativo 1/2007 ▇ ▇▇▇ General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, de tal forma que la contratación de los SAS constituirán un contrato complementario por el cual el CLIENTE adquiere los SAS sobre la base del BBP ni contrato de suministro de energía y que dichos bienes o servicios podrán ser proporcionados directamente por AUDAX o por un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y AUDAX. En base a lo anterior, el CLIENTE declara conocer y acepta que los SAS se podrán llevar a cabo por AUDAX en calidad de Gestor, quien podrá subcontratar total o parcialmente a terceras empresas habilitadas con cualificación técnica y acreditaciones necesarias para la prestación de los SAS (en adelante el “Prestador”). El CLIENTE ha sido debidamente informado sobre las características principales y precios de los pagos adicionales correspondientes a los SAS, antes de haber quedado vinculado por el Contrato. La contratación de los SAS ha sido realizada por parte del Premio al Buen Pagador como complemento CLIENTE en las Condiciones Particulares sobre una base de opción de inclusión en favor del CLIENTE, por la cuota inicialcual el CLIENTE da su consentimiento de forma expresa para la contratación de los SAS y para la realización del pago que pudiera corresponder por los SAS, siendo este pago adicional a la remuneración acordada para el suministro de energía, que es la obligación contractual principal del Contrato, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 60 bis del Real Decreto Legislativo 1/2007 ▇ ▇▇▇ General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. En cualquiera de los casos, los SAS contratados están asociados a los CUPS establecidos en las Condiciones Particulares del Contrato y la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual prestación de los SAS se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, limitará a los CUPS contratados mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgadoContrato. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Dual Supply and Additional Services Contract

OBJETO. 1.1 Mediante el “CONTRATAR LA PRESTACION DE SERVICIOS DE APOYO TEMPORAL MEDIANTE ENVIO DE TRABAJADORES EN MISION, A LA GESTION EN PROCESOS ADMINISTRATIVOS, ASISTENCIALES Y MISIONALES DE LA E.S.E. SALUD DEL TUNDAMA”: “El CONTRATISTA se compromete para con la Empresa Social del Estado Salud del Tundama a prestar los servicios descritos así: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXPARÁGRAFO UNO- Especificaciones. - EL CONTRATISTA (EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES) garantiza que los servicios ofrecidos acorde a la propuesta técnica y económica y que hacen parte integral del presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación son de buena calidad y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éstecumplen con las normas vigentes y demás condiciones ofrecidas. En cumplimiento del objeto contractual, el contratista tendrá las siguientes obligaciones específicas: 1) Cumplir con el objeto del contrato de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el mismo, de conformidad con la propuesta presentada por el importe contratista, precios y condiciones que se detallan deberá garantizar y mantener durante la ejecución del contrato. 2) Efectuar la prestación de los servicios objeto del contrato en dependencias institucionales ubicados en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇. ▇▇-▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, de acuerdo a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro las condiciones y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos señalados en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE y en representación de las obligaciones contraídas la oferta presentada por el presente crédito autoriza contratista. El servicio se prestará entregas parciales de acuerdo a las necesidades de la Empresa Social del Estado Salud del Tundama. 3) Conocer, y aplicar las disposiciones que en materia de Trabajo en Misión o legislación laboral en general expida el Gobierno Nacional y La EMPRESA. 4) I. Generales a) EL BANCO CONTRATISTA se obliga a ejecutar el objeto del contrato y a desarrollar las actividades específicas en las condiciones pactadas. b) Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato. c) Salvaguardar la información confidencial que obtenga en el desarrollo de sus actividades. d) Obrar con diligencia en los asuntos encomendados. e) Responder por equipos, insumos y elementos a su cargo. f) Acatar las observaciones que le formule el Gerente de la E.S.E. XXXXXX a través del Supervisor, durante la vigencia del contrato y subsanar de inmediato cualquier deficiencia. g) Cumplir con la normatividad interna aplicable a la emisión gestión documental, de un titulo valor, título acuerdo al rol desempeñado y las responsabilidades asignadas. h) Mantener adecuados niveles de Crédito Hipotecario negociable (TCHNinteracción con todos los niveles de la organización y cumplir con el valor institucional de trabajar en equipo. i)Según las necesidades del servicio del centro de salud podría ser designado para llevar a cabo actividades de supervisión a otros procesos que estén relacionados con el suyo o que sean de su conocimiento. j) el mismo Los demás procesos que se detalla en la cláusula Décima Cuartale sean asignados de acuerdo a las necesidades del área.

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Sources: Servicios De Apoyo Temporal

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad exclusiva de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de viviendaterminado, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Crédito Hipotecario

OBJETO. 1.1 Mediante el El objeto del presente contrato EL BANCO otorga es la prestación del servicio de comedor en el Centro Municipal de Servicios Sociales ▇▇▇▇▇, sito en C/ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, y el servicio de comedor social en Cartuja , en el Centro situado en C/ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, conforme a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones las prescripciones técnicas que se detallan en este Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que se apruebe. Procede la hoja resumen división en lotes del obje to de este contrato, por los siguientes motivos: - LOTE 1 COMEDOR ▇▇▇▇▇: Se trata de un servicio de comedor que funciona además como lugar de encuentro. Atiende casi en exclusiva a personas mayores y funciona en régimen de copago, salvo 3 personas usuar ias que atendiendo a razones económicas se encuentran financiadas en su totalidad por el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido Ayuntamiento. La necesidad del comedor se fundamenta en prevenir : - Situaciones de aislamiento y soledad. - Situaciones de riesgo de caída e incendio. - Situaciones de una alimentación inadecuada. Motivado por:  Problemas de salud: - Pérdida de memoria, olvidos con anterioridad a la firma del presente contrato riesgo de incendio y escape de gas. - Escasa movilidad, por diferentes enfermedades, obsidad, no pueden estar mucho tiempo de pié, con la finalidad riesgo de financiar la adquisición caída de un bien terminado l usuario y comida. - Visión limitada o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de viviendapérdida total. - Depresión, en cuyo caso no será de aplicación el atributo ocasiones por pérdida del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos cónyuge y poco contacto con los familiares. Estas situaciones les conducen a una desgana en la Clausula Tercera del presente Contratoelaboración de comidas, el cual se describe en el Anexo 1llevando a cabo una alimentación inade cuada, que será utilizado en situaciones de necesidad de mantener un régimen y destinado no hacerlo, agrava su estado de salud.  Problemas de aislamiento: Son mayores que su situación personal les lleva a estar prácticamente todo el día en casa, sin mantener contacto con el exteri or y sin relaciones interpersonales, por EL CLIENTElo que el comedor se convierte en un lugar de encuentro.  Problemas relacionados con la carencia de habilidades para cocinar: En todos los hombres la demanda fundamental está motivada por este hecho, única llevando una ma la alimentación a base de bocadillos y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en comida fría. En el caso de bien terminado matrimonios, si la esposa tiene problemas de salud que le impide realizar la comida, si el marido no sabe, unido a la avanzada edad, les lleva a una alimentación inadecuada.  Problemas económ icos: Ingresos insuficientes que les impiden o mejoramiento dificultan una alimentación diaria suficiente. - LOTE 2. COMEDOR SOCIAL NORTE. Se trata de un servicio de comedor social. Atiende a 50 personas usuarias máximo, con un perfil muy variado, familias, mayores y personas que precisan de este servicio atendiendo a circunstancias económicas por falta de recursos suficiente. Es un servicio de Comedor Social propiamente dicho. En este sentido el artículo 43 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1.978 , dispone que “1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud. 2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La Ley establecerá los derechos y debe res de todos al respecto.” Por su parte, el artículo 10.2 del texto Constitucional dispone que “ Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal d e Derechos Humanos y los Tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España. En este sentido, el artículo 25 de la Declaración Universal de los derechos Humanos, define el derecho a la salud del siguiente modo: “1. Toda pe rsona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación , el vestido, la vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente la asistencia médica y exclusiva hipoteca sobre el inmueble los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a favor de EL BANCO los s eguros en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futurodesempleo, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) mesesenfermedad, contados desde la fecha invalidez, viudez, vejez u otros casos de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesvoluntad. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Service Agreement

OBJETO. 1.1 Mediante el presente contrato EL BANCO otorga —El productor se compromete a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado entregar para su industrialización a través de la organización de productores, la totalidad de su producción ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ destinados a la transformación en zumo, siendo esta de kg procedentes de los efectivos de producción que más adelante se señalan, según declaración del propio productor; asimismo abonará a la organización de productores una cuota de euros/Tm por éste, los gastos de gestión. La cantidad total contratada por el importe y condiciones productor individual en la cam- paña 2004/2005 no podrá ser superior al resultante de aplicar un ren- dimiento máximo de 12.000 kg/ha. En aquellos casos en que se detallan prevea rebasar el rendimiento establecido, la OP previa aprobación de la Comisión de Seguimiento designada en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad Interprofesional AILIMPO, deberá comu- nicarlo por escrito a la firma del presente contrato , con la finalidad Consejería de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento Agricultura de la cuota inicial, establecidos CCAA en la Clausula Tercera que radique su sede social adjuntando copia del presente Contratoacta adicional correspondiente. En cumplimiento del artículo 15 del Reglamento (CE) n.o 2111/2003, el cual se describe productor individual declara a la organización de productores que sus rendimientos medios de producción por hectárea y el promedio de esta cantidad enviado para la transformación en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, las dos campañas anteriores fue de: Rdto. Producción (kg/ha) ......................... Rdto. Transformación (kg/ha) ................... C. 2002/2003 C. 2003/2004 El productor declara mediante el presente contratoacuerdo, no tener suscrito ningún otro compromiso con O.P. alguna para la presente ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ni figurar en la relación de socios de cualquier Organización de Productores de Cítricos. La organización de productores entregará a la industria de transfor- mación la cantidad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ a que hace mención este acuerdo, com- prometiéndose a la gestión y cobro con destino al productor, de las ayudas que para tal fin prevé la legislación comunitaria. Así como al pago del precio pactado en el contrato anexo número formalizado entre dicha organización de productores y la industria de transformación: Efectivos de producción: Provincia Municipio Id. catastral—Pol./Par. Superficie—Hectáreas Cultiva en régimen de * ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (*) Propiedad, arrendamiento, aparcería. En el caso de bien terminado aquellas parcelas que sean cultivadas en régimen de arrendamiento o mejoramiento aparcería, el productor deberá adjuntar a este compro- miso copia de viviendalos contratos correspondientes, EL CLIENTE constituye primera, preferente debidamente legalizados y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor liquidados del Impuesto de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuroTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurí- dicos Documentados. El productor individual declara, en un plazo no mayor este acto, la veracidad de todos los datos aportados relativos a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesefectivos productivos anteriormente especificados. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato Tipo De Compraventa De Limones

OBJETO. 1.1 Mediante Constituye el objeto del presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe Contrato establecer los términos y condiciones conforme a los que se detallan IBERCLEAR prestará a la ENTIDAD el servicio de gestión automática de garantías (en adelante, el Servicio), en el marco de una operación financiera en la hoja resumen cual la ENTIDAD sea una de las partes contratantes, así como en el mismo marco de operaciones de crédito de la ENTIDAD con Banco de España. El Servicio que EL CLIENTE declara haber recibido presta IBERCLEAR comprende lo siguiente: i. Case de los importes efectivos negociados en las operaciones financieras pactadas entre las contrapartidas de dichas operaciones. ii. Valoración y selección de valores de acuerdo a los criterios de elegibilidad previamente definidos por las entidades participantes. iii. Ajustes por variaciones del precio de los valores aportados en garantía o por retirada de los mismos, a través de sustituciones y procesos de optimización. iv. Suministro de información periódica sobre la actividad realizada en el marco del Servicio. Además, el Servicio comprende la coordinación de las actuaciones anteriores con anterioridad a las anotaciones contables necesarias para la inscripción de la prenda y, en su caso, la liquidación de los efectivos correspondientes. La ENTIDAD podrá contratar el Servicio para actuar como: i. Tomador de garantía, mediante la apertura de una cuenta denominada “Collateral Account” y la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento Anexo 1 “Perfil Operacional de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente ContratoEntidad Participante”, el cual se describe en Anexo 2 “Criterios ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇”, ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ “Tomador de garantías. Formulario de aceptación de contrapartida”. ii. Proveedor de garantía, mediante la apertura de una cuenta denominada “Source Account” y la firma del Anexo 1 “Perfil Operacional de la Entidad Participante”, el Anexo 1, que será utilizado 4 “Proveedor de garantías. Formulario de aceptación de contrapartida” y destinado la firma por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitaciónsu ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ “Tomador de garantías. Formulario de aceptación de contrapartida”. 1.2 Asimismoiii. Proveedor de garantía en operaciones cuya contrapartida sea Banco de España mediante la apertura de la cuenta denominada “cuenta pignorada triparty” y la firma del Anexo 1 “Perfil Operacional de la Entidad Participante”, el Anexo 4 “Proveedor de garantías. Formulario de aceptación de contrapartida” y la firma por Banco de ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇ “Tomador de garantías. Formulario de aceptación de contrapartida”. iv. Proveedor de garantía en operaciones cuya contrapartida es otra entidad participante y la garantía sobre los valores se constituye mediante el procedimiento de pignoración automática de valores, mediante la apertura de una “cuenta propia de colateral entre entidades participantes” y la firma del Anexo 1 “Perfil Operacional de la Entidad Participante”, el presente contrato, en el caso Anexo 4 “Proveedor de bien terminado o mejoramiento garantías. Formulario de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor aceptación de EL BANCO en garantía del crédito otorgadocontrapartida”. 1.3 En caso v. Tomador de bien futurogarantía en operaciones cuya contrapartida es otra entidad participante y la garantía sobre los valores se constituye mediante el procedimiento de pignoración automática de valores, en un plazo no mayor a treinta mediante la firma del Anexo 1 “Perfil Operacional de la Entidad Participante”, y seis (36) meses, contados desde la fecha el Anexo 3 “Tomador de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato garantías. Formulario de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud aceptación de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesescontrapartida”. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Contrato De Prestación De Servicios De Gestión Automática De Garantías

OBJETO. 1.1 Mediante el El presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste▇▇▇▇▇▇▇▇ tiene como objeto regular la aportación de la Generalitat para la realización, por parte ▇▇ ▇▇▇▇▇ Muestrario Internacional de València, a través del Certamen Mediterránea Gastrónoma a celebrar los días 13 a 15 de noviembre de 2022 en Feria Valencia en el importe y condiciones que se detallan realizaran de diferentes actividades y acciones para convertir a los productos de calidad diferenciada y ecológicos de la Comunitat Valenciana en protagonistas de las ponencias, charlas, catas y acciones mediante la marca “Molt ▇▇ ▇▇▇▇” - marca creada por la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural para impulsar y generar una mayor atracción hacia los productos de calidad diferenciada y la agricultura ecológica de la Comunitat Valenciana, mejorar el posicionamiento de los mismos, así como su conocimiento, difusión y visibilidad, resaltando las calidades que los diferencian y potenciando la identificación y el consumo en Mediterránea Gastrónoma 2022, organizando contenidos que capten la atención a diferentes agentes del sector alimentario y gastronómico para prescribir los productos de calidad diferenciada y ecológicos y convertirlos en habituales en los lineales y catas, así como crear “sonoridad” para generar interés en estos productos. Estas acciones, se realizarán en las fechas previstas para el certamen y durante todo el año para darle visibilidad y apoyar manifestaciones agroalimentarias y gastronómicas alineadas con su filosofía, donde se valora la proximidad, calidad, sostenibilidad, ecología, artesanía, tradición… En concreto, las actividades a subvencionar son: 1. Espacio divulgativo: “LA CUINA AMB MOLT ▇▇ ▇▇▇▇” 2. Comunicación de la marca “MOLT ▇▇ ▇▇▇▇” 3. Espacios expositivos: 3.1 “EL MERCAT MOLT ▇▇ ▇▇▇▇” Tal y como se hizo en la hoja resumen el mismo edición 2021, se creará una zona en un formato “participación agrupada”, en la que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad se seleccionará por parte de la Conselleria a la firma del presente contrato D.O`s, con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro marcas diferenciadas, productores y accesorios de artesanos que podrán tener expuestos sus productos, servicios, etc. Podrán ser el casoespacios fijos (misma exposición los 3 días), o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 rotantes (diferentes expositores cada día). En caso de bien futuroser rotantes realizará una “Programación expositiva” donde se explique, en mediante un plazo no mayor a treinta folleto, los expositores que se pueden visitar cada día. Se utilizará una estética tipo mercado, pues la idea es escenificar y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas crear un ambiente en el contrato que el visitante se sumerja y se cree una predisposición. Se estima un número máximo de compraventa10 puntos informativos para las instituciones o empresas designadas por la Conselleria. 3.2 “TÚNEL DEL VINO” Se construirá un espacio que recreará un recorrido por centenares de referencias de vinos de la Comunitat Valenciana, independizada cuyas bodegas pertenezcan a las DOP e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminadosIGP de la Conselleria de Agricultura. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud espacio irá acompañado de EL CLIENTE debidamente sustentadouna sala de catas, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder donde se realizarán ponencias sobre variedades y tipos de 12 mesesvinos. Todo ello bajo la marca ‘MOLT ▇▇ ▇▇▇▇’. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Convenio De Colaboración

OBJETO. 1.1 Mediante Por el presente contrato EL BANCO otorga Contrato Tripartito, y con respecto a EL valores negociables nacionales e internacionales y/o participaciones de instituciones de inversión colectiva, (en adelante “los Instrumentos Financieros”) propiedad del CLIENTE, Cecabank se compromete a prestar los servicios de Liquidación, custodia y administración de Instrumentos Financieros. El CLIENTE -previa evaluación faculta de manera expresa e incondicional a Indexa Capital para que ésta última actúe en su nombre y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado representación frente a Cecabank en todo lo relativo a la prestación de los servicios derivados del presente Contrato Tripartito y, en particular, en relación con la disposición de cualesquiera Instrumentos Financieros y sobre los servicios prestados en virtud del presente Contrato Tripartito. En consecuencia, el CLIENTE reconoce de manera expresa, e incondicional que Cecabank ejecutará y considerará válida, eficaz y vinculante cualquier comunicación, instrucción u orden que reciba de Indexa Capital sobre los Instrumentos Financieros, sin necesidad de investigaciones posteriores por ésteparte de Cecabank y/o de confirmaciones por parte del CLIENTE.. Por tanto, por a los efectos del presente Contrato Tripartito, Indexa Capital actúa en nombre y representación del CLIENTE respecto de las cuentas de valores y de efectivo asociadas. Cecabank continuará ejecutando y considerará válidas, eficaces y vinculantes cualesquiera comunicaciones, instrucciones u órdenes que reciba de Indexa Capital sobre los Instrumentos Financieros y sobre los servicios prestados en virtud del presente Contrato Tripartito mientras dicho Contrato siga vigente. En consecuencia, si el importe CLIENTE deseara que Indexa Capital deje de actuar en su nombre y condiciones que se detallan representación en lo relativo a los servicios objeto del presente Contrato Tripartito y a los Instru mentos Financieros, deberá proceder a resolver dicho Contrato de acuerdo con lo previsto en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma Primera de las Condiciones Comunes (Tercera Parte del presente contrato Contrato Tripartito), con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser no pudiendo el CLIENTE, en ningún caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio operar directamente sobre las cuentas asociadas al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito mismo salvo en los términos establecidos previstos en el presente contrato para los bienes terminadosla dicha Condición. Dicho plazo podrá ser ampliado A tales efectos, Indexa Capital autoriza a solicitud Cecabank a que contabilice dicha operativa en las correspondientes cuentas de EL CLIENTE debidamente sustentadovalores y efectivo asociadas a nombre del CLIENTE. Asimismo, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida Indexa Capital, autoriza a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación Cecabank a disponer de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza mencionadas cuentas, a EL BANCO a la emisión los efectos de un titulo valor, título ejercitar las órdenes recibidas exclusivamente de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima CuartaIndexa Capital.

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Sources: Contrato Tripartito De Liquidación, Custodia Y Administración De Instrumentos Financieros

OBJETO. 1.1 Mediante Es objeto de este Pliego la contratación por parte del Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ del “SER- VICIO DE GUÍAS OFICIALES DE TURISMO PARA VISITAS GUIADAS POR EL MUNICIPIO ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ Y PROGRAMA MURCIA CLÁSICA”, que se realizará conforme a las prescripciones establecidas en el pliego de condiciones técnicas ANEXO. 1.2 La codificación de la nomenclatura de la Clasificación Nacional de Productos por Activi- dades CPA-2002, dado el objeto del presente Pliego de Condiciones es 633014. 1.3 Los licitadores deberán aportar la documentación exigida en el presente contrato EL BANCO otorga Pliego de Condi- ciones, y en particular, la documentación acreditativa de los extremos que a EL CLIENTE -previa evaluación y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que efectos de va- loración de ofertas se detallan hace referencia en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad cláusula 8 del presente Pliego. La relación de personal adscrito a la firma ejecución del presente contrato propuesto por la empresa adju- dicataria, vinculará a dicha empresa siendo dicho personal los únicos autorizados para prestar el servicio. A los efectos indicados en el párrafo anterior la empresa adjudicataria deberá presentar en las dependencias del Servicio de Turismo, y previamente al inicio de la actividad, la rela- ción nominal de personal destinado para la prestación del servicio, adjuntando la docu- mentación justificativa al respecto. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá comunicar al Servicio de Turismo, con la finalidad debida antelación e idéntica documentación justificativa (a fin de financiar la adquisición que en su caso se autorice), cualquier variación que en relación a dicho personal se pudiera producir. En este orden, y al tratarse de un bien terminado o bien futuro y accesorios cuestiones de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe mero trámite en el Anexo 1desarrollo del servicio, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, se resolverán mediante el presente contrato, en el caso de bien terminado Decreto del ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía Concejal Delegado del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso área pro- motora del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesexpediente. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO Toda la información relativa a la emisión contratación derivada de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) la presente convocatoria se pu- blicará en el mismo que se detalla perfil del contratante en la cláusula Décima Cuartapágina web ▇▇▇.▇▇▇▇▇▇.▇▇. Además, la adjudica- ción provisional y su elevación a definitiva se notificarán al adjudicatario mediante fax, a cuyo efecto deberá consignar el número de fax en la proposición económica.

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Sources: Contract for Tourism Services

OBJETO. 1.1 Mediante El Arrendador otorga en arrendamiento al Arrendatario, el Área Arrendada que se encuentra ubicada en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, número 567 Sur, colonia Centro, en Monterrey, Nuevo León, misma que está compuesta por 1,466 metros cuadrados, que incluye el interior del Inmueble, conformado actualmente por tres salas tipo teatro, área de lobby, áreas ▇▇ ▇▇▇▇▇ para damas y para caballeros, clima central y subestación; por su parte, el Arrendatario toma como tal concepto el Área Arrendada. Las partes se obligan regirse por lo acordado en las cláusulas de este Contrato. Durante la vigencia del presente contrato EL BANCO otorga Contrato, el Arrendador se obliga, conforme a EL CLIENTE -previa evaluación lo acordado en este instrumento, a dar el uso y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado goce temporal del Área Arrendada al Arrendatario, y este, a su vez, se obliga a pagar al Arrendador las rentas pactadas en este acuerdo de voluntades. El arrendamiento se da con todo cuanto de hecho y por éstederecho le corresponde al Inmueble. El Arrendatario se obliga a devolver el Inmueble en las mismas condiciones en que es recibido, en los términos y plazos que más adelante se convienen, salvo el deterioro normal por el importe uso y condiciones el paso del tiempo. El Arrendador manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual Inmueble reúne las condiciones de higiene y salubridad exigidas por la normatividad sanitaria aplicable y necesarias para el uso a que lo destine el Arrendatario. Igualmente, el Arrendador se describe en el Anexo 1, que será utilizado y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoobliga a que, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso la entrega definitiva del créditoInmueble, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada sea entregado cumpliendo con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo mismas condiciones que se detalla señalan en la cláusula Décima Cuartaeste párrafo.

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Sources: Contrato De Arrendamiento

OBJETO. 1.1 Mediante Contratación de servicios para el presente contrato EL BANCO otorga mantenimiento preventivo y correctivo de relojes biométricos, controles de acceso, vídeo porteros, molinetes y soporte de la plataforma de software TS-Identix. Los relojes biométricos se encuentran en Montevideo e interior del país. Se pueden ver los detalles en el Anexo I. Los equipos controles de acceso, video porteros y molinetes se encuentran solo en Montevideo. Ver ubicación y detalles en Anexo II. Serán de cargo de la empresa los costos de traslado de sus técnicos a EL CLIENTE -previa evaluación las oficinas Judiciales de todo el país, para cualquier servicio de mantenimiento que deba de realizar. La empresa deberá proporcionar al Poder Judicial los medios seguros de contacto para reclamos y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por ésteservicios (teléfono comercial, celular u otros) y nombre del personal de contacto. La adquisición se desglosa en los siguientes ítems: Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 1 para todos los repuestos En ▇▇▇▇, cotizar costo unitario bajo el ítem “Repuesto y/o accesorio para equipo de identificación personal” - Cód. Artículo 68173 Utilizando el campo “Variación” podrá indicar a qué repuesto corresponde el precio, por ejemplo: “Repuesto A” “Repuesto B” La empresa deberá cotizar el importe costo unitario total de recambio de partes de los repuestos detallados en el Anexo III para los relojes biométricos. Los repuestos serán autorizados previo a su reparación cuando la empresa eleve el presupuesto que aplique en cada situación. La totalidad de los relojes biométricos utilizados por el Poder Judicial son modelo ZKTeco TS -700. Costo de instalación y condiciones configuración de un reloj o traslado de oficina, en Montevideo e Interior, para las diferentes zonas. Se deberá indicar un precio de visita técnica para el departamento de Montevideo, y un precio de visita técnica para el interior (por zonas). Estos precios abarcarán la totalidad del servicio a prestar, sin importar los costos de traslado, tiempo o tareas a realizar por parte de la empresa. Sur Canelones, San ▇▇▇▇ Este Florida, Lavalleja, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, Colonia, Soriano Norte ▇▇▇▇▇▇▇, Salto, Paysandú, Tacuarembó y Rivera Centro Durazno, Río Negro, Treinta y Tres y Cerro Largo Montevideo Montevideo Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 2 en todas las zonas En ▇▇▇▇, cotizar bajo el ítem “Mantenimiento de Reloj” - Cód. Artículo 67110, Variante=Correctivo) Utilizando el campo “Variación” podrá indicar si el precio corresponde al “Costo a)” o al “Costo b)” y especificar a qué “Zona” corresponde el precio ofertado, por ejemplo: - Zona Sur – Instalación - Zona Sur - Visita - Montevideo – Instalación - Montevideo – Visita El Poder judicial podrá solicitar el servicio a la Empresa, toda vez que se detallan produzca un mal funcionamiento o rotura de los equipos en cualquiera de las sedes instaladas en todo el país. Los repuestos y elementos utilizados para la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad prestación del servicio deberán ser nuevos. El costo de cada repuesto a la firma cambiar surgirá del listado del Ítem 1 del presente contrato , con pliego. Estos tendrán una garantía por defecto de fabricación por un año. El tiempo para la finalidad atención de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento incidencias a partir de la cuota inicialsolicitud será en: Montevideo, establecidos menor a 24 hs. Interior, menor a 48 hs. Para la resolución de incidencias, el tiempo requerido a partir del diagnóstico será en: Montevideo, menor a 48 hs. Interior, menor a 72 hs. Costo mensual del servicio: “Mantenimiento Preventivo de Relojes Biométricos”. Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 3 En ▇▇▇▇, cotizar costo mensual bajo el ítem “Mantenimiento de Reloj” – Cód. Artículo 67110, Variante=Preventivo La empresa deberá realizar dos (2) visitas técnicas anuales, a todos los relojes instalados en las oficinas de Montevideo e interior del país detalladas en el Anexo I. El mantenimiento debe incluir todos los componentes de los relojes. Se establecen como mínimo las siguientes rutinas de mantenimiento: Revisión y evaluación del estado de cada equipo. Limpieza interna y externa. Limpieza del Lector Óptico Limpieza del Lente Óptico Revisión de cables conectores Revisión de Teclado Corrección de cualquier falla de hardware o software. Inspección y limpieza de la Clausula Tercera UPS, revisión de carga y voltaje apropiado de baterías. Al finalizar esta tarea se deberá realizar un informe de todas las oficinas del presente ContratoPoder Judicial. Para el sistema Identix: El mantenimiento deberá incluir las actualizaciones del sistema Identix que gestiona los Relojes Biométricos, el cual deberá incluir como mínimo el siguiente alcance: - Mantenimiento correctivo del software, en caso que ocurran errores de programación o errores de alguna otra índole. - Mantenimiento evolutivo con mejoras que se describe incluyan en la versión instalada en el Poder Judicial. - No se contemplan nuevos módulos que el proveedor pueda agregar y que se comercialicen en forma independiente. Costo mensual del servicio: “Mantenimiento Preventivo de los equipos de Controles de Acceso, Video Porteros y Molinetes”. Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 4 En ▇▇▇▇, cotizar costo mensual bajo el ítem “Mantenimiento de Sistema de Control de Acceso” – Cód. Artículo 67422, Variante=Preventivo La empresa deberá realizar dos (2) visitas técnicas anuales, a todos los equipos instalados en las oficinas detalladas en el Anexo 1, II. El mantenimiento debe incluir a todos los componentes de los equipos. Se establecen como mínimo las siguientes rutinas de mantenimiento: Para los Controles de Acceso: Conexiones entre componentes Ajustes de las cerraduras magnéticas en las puertas Validación de correcto cierre de puertas evaluando el sistema de imantado Ajustes de frenos o brazos de cierre Verificación de equipos de acceso y sus componentes Verificación de funcionamiento correcto del pulsador de emergencia si es que será utilizado la puerta lo tiene. Para los Molinetes: Verificación de equipos de acceso Verificado de funcionamiento del pulsador de emergencia conectado al moliente Lubricación de brazos y destinado por EL CLIENTE, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante ajustes de tornillería Para el presente contrato, en el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía sistema Identix: El mantenimiento deberá incluir las actualizaciones del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicos, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda para garantizar el crédito en sistema Identix que gestiona los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCORelojes Biométricos, el cual no deberá incluir como mínimo el siguiente alcance: - Mantenimiento correctivo del software, en caso que ocurran errores de programación o errores de alguna otra índole. - Mantenimiento evolutivo con mejoras que se incluyan en la versión instalada en el Poder Judicial. - No se contemplan nuevos módulos que el proveedor pueda agregar y que se comercialicen en forma independiente. Ítem 5 – Mantenimiento Correctivo de los equipos de Controles de Acceso, Video Porteros y Molinetes. Se deberá indicar un precio de visita técnica para cualquiera de los equipos mencionados en este ítem, siendo todos en Montevideo. Este precio abarcará la totalidad del servicio a prestar, sin importar los costos de traslado, tiempo o tareas a realizar por parte de la empresa. Quedan excluidos el costo de los posibles repuestos que implique la reparación. Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 5 En ▇▇▇▇, cotizar bajo el ítem “Mantenimiento de Sistema de Control de Acceso” – Cód. Artículo 67422, Variante=Correctivo El Poder Judicial podrá exceder de 12 meses. 1.4 EL CLIENTE solicitar el servicio a la empresa, toda vez que se produzca un mal funcionamiento o rotura del equipamiento en representación cualquiera de las obligaciones contraídas sedes instaladas. Los repuestos y elementos utilizados para la prestación del servicio deberán ser nuevos. El costo de cada repuesto a cambiar surgirá del listado del Ítem 6 del presente pliego. Estos tendrán una garantía por defecto de fabricación por un año. El tiempo para la atención de incidencias a partir de la solicitud será menor a 24 hs y para la resolución de incidencias menor a 48 hs. Ítem 6 – Repuestos para los video porteros, controles de accesos y molinetes La empresa deberá cotizar el presente crédito autoriza costo unitario total de recambio de partes de los repuestos detallados en el Anexo III. Los repuestos serán autorizados previo a EL BANCO su reparación cuando la empresa eleve el presupuesto que aplique en cada situación. Forma de cotizar: En Tabla de Cotización adjunta, completar Ítem 6 para todos los equipos y todos sus posibles repuestos. En ▇▇▇▇, cotizar bajo el ítem “Repuesto y/o accesorio para sistema de control de acceso - Cód. Artículo 69159” Utilizando el campo “Variación” podrá indicar a qué repuesto corresponde el precio, por ejemplo: “Repuesto A” “Repuesto B” Se presenta el listado indicando por Departamento y Localidad la emisión cantidad de un titulo valor, título relojes biométricos en cada ubicación. Se presenta el listado con las ubicaciones de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuartalos diferentes equipos.

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Sources: Licitación Abreviada

OBJETO. 1.1 Mediante El servicio de “SERVICIO DE CHAPEO, JARDINERIA, CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE AREAS VERDES” será contratado de acuerdo a los requerimientos, especificaciones técnicas, términos de referencia, entregables y demás conceptos descritos en el presente contrato EL BANCO otorga a EL CLIENTE -previa evaluación Anexo 2. Las partidas y calificación crediticia- un Crédito Hipotecario Mivivienda solicitado por éste, por el importe y condiciones que se detallan en la hoja resumen el mismo que EL CLIENTE declara haber recibido con anterioridad a la firma del presente contrato , con la finalidad de financiar la adquisición de un bien terminado o bien futuro y accesorios de ser el caso, o el mejoramiento de vivienda, en cuyo caso no será de aplicación el atributo del BBP ni del Premio al Buen Pagador como complemento de la cuota inicial, establecidos en la Clausula Tercera del presente Contrato, el cual se describe sus cantidades son las establecidas en el Anexo 1. Procedimiento y Reglas del Concurso Abierto Simplificado. De conformidad con la Disposición 23 de las Disposiciones Generales, el concurso se llevará a cabo: A través del Micrositio de Concursos disponible en la siguiente liga ://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇/ . Para ello se utilizarán medios de identificación electrónica, garantizando transparencia y seguridad en el manejo de la información. El concurso se realizará sin la presencia de los Concursantes. El presente procedimiento de Concurso Abierto Simplificado es de carácter nacional y solo podrán participar concursantes nacionales. Las Ofertas deberán cumplir con las reglas, requisitos, fechas y horarios establecidos en este Pliego de Requisitos. CFE Distribución evaluará las Ofertas recibidas y notificará a los concursantes su aceptación o rechazo. Toda la comunicación e información inherente al concurso se realizará de manera electrónica a través del Micrositio de Concursos de la CFE. La documentación que será utilizado requiera CFE Distribución deberá entregarse en tiempo y destinado por EL CLIENTEforma, única y exclusivamente, como casa habitación. 1.2 Asimismo, mediante el presente contratoconforme a lo establecido en este Pliego de Requisitos. Con fundamento en la Disposición 30 de las Disposiciones Generales, en cualquier etapa del concurso el caso de bien terminado o mejoramiento de vivienda, EL CLIENTE constituye primera, preferente y exclusiva hipoteca sobre el inmueble a favor de EL BANCO en garantía del crédito otorgado. 1.3 En caso de bien futuro, en un plazo no mayor a treinta y seis (36) meses, contados desde la fecha de desembolso del crédito, EL CLIENTE se obliga a tener su vivienda debidamente terminada con las características pactadas en el contrato de compraventa, independizada e inscrita en registros públicosÁrea Contratante, a otorgar hipoteca sobre dicha vivienda solicitud del Área Requirente, podrá cancelar el procedimiento de Contratación, sin responsabilidad alguna para garantizar el crédito en los términos establecidos en el presente contrato para los bienes terminados. Dicho plazo podrá ser ampliado a solicitud de EL CLIENTE debidamente sustentado, señalando el plazo requerido mediante comunicación escrita dirigida a EL BANCO, el cual no podrá exceder de 12 mesesla Empresa Contratante. 1.4 EL CLIENTE en representación de las obligaciones contraídas por el presente crédito autoriza a EL BANCO a la emisión de un titulo valor, título de Crédito Hipotecario negociable (TCHN) el mismo que se detalla en la cláusula Décima Cuarta.

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Sources: Convocatoria Y Pliego De Requisitos